
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) resolvió sancionar a dos empresas de la Región de Los Lagos por incumplimientos en la descarga de residuos industriales líquidos. Se trata de la Sociedad Pesquera San Fernando Ltda., con instalaciones en la comuna de Puerto Varas, y de Salmones Captrén S.A., emplazada en Puerto Montt. Las multas aplicadas suman en conjunto 12,6 Unidades Tributarias Anuales.
Ambos procedimientos nacieron del programa de fiscalización que el organismo despliega sobre las normas de emisión de RILes, cuyo propósito es verificar que las actividades industriales respeten los límites comprometidos en sus programas de monitoreo y en la normativa sectorial que las rige.
LA RESOLUCIÓN
El establecimiento de la Sociedad Pesquera San Fernando se dedica a la fabricación de productos enlatados de pescado y mariscos, y descarga sus efluentes hacia el subsuelo conforme al D.S. N° 46/2002. La SMA le aplicó una multa total de 3,3 UTA tras constatar tres infracciones clasificadas como leves.
La primera de ellas consistió en la omisión de reportes de autocontrol, al no informar en el sistema RETC los monitoreos correspondientes a octubre de 2024. La segunda apuntó a la superación de parámetros permitidos durante septiembre de 2024, específicamente en los parámetros Cloruros, con una excedencia de 131,2 por ciento, y N-Nitrato más N-Nitrito.
La tercera infracción se refirió al exceso en el volumen de descarga. La empresa registró un caudal máximo diario de 40 metros cúbicos por día, frente al límite de 25 metros cúbicos por día autorizado en su programa de monitoreo, también durante septiembre de 2024.
SALMONES CAPTRÉN
En el caso de Salmones Captrén S.A., cuya instalación se dedica a la reproducción y crianza de peces y mariscos y descarga sus efluentes en el Estero Sin Nombre, en el sector Chinquihue, bajo las exigencias del D.S. N° 90/2000, la SMA aplicó una multa de 9,3 UTA por una infracción leve.
El cargo constatado fue la superación del límite de emisión de cloruros. En mayo de 2024 la empresa registró una concentración de 19.021 mg/L de dicho parámetro en su descarga al estero, lo que significó superar en 4.655,25 por ciento el límite máximo normativo de 400 mg/L y sobrepasar holgadamente los márgenes de tolerancia contemplados en la norma.
LA ADVERTENCIA DEL REGULADOR
El superintendente Emanuel Ibarra se refirió al sentido de estas sanciones. «Estas sanciones responden a los incumplimientos constatados en los programas de monitoreo y en los límites de emisión de las actividades industriales. El control continuo de los efluentes líquidos es clave para prevenir la contaminación de aguas continentales y subterráneas. Nuestro deber como SMA es garantizar que las empresas cumplan estrictamente sus compromisos ambientales», señaló la autoridad.
PLAZOS Y PAGO
De acuerdo con la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, el pago de las multas deberá realizarse en la Tesorería General de la República dentro del plazo de diez días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la respectiva resolución sancionatoria.
Los antecedentes completos de ambos procedimientos están disponibles en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), donde la ciudadanía puede revisar las fichas sancionatorias de la Sociedad Pesquera San Fernando Ltda. y de Salmones Captrén S.A.
Ambos casos, además, muestran el peso que la normativa sectorial aplicable tiene en la determinación de las obligaciones exigibles. El D.S. N° 46/2002 y el D.S. N° 90/2000 fijan exigencias distintas según el destino de las descargas y la actividad productiva de que se trate, lo que obliga a las empresas a revisar permanentemente la coherencia entre sus programas de monitoreo y los parámetros efectivamente medidos en terreno.
Fuente: Superintendencia del Medio Ambiente
Documento original: https://portal.sma.gob.cl/index.php/sma-aplica-multa-a-la-sociedad-pesquera-san-fernando-y-a-salmones-captren-tras-constatar-incumplimientos-en-tratamiento-de-riles/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.














