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El Diario Oficial de hoy publicó la resolución del Ministerio de Educación que complementa los valores regulados de gratuidad para las carreras y programas que comienzan a impartirse en 2026. En la misma edición se publicaron las nuevas normas de uso y ordenamiento de la Bahía de Quintero, una modificación de la Seremi de Vivienda de Coquimbo sobre el artículo 55 de la LGUC en suelo rural y una resolución del Ministerio de Vivienda que modificó el llamado a subsidios de Ecobarrios Rurales. También se publicó una resolución del Ministerio de Transportes que permite el ingreso por puertas traseras en los buses del transporte público metropolitano.
Regulación Sectorial
Subsecretaría de Educación Superior complementa valores regulados de gratuidad 2026.
Mediante la resolución exenta N° 2.241, de 2026 (CVE 2859724), la Subsecretaría de Educación Superior complementó las resoluciones que determinan los aranceles regulados, derechos básicos de matrícula y cobros por titulación para las instituciones adscritas al financiamiento institucional para la gratuidad.
El documento, que abarca 118 páginas, incorpora 505 nuevas carreras y programas de estudio que comienzan a impartirse el año académico 2026, distribuidas en áreas como Bienestar, Ciencias Físicas, Ciencias Sociales, Educación, Ingeniería, Salud y Tecnologías de la Información, entre otras.
Además, la resolución deja constancia de la fusión por absorción del Centro de Formación Técnica Inacap (CFT Inacap) en el Instituto Profesional Inacap (IP Inacap), con efectos desde el 1 de enero de 2026. Como resultado, se homologaron 1.319 códigos SIES de carreras que hasta 2025 impartía el CFT y que desde ahora pasan a ser parte de la oferta académica del IP Inacap, sin que ello implique modificaciones en los valores regulados establecidos.
La resolución fue suscrita por la Subsecretaria de Educación Superior, Fernanda Valdés Raczynski.
Acceso al Texto oficial (CVE 2859724)
Nuevas normas de uso, operación y restricciones para la Bahía de Quintero.
La Capitanía de Puerto de Quintero, dependiente de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, dictó la resolución ordinaria N° 12000/427 Vrs., de 2026 (CVE 2864380), que establece nuevas normas de uso, operación, ordenamiento y restricciones para la Bahía de Quintero.
La normativa regula la zonificación marítima, canales de navegación y restricciones operacionales, con el objetivo de compatibilizar las actividades marítimas, portuarias, industriales, pesqueras, náuticas, deportivas, recreativas y de servicios que se desarrollan en el área, resguardando la vida humana en el mar, la seguridad de la navegación, el medio ambiente acuático y la infraestructura marítimo portuaria estratégica.
Esta resolución deja sin efecto las anteriores normas contenidas en las resoluciones C.P. QUI. Ordinario N° 12.250/4, de 2023, y N° 12.600/27, de 2025, y entró en vigencia a contar de su publicación (8 de septiembre de 2026). El texto íntegro y sus anexos se encuentran disponibles en el sitio web de la Dirección General del Territorio Marítimo (www.directemar.cl).
La resolución fue emitida por el Capitán de Puerto de Quintero, Rafael Quijada Córdova.
Acceso al Texto oficial (CVE 2864380)
Coquimbo: Seremi de Vivienda modifica criterios para aplicar el art. 55 LGUC en suelo rural.
La Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Coquimbo, mediante la resolución exenta N° 768, de 2026 (CVE 2865190), modificó la resolución exenta N° 550, de 2021, que definió los criterios regionales para cautelar lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, relativo a subdivisiones y construcciones en terrenos rurales con fines ajenos a la agricultura.
La modificación reemplaza la letra c) «Vulnerabilidad y Riesgos Circundantes» por una nueva redacción que incorpora exigencias más estrictas en materia de gestión del riesgo de desastres y cambio climático. Entre los nuevos requisitos, los proyectos deberán:
- Evitar emplazarse en áreas expuestas a amenazas naturales (inundaciones, remociones en masa, aluviones, incendios forestales, tsunamis, sequía severa, desertificación, entre otras).
- Acompañar en la Memoria Explicativa antecedentes técnicos que acrediten la identificación de amenazas, evaluación de exposición y vulnerabilidad, compatibilidad con instrumentos de planificación territorial y gestión del riesgo, y medidas de mitigación.
- La Seremi podrá consultar a otros organismos competentes, como Senapred, Dirección General de Aguas, Sernageomin, Conaf y el Ministerio de Obras Públicas.
- La sola presentación de medidas de mitigación no será fundamento suficiente cuando el riesgo residual sea incompatible con un desarrollo seguro del territorio.
La resolución fue suscrita por el Secretario Regional Ministerial, Pablo Cuadra Corrales, y entró en vigencia para los ingresos a trámite con fecha posterior a la publicación.
Acceso al Texto oficial (CVE 2865190)
Resolución exenta N° 1.371/2026 modifica llamado a subsidios de Ecobarrios Rurales.
El Ministerio de Vivienda y Urbanismo, mediante la resolución exenta N° 1.371, de 2026 (CVE 2865106), modificó la resolución exenta N° 1.028, de 2026, que llamó a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Título II, en la modalidad de construcción de viviendas nuevas y proyectos de mejoramiento del entorno, del Programa de Habitabilidad Rural, en la alternativa de postulación colectiva para la construcción de Ecobarrios Rurales.
La modificación reemplaza la tabla del resuelvo 13 de la resolución original, incorporando nuevas regiones habilitadas para participar en el llamado. Las regiones beneficiarias son: Valparaíso, Metropolitana, O’Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, La Araucanía, Los Ríos y Los Lagos, con un monto total asignado de 2.000.000 UF.
La resolución fue suscrita por la Ministra de Vivienda y Urbanismo (S), Natalia Aguilar Bravo, y por el Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S), Juan Diego Izquierdo Hevia.
Acceso al Texto oficial (CVE 2865106)
MTT permite el ingreso por puertas traseras en buses del transporte público metropolitano.
Finalmente, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través de la resolución exenta N° 3.546, de 2026 (CVE 2866793), permitió el ingreso por las puertas traseras en los buses del Sistema de Transporte Público Metropolitano en los siguientes casos:
- Personas con tarifa liberada (cuando los buses cuentan con torniquete)
- Niños y niñas que no hayan ingresado a la educación básica y estudiantes hasta cuarto año de enseñanza básica, quienes podrán acceder por la puerta trasera en compañía de un adulto que valide previamente su pago.
- Personal uniformado de Carabineros de Chile, previo aviso al conductor.
- Personas con discapacidad, movilidad reducida o condiciones físicas que impidan cruzar el torniquete, incluyendo a quienes utilicen ayudas técnicas (muletas, bastones, andadores, prótesis, órtesis), personas embarazadas, con obesidad severa o que requieran el uso de la rampa de acceso.
- Operación en zonas de pago extra-vehicular (zonas pagas): cuando un bus con torniquete se detenga en un paradero que es zona paga, el conductor abrirá todas las puertas, salvo la primera, permitiendo que los pasajeros aborden por cualquiera de las puertas abiertas.
La resolución fue suscrita por el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Louis de Grange Concha, y deberá ser notificada a las empresas concesionarias del sistema.
Acceso al Texto oficial (CVE 2866793)








