La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) aplicó una multa de 500 UF, equivalentes a poco más de veinte millones de pesos, contra Liquitech SpA, firma que opera bajo el nombre comercial Galgo, por haber cobrado intereses que excedieron el límite legal establecido en la Tasa Máxima Convencional (TMC). La sanción, contenida en la Resolución N°7352, afecta a una empresa que se dedica al financiamiento de motocicletas para clientes que no acceden a la banca tradicional por ser considerados de alto riesgo.
ANTECEDENTES DEL CASO
De acuerdo con la resolución de la CMF, entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre de 2023, Liquitech SpA incorporó en sus operaciones cobros que calificó como comisiones, pero que conforme a los nuevos criterios de la NCG N°484 debían ser tratados como intereses. Al reclasificarlos, el nivel de estos superó la Tasa Máxima Convencional para el período respectivo, vulnerando lo dispuesto en la regulación que protege a los deudores de créditos de consumo.
La investigación de la CMF determinó que la empresa percibió un total de 108.988.254 pesos por concepto de intereses cobrados por sobre el tope legal, monto distribuido en 1.959 operaciones individuales. El regulador destacó que no se aportaron antecedentes que permitieran acreditar que Liquitech hubiera restituido esas sumas a los clientes afectados.
LA MULTA APLICADA
El consejo de la CMF consideró que el cobro excesivo afectó directamente a los deudores, quienes quedaron expuestos a cargas financieras superiores a los máximos determinados por la ley. No obstante, el mismo organismo reconoció que el exceso fue un efecto puntual derivado de la reciente entrada en vigencia de la NCG N°484, lo que matizó la gravedad del incumplimiento.
Como sanción, se impuso una multa de 500 UF, que al valor de la fecha supera los veinte millones de pesos. Este monto es significativamente superior al que había aplicado antes la CMF contra la misma empresa: en abril de 2023, Liquitech recibió una censura, la sanción más baja del catálogo, por una infracción similar relacionada con el límite de la TMC.
VOTO DISIDENTE Y CRÍTICAS
La decisión de multar con 500 UF no fue unánime. La presidenta de la CMF, Catherine Tornel, emitió un voto disidente en el que sostuvo que la sanción debía limitarse a una censura. Su argumento se basó en que las operaciones sancionadas son cercanas a la fecha de entrada en vigencia de la nueva norma y en las dificultades que los nuevos criterios pudieron haber implicado para su aplicación práctica por parte de la empresa.
Fuente: La Tercera
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
