
La Ley 19.705, que incorporó las ofertas públicas de adquisición de acciones, cumplió 25 años y fue analizada en un seminario organizado por las facultades de Derecho de la Universidad Adolfo Ibáñez y de la Universidad Católica. La primera jornada se realizó por videoconferencia debido a las condiciones climáticas. La segunda parte está prevista de forma presencial en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica.
Isabel Aninat, decana de la Facultad de Derecho de la Universidad Adolfo Ibáñez, inauguró la actividad y vinculó la conmemoración con el debate sobre el proyecto de reforma al mercado de capitales conocido como MK4. Afirmó que la norma significó un progreso en resguardo de los inversionistas minoritarios, con criterios que, a su juicio, no concitan unanimidad.
UN BALANCE CON DATOS
El primer panel abordó la OPA como problema regulatorio. Osvaldo Lagos y Gonzalo Islas presentaron una evaluación del régimen chileno construida a partir de carpetas de la Comisión para el Mercado Financiero y de documentos de operaciones, con apoyo de herramientas de inteligencia artificial. Su base cubre las OPA desde 2012 en adelante y presenta un vacío respecto de 2001, que esperan completar.
El panel sostuvo que la ley tuvo como objetivo principal distribuir el premio por el control y que, tras revisar los informes de los directores, fue posible advertir que ese premio sí se distribuyó en varios casos. También plantearon que la medición del premio puede distorsionarse por la ventana de precios del artículo 199, pues el anuncio de la OPA mueve el valor de mercado antes de que se determine el sobreprecio. Respecto de la concentración, señalaron que no aparece evidencia de que la ley la haya aumentado y que el mayor incremento se produjo antes de su entrada en vigencia. Añadieron que, de 44 procesos que cruzaron el 60%, 24 sociedades salieron del mercado.
En la misma mesa, Andrea Martínez comparó el régimen alemán, que fija un umbral formal de 30% y entrega a la autoridad financiera la supervisión de la oferta obligatoria, con el concepto chileno de control, apoyado en los artículos 97 y 99 de la Ley de Mercado de Valores. Ana María Yuri expuso sobre medidas defensivas frente a una OPA hostil y recordó que el artículo 207 suspende ciertas competencias del directorio y de la junta, dejando en la Comisión para el Mercado Financiero la autorización de actuaciones como el endeudamiento, la venta de activos, la creación de filiales o la adquisición de acciones de propia emisión.
CONTROL, EXCEPCIONES Y REFORMA
El segundo panel se centró en las causales de OPA obligatoria. Mario Valderrama cuestionó que el control se asimile sin más al concepto de controlador y defendió una lectura que atienda a la capacidad efectiva de designar y remover al directorio. Francisco Pfeffer explicó la OPA residual del artículo 199 letra B y advirtió que la rebaja de quórums prevista en la reforma MK4 podría quitarle sentido práctico. Patricia Silverman revisó las excepciones a la OPA obligatoria y puso como ejemplo el caso de LATAM, donde un aumento de capital permitió a los acreedores capitalizar créditos y quedarse con cerca del 44% de las acciones mientras los accionistas previos se diluyeron casi por completo. También se discutió la fusión entre CorpBanca e Itaú y la objeción de un minoritario respecto de beneficios entregados a los controladores.
TUTELA DEL ACCIONISTA Y OPA COMPETITIVA
El tercer panel abordó el prospecto, la tutela de los accionistas y la OPA competitiva. Andrea Díaz repasó las obligaciones del oferente antes, durante y después de la oferta, y planteó revisar si el prospecto debe seguir con un contenido tan detallado o si conviene entregar mayor flexibilidad a la Comisión para el Mercado Financiero. José Antonio Gaspar analizó los ejes de igualdad, trato equitativo y transparencia, y alertó sobre las dificultades del inversionista minorista para procesar la información. José Miguel Rid explicó que la OPA competitiva del artículo 206 solo vale si su aviso se publica al menos diez días antes del vencimiento de la oferta inicial, lo que estrecha demasiado los plazos. Recordó el caso de Almacenes París y sostuvo que el régimen debería permitir mayor competencia y plazos más flexibles.
En nuestra lectura, el seminario confirma que la Ley 19.705 sigue siendo una pieza central del mercado de capitales chileno y que su balance no se agota en los datos de las operaciones. Parece prudente que la discusión sobre la reforma MK4 mire con especial cuidado las excepciones, los quórums y la información que recibe el accionista minoritario.
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








