
La hospitalización de un niño por una sobredosis de risperidona y la interrupción del tratamiento prescrito a otro residente durante dos días consecutivos figuran entre los episodios que la Contraloría Regional de Antofagasta registró en la Residencia de Protección para Lactantes y Preescolares Antay, administrada por la Fundación Creeser. El Informe de Inspección en Terreno N° 452 de 2026, levantado tras una fiscalización realizada el 14 de mayo de este año, concluyó que el recinto no contaba con un sistema claro y actualizado para controlar los medicamentos que recibían los niños, niñas y adolescentes, incluidas las dosis y los horarios de administración. El establecimiento es supervisado por la Dirección Regional del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.
CONTROL DE FÁRMACOS Y ACCESO A SALUD
Para el organismo fiscalizador, la ausencia de ese sistema de control resulta de especial gravedad a la luz de los incidentes ocurridos durante este año, entre ellos la sobredosis que derivó en hospitalización y la suspensión de un tratamiento indicado a otro residente por dos jornadas seguidas.
La inspección sumó otros dos casos vinculados a la atención médica. Un niño diagnosticado con varicela no recibió el tratamiento indicado por un servicio de urgencia y, al momento de la visita de los fiscalizadores, la prescripción seguía sin cumplirse; posteriormente el menor fue trasladado a un centro asistencial, donde recibió una nueva evaluación y un tratamiento distinto. A ello se agrega la demora en la derivación de otro residente que sufrió una lesión en un dedo y requería atención médica. Ambos episodios, según el informe, evidencian falencias en los procedimientos llamados a garantizar prestaciones de salud oportunas.
DOTACIÓN DE PERSONAL Y ANTECEDENTES DE TRABAJADORES
La actividad de control en terreno también arrojó que la residencia no cumplía con la dotación mínima exigida de cuidadoras: en cuatro de los cinco turnos analizados se registró déficit de personal. Para atender a una población de 21 niños, niñas y adolescentes, el recinto debía contar con al menos cuatro cuidadoras por turno, estándar que no se alcanzaba en los turnos A y C de días hábiles, ni en los turnos de fines de semana y festivos.
Junto con lo anterior, Contraloría estableció que 13 trabajadores con contacto directo y habitual con los residentes no mantenían en sus carpetas administrativas todos los antecedentes requeridos para acreditar su idoneidad para el cargo, y que tampoco existían registros que demostraran que la residencia hubiera verificado esos requisitos antes de la contratación o al inicio de las funciones.
El informe precisa que ninguno de los trabajadores observados registraba inhabilidades para trabajar con menores de edad ni sanciones por maltrato relevante al momento de la fiscalización. Aun así, el recinto no acreditó haber efectuado oportunamente las verificaciones que exige la normativa.
HABITABILIDAD, EDUCACIÓN Y SEGURIDAD
Las condiciones materiales del recinto también fueron objeto de reparos. Se observó una alta ocupación de los dormitorios y el uso de camas de reducidas dimensiones instaladas a nivel de piso, en un establecimiento que atendía a 21 niños, niñas y adolescentes pese a contar con solo 15 plazas autorizadas, lo que impactaba las condiciones de descanso, circulación y cuidado.
En materia educativa, el informe consigna que un niño permaneció sin matrícula ni acceso a una oferta educacional desde su ingreso a la residencia, el 11 de marzo de este año, y durante 145 días corridos. La situación se extendió hasta el 3 de agosto, cuando fue incorporado a un aula hospitalaria.
Finalmente, la fiscalización detectó que la residencia mantenía un servicio de alimentación para los residentes sin la autorización sanitaria correspondiente, y que las instalaciones interiores de gas carecían del Certificado de Inspección Periódica con calificación de Sello Verde, observación que Mejor Niñez ya había advertido previamente.
PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO
A partir de estos hallazgos, la Dirección Regional de Antofagasta del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia deberá instruir un procedimiento disciplinario para determinar eventuales responsabilidades administrativas.
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
El informe consigna que ninguno de los trabajadores observados registraba inhabilidades para trabajar con menores de edad ni sanciones por maltrato relevante al momento de la fiscalización, y que, aun así, la residencia no acreditó haber efectuado oportunamente las verificaciones que exige la normativa. Consigna también que la dotación mínima exigida era de cuatro cuidadoras por turno para una población de 21 residentes y que el recinto contaba con 15 plazas autorizadas frente a una ocupación efectiva de 21 niños, niñas y adolescentes. A ello se suman los requisitos sectoriales de autorización sanitaria para el servicio de alimentación y del Certificado de Inspección Periódica con Sello Verde para las instalaciones de gas.
En nuestra lectura, el caso muestra que la debilidad institucional puede expresarse menos en actos deliberados que en la falta de registro y de seguimiento de obligaciones ya exigidas. Sería prudente que las entidades que administran residencias traten la trazabilidad documental como parte sustantiva del cuidado y no como un trámite accesorio.
Fuente: Contraloría General de la República
Documento original: https://www.contraloria.cl/web/cgr/noticias/-/asset_publisher/AmxFf8h7l735/content/mejor-ninez-antofagasta?inheritRedirect=false
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








