Imagen generada por inteligencia artificial para fines ilustrativos — Veredictum.cl
El Diario Oficial de hoy publicó el decreto exento N° 273 del Ministerio de Hacienda, que fija los parámetros del Subsidio Unificado de Empleo de la ley N° 21.808. La norma define los grupos prioritarios del 40% de vulnerabilidad, un aporte de 20% para las empresas y de 10% para las personas trabajadoras, y un ingreso mínimo mensual de $529.000. Con esto, la cartera encabezada por Hacienda entrega los valores con los que el subsidio comenzará a operar durante el primer año de vigencia de la ley.
Decreto fija parámetros del Subsidio Unificado de Empleo de la ley 21.808. El decreto exento N° 273 establece los parámetros bajo los cuales se aplicará el Subsidio Unificado de Empleo creado por la ley N° 21.808. La publicación define los grupos prioritarios del 40% de vulnerabilidad, un aporte de 20% para las empresas y de 10% para las personas trabajadoras, y un ingreso mínimo mensual de $529.000. La normativa está dirigida a las personas trabajadoras y a las empresas del sector privado que accedan al subsidio, y su aplicación se extiende durante el primer año de vigencia de la ley. En la práctica, son los equipos de remuneraciones, los asesores laborales y los encargados de cumplimiento de las empresas quienes deberán revisar los términos fijados por Hacienda antes de aplicar el beneficio. Texto oficial (CVE 2881073)
Se trata de la publicación de mayor incidencia de la jornada para la práctica laboral, en una edición sin otros cambios normativos de fondo. Veredictum dedica una nota aparte al alcance de los parámetros fijados por Hacienda y a su aplicación en las remuneraciones del sector privado.













