
El pleno de la Corte Suprema alcanzó este miércoles el quorum de 11 votos para remover a Daniel Urrutia Laubreaux, juez titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, por los viajes que realizó al extranjero mientras se encontraba con licencia médica. El magistrado de 52 años quedó suspendido de sus funciones mientras el máximo tribunal redacta el fallo y, salvo que recurra a instancias internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), cerrará así una carrera de 26 años.
EL QUORUM QUE FALTABA
La presidenta de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, informó que tras revisar cinco casos pendientes el pleno aprobó remover a tres jueces: uno por decisión unánime y dos por votación dividida. Esos tres se sumaron a los 15 magistrados ya expulsados, con lo que el total llegó a 18.
Entre los casos resueltos por votación dividida estaba el de Urrutia, según adelantaron La Tercera y radio Biobío. La definición se oficializó después de que el ministro de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Roberto Contreras, sumara su voto tras volver de vacaciones: había estado presente en los alegatos de los jueces sometidos a cuadernos de remoción, por lo que debía concurrir en la resolución.
Los jueces removidos a la fecha quedaron inmediatamente suspendidos de sus funciones a la espera de la redacción del fallo.
LA OFENSIVA POR LA CONFIANZA
Las salidas se producen en una ofensiva impulsada por Chevesich para recuperar la confianza de la ciudadanía en el Poder Judicial, en medio de los escándalos de corrupción que lo han afectado.
LOS INTENTOS POR FRENAR LA SALIDA
Urrutia buscó sucesivamente evitar ese escenario. Presentó dos requerimientos ante el Tribunal Constitucional, solicitó una audiencia para que la fiscalía sobreseyera la causa en su contra por fraude de subvenciones e ingresó una denuncia de tutela laboral contra la Corporación del Poder Judicial, representada por Chevesich, en la que pidió 77 millones de pesos por daño moral y la suspensión del procedimiento de remoción. En ese libelo argumentó que había sido absuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago por los casos que revisó el máximo tribunal.
Su último intento fue un recurso de nulidad procesal, en el que sostuvo que la votación para removerlo se hizo sin respetar el orden de antigüedad que establece el Código Orgánico de Tribunales.
LOS DOS VIAJES
La expulsión se resolvió por dos viajes realizados estando con licencia médica: uno a Costa Rica, en 2020, y otro a Ecuador, en 2022. El segundo, a la localidad amazónica de Tena, tuvo por objeto recibir terapias alternativas, en un momento en que estaba con licencia tras múltiples controversias, entre ellas su llamado a «refundar» el Poder Judicial.
El pleno lo removió por infringir el artículo 80 de la Constitución, disposición que busca resguardar el buen comportamiento de los magistrados.
UNA CARRERA DE 26 AÑOS
Daniel David Urrutia Laubreaux nació en 1974 en Santiago. Estudió derecho en la Universidad de Chile e ingresó al Poder Judicial el año 2000. Fue juez de Garantía de Freirina en 2001, de Ovalle en 2003 y de Coquimbo en 2004; en 2006 llegó al Séptimo Juzgado, donde desarrolló gran parte de su carrera.
Su perfil controversial se remonta a 2004, cuando la Corte Suprema lo autorizó a cursar un diplomado en Derechos Humanos. Aprobado el programa, envió su trabajo final, en el que proponía que el Poder Judicial adoptara medidas de reparación por su rol en las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura de Augusto Pinochet. En marzo de 2015 la Corte de La Serena le aplicó una «censura por escrito», que luego la Suprema rebajó a «amonestación privada».
Urrutia acusó persecución y acudió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que en agosto de 2020 emitió una resolución en la que consideró responsable internacionalmente al Estado de Chile de violar su «libertad de pensamiento y expresión».
LAS RESOLUCIONES QUE MARCARON SU PERFIL
El 25 de marzo de 2020 reemplazó de oficio la prisión preventiva que afectaba a 13 imputados por delitos cometidos tras el 18-O, los denominados «primera línea», por arresto domiciliario total, invocando el riesgo de contagio de coronavirus en las cárceles. Fue una medida inédita que duró pocas horas: ese mismo día el pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago se reunió de forma extraordinaria y la revocó.
Apartado por varios meses de sus funciones, destinado a un juzgado de cobranzas y sumariado, Urrutia se manifestó contra la prisión preventiva de los presos del 18-O. «Sostengo que hay presos políticos. Si hay casos que bajo delitos iguales en otro tiempo no estaban en prisión preventiva y ahora sí lo están, es sólo por un tema político», dijo en noviembre de 2020 al sitio Sputnik. El 23 de junio de 2021 el pleno del tribunal de alzada anuló su traslado y le permitió volver al Séptimo Juzgado.
El 15 de julio de 2021 acogió un recurso de amparo presentado por las entonces convencionales María Rivera (Lista del Pueblo) y Manuela Royo (Movimientos Sociales Constituyentes) en favor de 11 detenidos durante una manifestación por los presos del 18-O. La resolución llamó la atención por su redacción: «Lxs constituyentes mencionadxs fueron detenidxs por funcionarios de Carabineros y llevados a la Tercera Comisaría», dice el texto, que abrió un debate por el lenguaje inclusivo.
Ya en enero de 2024, tras una visita a la Cárcel de Alta Seguridad, ordenó a Gendarmería otorgar beneficios carcelarios a 13 reclusos, como videollamadas, pese a que entre los internos había narcos y miembros de bandas de crimen organizado que podían usar las llamadas para entregar información delictual. La corte revocó la medida.
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
Para los operadores del sistema judicial, el caso reúne varias de las vías que contempla el ordenamiento chileno frente a una decisión del máximo tribunal: requerimientos ante el Tribunal Constitucional, una denuncia de tutela laboral con pretensión indemnizatoria, un recurso de nulidad procesal y la invocación del Código Orgánico de Tribunales en materia de orden de antigüedad de la votación. El cuaderno de remoción se sustentó en el artículo 80 de la Constitución.
Cabe precisar que la remoción fue aprobada, pero el fallo aún debe ser redactado, de modo que los fundamentos completos de la decisión no están disponibles.
En nuestra lectura, el caso muestra la tensión entre la potestad disciplinaria del máximo tribunal y los resguardos procedimentales que el propio magistrado invocó, incluida una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Sería prudente que la redacción del fallo exponga con detalle cómo se ponderaron esos elementos, considerando que el interés público del caso excede la trayectoria de un solo juez.
Fuente: ex-ante.cl
Documento original: https://www.ex-ante.cl/nacional/juez-urrutia-expulsado-escandalo-licencias/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








