
La Comisión de Seguridad del Senado tramita el proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales para sancionar la explotación, la facilitación y la promoción de servicios sexuales ajenos, identificado con el boletín 18434. Ese texto fue el eje del conversatorio organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, cuya grabación difunde el canal de YouTube Facultad de Derecho U. de Chile.
En la jornada intervinieron una expositora del sindicato Ángela Lina, que abrió el panel con las diferencias entre explotación, trata y trabajo sexual; Yasmin, trabajadora sexual, periodista y monitora en prevención del VIH y de infecciones de transmisión sexual en la Fundación Margen; Irene Pastorga, secretaria del mismo sindicato; Carolina Redondo; Paz, investigadora de la relación entre trabajo sexual y violencia institucional; y Pamela Martínez, especialista en derecho del trabajo. La moderación estuvo a cargo de un profesor de la facultad que ha investigado la materia y que ha colaborado con estas organizaciones, varias de las cuales integran una red latinoamericana y del Caribe de trabajadoras sexuales.
EXPLOTACIÓN, TRATA Y TRABAJO SEXUAL
Un primer cuestionamiento fue conceptual. Según se planteó, la iniciativa tiende a equiparar la trata de personas, la explotación sexual y el trabajo sexual, categorías que el panel considera distintas. Se sostuvo que la trata ya está sancionada en Chile y que el proyecto no aporta herramientas nuevas contra el crimen organizado, pese a invocarlo. En ese contexto se formuló la pregunta que atravesó el debate: a quién protege realmente esta regulación.
También se precisó qué comprende el trabajo sexual: además de la prostitución, se mencionaron servicios de BDSM, prácticas fetichistas, asistencia sexual, masajes, videollamadas, mensajes de contenido sexual, transmisiones en vivo, danza erótica y producción pornográfica, en formatos presenciales y virtuales. El diagnóstico compartido fue que el conflicto no radica en el carácter sexual de la actividad, sino en la precariedad y en la imposibilidad de decidir sobre clientes, tarifas, horarios y límites.
PROMOCIÓN, PUBLICIDAD Y PLATAFORMAS DIGITALES
Para las expositoras, el proyecto castiga el entorno del trabajo sexual más que conductas de terceros. Se observó que la promoción se sanciona con o sin ánimo de lucro, lo que alcanzaría la publicación de avisos en internet, un sitio de autogestión, una plataforma o una simple tarjeta de presentación. La norma sobre servicios publicitarios, digitales o impresos, se advirtió, terminaría afectando a quien arrienda un espacio, traslada, asea o presta apoyo administrativo.
Se apuntó que el artículo 373 no define con claridad la explotación económica y sanciona facilitar el uso de un inmueble sin exigir abuso, coacción ni ventaja desproporcionada, lo que expondría a hoteles, residenciales y arriendos compartidos. Suprimir los canales virtuales, se dijo, empujaría a quienes ejercen hacia la calle y la clandestinidad. Sobre el consentimiento, se criticó que la discusión las trate como víctimas permanentes, sin reconocer su capacidad de acordar condiciones con un cliente adulto.
Paz, quien ha investigado la relación entre trabajo sexual y violencia institucional, se detuvo en el artículo 161, que agrava penas cuando conductas de captación o difusión de imágenes íntimas y de extorsión ocurren con ocasión de la contratación o pago de servicios sexuales. A su juicio, la técnica legislativa es confusa y no queda claro a quién resguarda esa norma ni qué vínculo tiene con el crimen organizado. Sobre la incorporación de las ganancias de la explotación al sistema de prevención del lavado de activos, se advirtió que el uso de bancos y medios de pago podría volverse sospechoso, dificultando acreditar ingresos en causas de cuidado personal o probar residencia en el caso de trabajadoras migrantes.
DERECHO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Desde el derecho laboral se recordó que en Chile no existe prohibición expresa del trabajo sexual y que quien lo ejerce desarrolla su libertad de trabajo, reconocida en el artículo 19 número 16 de la Constitución, de modo que una prohibición exigiría una ley de quórum calificado. Se explicó que el trabajo independiente admite organización sindical y que el problema se concentra en el trabajo dependiente, sin contrato ni fiscalización, donde se describieron comisiones elevadas, multas y pagos atados al consumo. Se añadió que las creadoras de contenido digital deben tributar y que el Servicio de Impuestos Internos creó el formulario 1965 para quienes generan contenido digital con residencia en Chile, exigible desde la renta 2027, sin beneficios previsionales equivalentes.
MODELO NÓRDICO Y VIOLENCIA INSTITUCIONAL
El llamado modelo nórdico, que sanciona a los clientes y no a quienes ejercen, fue cuestionado: se afirmó que en los países donde se aplicó no redujo la trata y sí aumentó la clandestinidad. Se aludió a la experiencia argentina, donde compartir una vivienda para dividir gastos ha derivado en persecución por proxenetismo.
Se denunció, además, violencia institucional. Se sostuvo que las policías son el organismo que históricamente ha ejercido más violencia física, psicológica y sexual contra las trabajadoras sexuales, situación más grave para las migrantes por el temor a la expulsión, lo que desincentiva las denuncias. En esa línea se mencionaron los trabajos de Paz sobre el vínculo entre trabajadoras sexuales y fuerzas de orden.
ORGANIZACIONES Y TRAMITACIÓN
Se relató la pérdida de la sede de la Fundación Margen, cuyas dependencias fueron reabiertas por el sindicato, y la falta de local sindical, con reuniones en casas particulares. Se señaló que la entrega de espacios pasó de Bienes Nacionales al Gobierno Regional. También se criticó que el proyecto fuera suscrito solo por hombres y se precisó que entre los firmantes hay cinco diputados de Renovación Nacional, uno del Partido por la Democracia y uno del Partido Socialista.
Se recordó un proyecto anterior, de 2008, impulsado por el entonces diputado Nelson Ávila, de carácter regulatorio y no punitivo. Se cuestionó que el debate se radique únicamente en la Comisión de Seguridad y no en las comisiones de Salud o Trabajo, y se abogó por audiencias en que las propias trabajadoras expongan. Se informó que la Fundación Margen ya expuso ante esa instancia y que el sindicato evalúa solicitar una audiencia propia. Ante consultas de organizaciones feministas, las expositoras pidieron partir de la base de que el trabajo sexual es trabajo, evitar juicios morales y no dejarlas solas en la discusión, junto con fortalecer la educación sexual integral de personas adultas. El panel cerró advirtiendo que un texto ambiguo puede causar más daño que la ausencia de regulación.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.












