
Un plan de 16 acciones, ejecutado en 12 meses y con una inversión de $750.931.000, fue el camino que Compañía Contractual Minera Candelaria recorrió para dejar atrás el procedimiento sancionatorio que la Superintendencia del Medio Ambiente abrió en su contra en 2021. La SMA tuvo por ejecutado satisfactoriamente el Programa de Cumplimiento (PDC) de la faena minera ubicada en Tierra Amarilla, Región de Atacama, y puso término definitivo al caso Rol D-166-2021 mediante la Resolución Exenta N° 2852.
EL ORIGEN DEL PROCEDIMIENTO
El expediente se remonta a julio de 2021, cuando la Superintendencia formuló seis cargos contra la minera por infracciones a su Resolución de Calificación Ambiental, RCA N° 133/2015, y a la normativa sobre descargas de residuos líquidos, el D.S. N° 90/2000.
Los incumplimientos imputados abarcaban la superación del caudal promedio diario de agua suministrada desde la PTAS sector Bodega; la construcción y operación de una piscina de emergencia no autorizada; el exceso de los límites diarios de explosivos y del número de tronaduras; el uso de puntos de monitoreo de vibraciones distintos a los comprometidos; y la falta de reporte de frecuencias de monitoreo de efluentes.
Para corregir esas brechas, la empresa presentó un Programa de Cumplimiento que la SMA aprobó en julio de 2023, ordenándose en ese momento la suspensión del procedimiento sancionatorio. El plan quedó estructurado en 16 acciones orientadas al retorno al cumplimiento ambiental.
LAS MEDIDAS EJECUTADAS
Entre las principales medidas que la compañía llevó adelante figuran el cese total del suministro de agua desde la PTAS de Nueva Atacama y la paralización temporal de la piscina de emergencia adicional hasta la obtención de su RCA favorable.
En materia de tronaduras, el plan contempló un límite estricto de uso de explosivos de un máximo de 90 ton/día por tronadura y una limitación de dos tronaduras diarias como máximo, omitiéndolas los domingos y festivos. A ello se sumó la implementación de un sistema de monitoreo continuo de velocidad vibratoria, el refuerzo de los canales de comunicación comunitaria y la entrega completa de los reportes de efluentes adeudados bajo el D.S. N° 90/2000.
LA EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO
Terminado el periodo de ejecución, la División de Fiscalización y la División de Sanción y Cumplimiento de la SMA realizaron una evaluación integral del desempeño de la titular. El análisis concluyó que las metas y objetivos del programa se alcanzaron de manera efectiva y constató que el control de vibraciones se mantuvo de forma continua dentro de los límites normativos autorizados.
El Superintendente del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, destacó que: “Para la SMA es relevante que los programas de cumplimiento cumplan sus metas y objetivos. En este caso, el titular implementó cambios operacionales concretos en sus procesos de tronadura, uso de agua y monitoreo ambiental, volviendo al cumplimiento de sus obligaciones”.
OBLIGACIÓN PERMANENTE
Con la emisión de la Resolución Exenta N° 2852, la Superintendencia puso término definitivo al procedimiento sancionatorio Rol D-166-2021. Sin embargo, la autoridad recordó que la empresa se mantiene bajo la obligación permanente de cumplir la normativa ambiental vigente y que queda expuesta a nuevos procedimientos sancionatorios ante eventuales incumplimientos futuros.
El detalle del expediente está disponible en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), donde la SMA publica las fichas de sus procedimientos sancionatorios.
En nuestra lectura, el caso muestra que el Programa de Cumplimiento funciona, para el regulador ambiental, como una herramienta de retorno efectivo al cumplimiento y no como una simple pausa del procedimiento sancionatorio. Parece razonable, entonces, que la decisión de tenerlo por ejecutado se apoye en una evaluación de ambas divisiones de la SMA y no solo en la presentación de la titular.
Fuente: Superintendencia del Medio Ambiente
Documento original: https://portal.sma.gob.cl/index.php/region-de-atacama-sma-da-por-ejecutado-con-exito-programa-de-cumplimiento-de-minera-candelaria-y-pone-fin-a-proceso-sancionatorio/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.







