
Corte de Apelaciones de Concepción confirma multa de 71 UTM a SLEP que no activó protocolo contra el maltrato escolar
La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó la reclamación judicial presentada por el Servicio Local de Educación Pública Andalién Sur, sostenedor del Colegio Bicentenario República de Brasil, contra la Resolución Exenta PA N°001236, de 4 de junio de 2026, de la Superintendencia de Educación. El fallo, dictado el 7 de septiembre de 2026, dejó firme la multa de 71 UTM aplicada al establecimiento por no ajustar su protocolo de actuación a la normativa vigente y por no haberlo aplicado correctamente ante una denuncia de maltrato escolar entre estudiantes.
El proceso sancionatorio se originó por una denuncia de maltrato físico y psicológico entre estudiantes. Se formularon dos cargos: el primero, por contar con un protocolo que no se ajustaba a la normativa, al omitir medidas de resguardo para los afectados y procedimientos de denuncia ante los Tribunales de Familia y el Ministerio Público; el segundo, por no aplicar correctamente el protocolo ante los hechos denunciados, ya que el establecimiento no documentó una investigación interna, entrevistas con los involucrados, planes de intervención psicosocial ni seguimiento del caso.
La reclamación judicial fue rechazada en todas sus partes por la Corte, que actuó como juez de legalidad. El fallo consideró que el deber de contar con un reglamento implica necesariamente su correcta aplicación, y que la multa de 71 UTM se encuentra dentro del rango legal para infracciones menos graves, que oscila entre 51 y 500 UTM. Además, la resolución impugnada cumple con el deber de motivación. No se condenó en costas a la reclamante, por estimarse que tuvo motivos plausibles para litigar.
Rol N° 324-2026, Contencioso Administrativo, Corte de Apelaciones de Concepción.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.






