La Corte de Apelaciones de Valdivia dejó sin efecto la orden de expulsión de Chile dictada contra una ciudadana venezolana por el Servicio Nacional de Migraciones, al constatar que la autoridad administrativa no consideró los descargos que la afectada presentó oportunamente dentro del procedimiento sancionatorio. El tribunal ordenó retrotraer la gestión al estado de que el servicio analice esas alegaciones.
La decisión fue adoptada el 29 de julio de 2026 por la Segunda Sala del tribunal de alzada, que acogió el recurso especial de reclamación deducido bajo el artículo 141 de la Ley N. 21.325 de Migración y Extranjería. La resolución anulada era la Resolución Exenta N° 2600100098546, del 17 de febrero de 2026, que además de disponer la expulsión imponía una prohibición de ingreso al país por cinco años.
LOS HECHOS DEL CASO
La recurrente ingresó a Chile por un paso no habilitado, situación que fue denunciada por la Policía de Investigaciones como ingreso clandestino. A raíz de ello, el Servicio Nacional de Migraciones inició un procedimiento administrativo en su contra, el cual le fue notificado el 8 de abril de 2025, otorgándole un plazo de diez días hábiles para presentar sus descargos.
En su escrito de reclamación, la defensa de la ciudadana venezolana, a cargo de un abogado de la Corporación de Asistencia Judicial del Biobío, sostuvo que los descargos fueron efectivamente presentados y recepcionados por la Dirección Regional Los Ríos del Servicio Nacional de Migraciones el 16 de abril de 2025. En ellos se alegaba arraigo familiar y laboral en el país.
Sin embargo, la autoridad administrativa resolvió la expulsión fundándose en que la extranjera no habría realizado descargos, según consta en la parte considerativa de la resolución reclamada.
LA DEFENSA DEL SERVICIO
Al informar el recurso, el Servicio Nacional de Migraciones sostuvo que el procedimiento fue debidamente notificado y que la recurrente no hizo uso de su derecho a presentar descargos dentro del plazo legal. Por esa razón, la autoridad aseguró que resolvió con los antecedentes disponibles.
El servicio añadió que la ciudadana no registraba solicitud de residencia temporal desde el extranjero ni se encontraba dentro de las hipótesis que habilitan un permiso especial por razones humanitarias. Tampoco constaba que hubiera solicitado el reconocimiento de la condición de refugiado en frontera o dentro del plazo legal.
Finalmente, la autoridad migratoria argumentó que la resolución impugnada era un acto administrativo fundado, proporcional y razonable, y que no existían mecanismos legales para regularizar la situación de extranjeros que hubieran ingresado por paso fronterizo no habilitado.
EL ERROR DETECTADO POR LA CORTE
La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia detectó una contradicción entre lo afirmado por el servicio y lo que constaba en el expediente. Según el fallo, el propio escrito de la recurrente y los antecedentes agregados a folio 1 demostraban que los descargos sí fueron presentados el 16 de abril de 2025, dentro del plazo fijado.
El tribunal concluyó que, al no considerar ni ponderar esas alegaciones, la autoridad administrativa incurrió en ilegalidad, pues su obligación era analizar los descargos para no caer en una falta de motivación del acto administrativo final.
En consecuencia, la Corte acogió el recurso sin costas, dejó sin efecto la resolución de expulsión y ordenó retrotraer el procedimiento administrativo al estado de que el Servicio Nacional de Migraciones analice los descargos presentados por la reclamante.
LA INTEGRACIÓN DE LA SALA
El fallo fue pronunciado por la Segunda Sala integrada por el ministro Juan Ignacio Correa Rosado, la ministra María Soledad Piñeiro Fuenzalida y el abogado integrante Claudio Aravena Bustos. La ministra Piñeiro Fuenzalida no firmó la sentencia pese a haber concurrido a la vista y acuerdo de la causa, por encontrarse con permiso administrativo conforme al artículo 347 del Código Orgánico de Tribunales.
N° Contencioso Administrativo-58-2026, Corte de Apelaciones de Valdivia.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
