
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) anunció que este martes 15 de septiembre se publicará en el Diario Oficial el certificado que contiene las Tasas de Interés Corriente y Máxima Convencional. El aviso, difundido el 14 de septiembre, precisa que ambas tasas comenzarán a regir justamente a partir de esa publicación, de modo que el documento oficial marca el punto de partida de su vigencia.
PUBLICACIÓN OFICIAL Y ENTRADA EN VIGENCIA
Según el organismo, el certificado aparecerá en la edición del Diario Oficial correspondiente al martes 15 de septiembre, y desde ese mismo acto las tasas comenzarán a aplicarse. En su comunicación, la CMF no dio a conocer variaciones ni montos específicos: el anuncio se limitó a precisar la fecha de publicación y el mecanismo de difusión de la información.
El dato no es menor para el mercado, porque la fecha de publicación coincide con el inicio de la vigencia. Es decir, no existe un periodo de espera entre la aparición del certificado en el Diario Oficial y su entrada en vigor.
EL MANDATO DE LA LEY 18.010
La publicación responde a una obligación legal expresa. Conforme a la Ley N° 18.010, la CMF debe difundir durante la primera quincena de cada mes esta información, tanto en su sitio web como en el Diario Oficial. Se trata de una rutina mensual que la Comisión cumple de manera calendarizada y que forma parte de sus deberes de información hacia el público.
Para los abogados y abogadas que asesoran en materia de créditos, cobranza o litigios civiles, el certificado mensual es una pieza de consulta frecuente, ya que las tasas corriente y máxima convencional son parámetros que la propia legislación contempla para distintos efectos en las operaciones de crédito de dinero. De ahí que la fecha exacta de su publicación y de su entrada en vigencia tenga consecuencias prácticas inmediatas.
TRANSPARENCIA Y PUBLICACIÓN ANTICIPADA
La CMF subrayó además que, siguiendo su política de transparencia y oportunidad en la entrega de esta información, el certificado respectivo se publica de manera anticipada en el sitio web institucional. Eso significa que los interesados pueden consultar el contenido en la plataforma de la Comisión con anterioridad a su aparición formal en el Diario Oficial.
Este mecanismo de doble difusión, primero digital y luego en el órgano oficial, permite que los operadores del sistema financiero y los profesionales del derecho accedan a los valores antes de que comiencen a regir, lo que facilita la revisión de contratos, la preparación de escritos y la planificación de operaciones crediticias en curso.
LO QUE SIGUE
Con la publicación del martes 15 de septiembre, las tasas informadas quedarán plenamente vigentes y reemplazarán a las que estaban rigiendo hasta entonces. La Comisión, en tanto, deberá repetir el procedimiento en la primera quincena del mes siguiente, según lo exige la Ley N° 18.010.
Quienes necesiten revisar el certificado pueden hacerlo en el sitio web de la CMF, donde ya se encuentra disponible de forma anticipada, y en la edición del Diario Oficial del martes 15 de septiembre, jornada en la que el documento adquiere plena eficacia.
Fuente: Comisión para el Mercado Financiero
Documento original: https://www.cmfchile.cl/portal/prensa/625/w4-article-113474.html
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








