ESTADOS UNIDOS CONFIRMA ARANCEL DE CASTIGO MÁXIMO CONTRA CHILE POR SUPUESTO TRABAJO FORZOSO
La administración estadounidense cerró la investigación abierta contra Chile y otras 60 economías por la importación de bienes producidos con trabajo forzoso y mantuvo para el país el gravamen de castigo más alto disponible bajo el artículo 301 de la Ley de Comercio de 1974. La decisión, anunciada por el Representante Comercial de los Estados Unidos, Jamieson Greer, se adoptó pese a las gestiones diplomáticas desplegadas por el gobierno chileno y el sector empresarial local durante el período de audiencias. El arancel aplicado a Chile se ubica en el tramo superior de la escala definida por la autoridad norteamericana, que va desde un 10% hasta un 12,5%.
MEDIDA DE ESTADOS UNIDOS
La investigación del USTR concluyó que Chile no ha impuesto ni aplicado eficazmente una prohibición de importar productos elaborados con trabajo forzoso, condición que Washington considera una violación de derechos humanos y una práctica comercial distorsionadora. Según el comunicado oficial de la cartera comercial estadounidense, la medida busca corregir esa situación y mejorar el bienestar de los trabajadores a nivel global. Greer expresó su satisfacción por los socios comerciales que han adoptado rápidamente prohibiciones de importación en esta materia y señaló que espera garantizar su cumplimiento efectivo.
El sistema de aranceles diferenciados estableció tres categorías de países. El primer grupo, que recibió el gravamen más bajo, incluye a aquellas economías que cumplen con al menos uno de los siguientes criterios: imponer una prohibición de importación por trabajo forzoso, comprometerse a hacerlo mediante un acuerdo de comercio recíproco, o haber establecido un régimen parcial con efecto de impedir la importación de ciertos bienes provenientes de esa práctica. En esta categoría se encuentran Argentina, Bangladesh, Camboya, Canadá, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Jordania, Malasia, México, Pakistán, Sri Lanka, Trinidad y Tobago y el Reino Unido.
Un segundo grupo considera la reducción del arancel del 10% o 12,5% a los niveles que esos países ya pagan bajo las reglas de la Organización Mundial del Comercio. El tercer grupo, donde se sitúa Chile, es el que enfrenta el gravamen más alto. La medida excluye de su aplicación a una lista de productos que incluye el cobre, pero otros sectores exportadores relevantes como el salmonero, el alimentario y el maderero quedan afectados.
La decisión se produce en el contexto más amplio de la política arancelaria impulsada por el presidente Donald Trump, que incluyó un arancel general del 10% recientemente objetado por la propia Corte Suprema de Estados Unidos.
RECHAZO DEL GOBIERNO CHILENO
El Ejecutivo, encabezado por el presidente José Antonio Kast, rechazó formalmente la determinación de Washington. En un comunicado oficial, el gobierno sostuvo que la aplicación de esta medida a Chile no se condice con los estándares exigidos ni con los antecedentes técnicos, políticos y jurídicos presentados durante todo el proceso de investigación.
Fuente: La Tercera
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
