
Una multa que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles aplicó a CGE por errores en el cobro de la cuenta de luz de un cliente quedó firme. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de reclamación que la distribuidora presentó contra la sanción y descartó un actuar ilegal en la conducta de la autoridad fiscalizadora.
LA SANCIÓN QUE SE MANTIENE
De acuerdo con la información difundida por el Poder Judicial, la Décimo Cuarta Sala del tribunal de alzada revisó la reclamación de la empresa eléctrica y concluyó que la conducta de la autoridad fiscalizadora no fue ilegal. El origen del caso fueron los errores de facturación detectados en la cuenta de un cliente, que derivaron en la sanción del regulador.
Además, la Corte estableció que una resolución dictada por la SEC en noviembre de 2023 había rechazado por extemporánea una impugnación de la empresa, esto es, por haber sido ingresada fuera de plazo. Esa decisión no fue recurrida posteriormente por CGE, por lo que quedó firme.
En esta oportunidad, el tribunal de alzada no dio a CGE la razón y confirmó la sanción aplicada.
LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EN JUEGO
La Corte puso el foco en ese punto y sostuvo que la Resolución Exenta N°20.567 produjo un efecto jurídico determinado y concreto: rechazó por extemporánea la impugnación examinada y mantuvo subsistente lo dispuesto en el Oficio Ordinario N°127.114 y su rectificación posterior, contenida en el Oficio Ordinario N°167.579.
UNA IMPROPIEDAD QUE NO INVALIDA
El fallo reconoció que un acto posterior de la SEC incurrió en una impropiedad al describir lo ocurrido antes. Esa resolución señaló que el acto de 2023 había resuelto un recurso de reposición contra otro oficio y que en esa instancia se habían revisado las auditorías presentadas por la distribuidora.
Para la Corte, esa descripción no se ajusta a lo que efectivamente se resolvió. Aun así, el error no alcanza para declarar ilegal la resolución reclamada, porque no modifica los efectos de la decisión administrativa que rechazó la impugnación por haber sido presentada fuera de plazo.
El tribunal lo expresó con claridad: el error en que incurre la Resolución Exenta N°40.439 al describir el contenido de la Resolución Exenta N°20.567 no altera lo efectivamente resuelto por esta última. Añadió que el equívoco tampoco permite considerar pendiente una actuación que ya había sido decidida mediante un acto administrativo que produjo sus efectos.
LA DECISIÓN DEL TRIBUNAL
Con ese razonamiento, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la reclamación presentada por CGE y mantuvo la sanción que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles había aplicado a la empresa por los errores en la facturación de la cuenta de luz de un cliente.
Fuente: CNN Chile
Documento original: https://www.cnnchile.com/pais/cge-es-multada-por-error-en-cobro-de-cuenta-de-luz-corte-confirmo-sancion-y-descarto-actual-ilegal-de-la-superintendencia-de-electricidad-y-combustibles/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.















