
La Corte de Apelaciones de Valparaíso ordenó al Banco de Chile poner fin a las cobranzas, judiciales y extrajudiciales, de una deuda que todavía se discute en tribunales, y borrar las publicaciones de esa obligación en el Boletín Comercial. La determinación llegó cuando la responsabilidad por las operaciones seguía abierta en el Juzgado de Policía Local de Quilpué y alcanza a una clienta que había denunciado un fraude por $4.507.000.
EL FRAUDE Y EL RECLAMO
El 18 de agosto de 2025 la mujer recibió una llamada de un supuesto ejecutivo bancario. Desde esa comunicación se ejecutaron operaciones que ella desconoció: una transferencia electrónica de $807.000 desde su cuenta corriente y un avance en efectivo de $3.700.000 cargado a su tarjeta de crédito, que en conjunto suman $4.507.000.
Al advertir lo ocurrido, avisó al Banco de Chile, pidió el bloqueo de sus productos, presentó un reclamo bajo la Ley 20.009 y denunció los hechos ante Carabineros. El 3 de septiembre de 2025 el banco abonó $1.380.000, pero más tarde rechazó el reclamo y acudió al Juzgado de Policía Local de Quilpué.
LA CONTROVERSIA ANTE EL JUZGADO
En esa causa, la entidad solicitó que se declarara que la usuaria actuó con dolo o culpa grave, que se dejara sin efecto la devolución ya efectuada y que se mantuvieran los cargos cuestionados. El juicio quedó en estado de fallo tras las audiencias realizadas en noviembre de 2025 y febrero de 2026, de acuerdo con lo que recoge el fallo de la Corte.
LA ALERTA Y EL RECURSO
Con la controversia aún pendiente, el 7 de julio de 2026 la clienta recibió una alerta de Equifax. Al día siguiente obtuvo un informe que registraba una deuda de $1.607.904 informada por el Banco de Chile. Por ese motivo recurrió de protección, cuestionando tanto las cobranzas como la comunicación de la morosidad al Boletín Comercial.
LO QUE RESOLVIÓ LA CORTE
El tribunal de alzada concluyó que, mientras el Juzgado de Policía Local de Quilpué no determine si existió dolo o culpa grave, no corresponde tratar a la clienta como deudora morosa. Según el fallo, la obligación «permanece controvertida» y las cobranzas resultan «arbitrarias», porque anticipan las consecuencias de una deuda antes de resolver quién debe asumir las operaciones.
La Corte acogió el recurso y ordenó al Banco de Chile cesar las cobranzas judiciales y extrajudiciales vinculadas a esas operaciones y realizar las gestiones necesarias para eliminar las publicaciones correspondientes del Boletín Comercial. Además, estableció que informar una obligación todavía discutida judicialmente afectó el derecho a la honra de la recurrente.
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
Para quienes litigan causas de fraude con transferencias y tarjetas de crédito, la resolución describe una secuencia de actuaciones. Primero, el reclamo administrativo ante el banco bajo la Ley 20.009 y la denuncia policial. Después, el abono de $1.380.000 efectuado por el banco el 3 de septiembre de 2025, el rechazo posterior de ese reclamo y la presentación de la entidad ante el Juzgado de Policía Local de Quilpué, donde pidió que se declarara dolo o culpa grave de la usuaria y que se dejara sin efecto la devolución ya realizada.
El punto que aborda la Corte de Apelaciones de Valparaíso es distinto y corre en paralelo: qué ocurre con la cobranza y con el registro de morosidad mientras esa discusión sigue sin sentencia. El fallo sostiene que la obligación «permanece controvertida» y califica las gestiones de cobro como «arbitrarias» por anticipar efectos de una deuda cuyo responsable aún no se define.
La decisión también vincula la comunicación de la morosidad al Boletín Comercial con el derecho a la honra de la recurrente, en un contexto en que la deuda registrada ascendía a $1.607.904 y había sido informada por el Banco de Chile. Para el trabajo de cobranza de las instituciones financieras, el fallo califica de «arbitrarias» las gestiones de cobro de una obligación que «permanece controvertida».
El expediente permite, además, observar cómo se cruzan las distintas vías: el reclamo bajo la Ley 20.009, que el banco rechazó; la causa ante el Juzgado de Policía Local de Quilpué, que seguía pendiente; y el recurso de protección. La Corte resolvió sobre lo que ocurre con la cobranza y el registro de morosidad mientras la causa de fondo aún no tenía sentencia.
Fuente: eldesconcierto.cl
Documento original: https://eldesconcierto.cl/actualidad/sufrio-fraude-45-millones-y-banco-le-seguia-cobrando-mientras-caso-estaba-juicio-corte-ordeno-frenar-cobros-n5463316
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








