Alegato de Clausura en Juicio por Venta Masiva de Licencias Médicas Falsas Expone un Fraude de Miles de Millones
En una de las audiencias más extensas del denominado «megajuicio» por la emisión y venta de licencias médicas falsas, el abogado del Consejo de Defensa del Estado (CDE) y un representante de las isapres querellantes presentaron sus alegatos de clausura, detallando la operación de tres organizaciones criminales que, según la acusación, actuaron como una verdadera industria del fraude. La intervención, transmitida por el canal Poder Judicial Chile, se centró en acreditar la existencia de asociaciones ilícitas dedicadas a lucrar con la salud y el patrimonio fiscal, provocando un perjuicio superior a los 40 mil millones de pesos.
Los alegatos se desarrollaron ante el tribunal oral que juzga a más de una decena de acusados, entre médicos y captadores, acusados de conformar redes que emitieron decenas de miles de licencias sin atención médica real. La querella sostuvo que no estamos ante hechos aislados, sino ante un modelo de negocio estructurado, con roles definidos y una permanencia en el tiempo que solo cesó con las detenciones en diciembre de 2022.
EL FUNCIONAMIENTO DE LAS REDES Y EL ROL DE CADA ACUSADO
Según la intervención del CDE, se identificaron tres núcleos delictivos principales. El primero, liderado por Samir Rivaldo Hernández y Jessica Donado Alvis, operaba a través de los centros médicos Mitite, Servimet y Probime. Se les atribuye la emisión de 71.653 licencias entre 2020 y 2022. En esta red, los médicos acusados actuaban bajo instrucciones, sin libertad para fijar precios ni diagnósticos, emitiendo licencias en lapsos que, en muchos casos, no superaban los tres o cuatro minutos entre una y otra.
El segundo grupo, denominado Prevenir, era encabezado por Lisney de la Os Orozco y Álvaro Ñeco Cervantes. En este caso, la prueba incluyó interceptaciones telefónicas y el hallazgo de un POSIT con los precios de las licencias según los días de reposo, distinguiendo entre afiliados de FONASA e isapres. Las conversaciones revelaron que los captadores indicaban a los compradores que eligieran su propio diagnóstico, sugiriendo incluso «estrés laboral» para justificar el reposo, y que la atención médica era inexistente o meramente telefónica para cumplir con el trámite.
El tercer grupo, Nelumbo, estaba conformado por Ana Toncel Peña y Karen Mejía Cantillo, quienes, según la acusación, crearon un centro médico que inicialmente pudo tener fines lícitos pero que posteriormente se dedicó exclusivamente a la venta de licencias. Las pruebas extraídas de los teléfonos incautados mostraron conversaciones con captadores que enviaban los datos de los «pacientes» para que las médicas emitieran las licencias sin ningún tipo de evaluación presencial. Incluso, en uno de los chats, se instruyó a un comprador que, en caso de ser citado a un peritaje, debía «llorar» para que le creyeran.
PATRONES DE FALSEDAD Y EVIDENCIA DIRECTA
La querella de las isapres profundizó en los patrones que configuran, a su juicio, la falsedad ideológica de las licencias. Entre ellos, destacó la cantidad de emisiones muy por sobre el promedio nacional, la concentración de diagnósticos de salud mental emitidos por médicos generales sin especialidad en psiquiatría, la emisión en horarios inhábiles y, principalmente, la ausencia total de bonos o reembolsos que acreditaran una atención médica real. Se presentaron detalladas planillas Excel que vinculaban cada transferencia bancaria recibida por los acusados con montos específicos, como 30 mil, 40 mil o 70 mil pesos, que coincidían exactamente con los precios de las licencias ofrecidas según los días de reposo.
Los agentes reveladores de la PDI que declararon en el juicio confirmaron que compraron licencias médicas mediante simples mensajes de WhatsApp, sin ser examinados por ningún facultativo. En varios casos, se les envió un formulario para que completaran sus datos y el diagnóstico deseado, recibiendo minutos después la licencia y un informe médico genérico.
LA RESPONSABILIDAD PENAL Y CIVIL
En materia civil, el CDE argumentó que el perjuicio causado al fisco es directo e innegable, y que la responsabilidad de todos los acusados es solidaria. Esto significa que, si bien cada uno debe responder por el daño que personalmente provocó, todos deben responder por el total del perjuicio causado por la organización a la que pertenecieron. La defensa de este punto se basó en que no existió posibilidad de enriquecimiento ilícito para el Estado, ya que la deuda se extingue una vez pagada.
Respecto al lavado de activos, se sostuvo que los movimientos de dinero entre cuentas personales y de las sociedades ficticias constituían las etapas clásicas de este delito, buscando ocultar el origen ilícito de las ganancias obtenidas por la venta de las licencias.
Los abogados querellantes hicieron un llamado al tribunal a considerar el impacto social del fraude, que no solo afectó las arcas fiscales sino que también erosionó la confianza en el sistema de seguridad social y en la labor de los médicos que ejercen éticamente. Se destacó que la publicidad y la judicialización de estos casos han contribuido a una disminución significativa en la emisión de licencias médicas a nivel nacional, con una proyección de ahorro de casi 587 mil millones de pesos para el año 2025.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
