
La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó esta tarde el recurso de nulidad que la defensa de cinco condenados había presentado contra la sentencia del Tribunal Oral en Lo Penal de Temuco por los atentados cometidos en un predio forestal de Lautaro en noviembre de 2022. Con esa determinación, quedaron confirmadas las condenas por incendio reiterado, secuestro, hurto y porte ilegal de municiones, con penas que bordean los 18 años de presidio efectivo.
El pronunciamiento del tribunal de alzada se produce en un proceso que se extendió desde los hechos ocurridos a fines de 2022 hasta la sentencia de primera instancia dictada en julio de este año.
LA RESOLUCIÓN
La Corte de Apelaciones de Temuco desestimó el arbitrio con el que la defensa de los cinco imputados buscaba dejar sin efecto el fallo del tribunal oral. De este modo, la sentencia dictada en julio de este año se mantiene en los mismos términos en que fue emitida.
El fallo confirmado alcanza a la totalidad de los cinco acusados, cuyas identidades fueron consignadas en la resolución del Tribunal Oral en Lo Penal de Temuco.
LOS CINCO CONDENADOS
Se trata de Jorge Andrés Caniupil Coña, Pelentaro Héctor Llaitul Pezoa, Juan Carlos Mardones Sáez, Luis Darío Fuenzalido Enero y Luis Guillermo Menares Chanilao. Sobre Llaitul Pezoa pesa además el dato de filiación que recogió la causa: es hijo de Héctor Llaitul, el cabecilla de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM).
Todos ellos fueron declarados autores de los delitos de incendio reiterado, secuestro, hurto y porte ilegal de municiones, según el detalle contenido en la sentencia que ahora quedó firme.
LAS PENAS
El fallo impuso 7 años de presidio y una multa de 10 UTM por el delito reiterado de incendio. A esa sanción se suman 3 años y un día por secuestro y otros 3 años y un día por hurto, a los que se agregan 541 días por el mismo delito de hurto cometido en otra situación.
En el caso de Llaitul Pezoa y Mardones Sáez, la sentencia añadió 541 días de presidio por el porte ilegal de municiones. El conjunto de las penas aplicadas bordea los 18 años de presidio efectivo para los condenados.
LAS ABSOLUCIONES
La resolución del tribunal oral también se pronunció sobre otras imputaciones que no prosperaron. Los otros condenados fueron absueltos de los cargos por porte ilegal de arma de fuego convencional, porte de armas de fuego prohibidas y disparos injustificados.
Esos cargos formaban parte de la acusación, pero no fueron acogidos en la sentencia que la Corte de Apelaciones de Temuco acaba de confirmar.
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
Para las defensas que patrocinaron a los cinco condenados, el rechazo del recurso de nulidad implica que la sentencia del Tribunal Oral en Lo Penal de Temuco se mantiene tal como fue dictada en julio de este año. Las penas de presidio y la multa de 10 UTM asociada al delito de incendio reiterado subsisten en los términos fijados por el tribunal oral, sin que la instancia de alzada acogiera el arbitrio presentado.
En nuestra lectura, la confirmación de condenas que en conjunto bordean los 18 años de presidio efectivo por incendio reiterado, secuestro, hurto y porte ilegal de municiones parece mostrar la severidad que puede alcanzar el concurso de estos delitos en un mismo proceso. A juicio de este medio, sería prudente observar con atención cómo los tribunales resuelven los recursos de nulidad en causas de esta naturaleza.
Fuente: CNN Chile
Documento original: https://www.cnnchile.com/pais/corte-de-temuco-confirma-condenas-contra-hijo-de-hector-llaitul-y-otros-cuatro-imputados-por-atentados-en-lautaro/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








