
SII refuerza entrada en vigencia de la Resolución Exenta N°144 al 1 de mayo de 2027
Santiago, 29 de octubre de 2026. El Servicio de Impuestos Internos comunicó que las disposiciones de la Resolución Exenta N°144 de 2026 comenzarán a regir el 1 de mayo de 2027, fecha en que las facturas y guías de despacho deberán incorporar todos los campos obligatorios definidos por la norma. El anuncio también precisa que no será necesario solicitar una prórroga y que el período de implementación permitirá a contribuyentes y al servicio ajustar soluciones tecnológicas y completar información.
La comunicación del SII busca ordenar la entrada en vigencia de una resolución que incide directamente en la emisión de documentos tributarios. El servicio precisó que, a contar del 1 de noviembre del presente año, solo los contribuyentes que ya cuenten con los datos podrán emitir estos documentos con la información de los campos requeridos. Respecto de quienes no dispongan de toda la información de traslado al momento de emitir el documento, la normativa contempla un período para realizar los ajustes necesarios.
PLAZOS Y ALCANCE
El SII aclaró que «no es necesario solicitar una prórroga para el cumplimiento de la Resolución N° 144». La razón es que el plazo para implementar los desarrollos tecnológicos que permitan dar cumplimiento a la norma es el 1 de mayo de 2027, al igual que para los casos en que no se cuente con toda la información requerida al momento de emitir el documento. La aclaración permite distinguir entre la fecha de entrada en vigencia y el plazo para implementar los desarrollos tecnológicos.
La resolución exige incorporar en las facturas y guías de despacho todos los campos obligatorios definidos. El período de implementación fue previsto para que los contribuyentes que no tienen toda la información de traslado al momento de emitir el documento puedan realizar los ajustes necesarios. El SII también señaló que ese lapso permitirá tanto a los contribuyentes como al servicio implementar las distintas soluciones tecnológicas requeridas para cumplir con la normativa.
IMPLEMENTACIÓN Y APOYO
Durante el período de implementación, el SII habilitará una API que permitirá, en el ámbito del transporte tercerizado, completar de manera diferida la información asociada a los ciclos logísticos. Según la comunicación, la medida busca priorizar un proceso de negocio oportuno y expedito. Asimismo, se realizarán adaptaciones a los sistemas gratuitos provistos por la institución para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones, especialmente por parte de las micro y pequeñas empresas.
El servicio continuará desarrollando mesas de trabajo con distintos grupos y actores involucrados, tales como cámaras de comercio, colegios profesionales, agrupaciones de transportistas y organismos públicos, entre otros. En particular, junto al Colegio de Contadores de Chile se realizarán actividades de habilitación y acompañamiento a nivel nacional durante este período. Del mismo modo, se reforzarán las comunicaciones y el trabajo conjunto mediante material de apoyo para la implementación de la norma.
MODELO DE OPERACIÓN
Hasta el 31 de enero de 2027 habrá plazo para informar al SII el modelo bajo el cual opera cada empresa, siendo las opciones «Transporte Autogestionado» y «Transporte Tercerizado». Para cumplir con lo anterior, se dispondrá en las próximas semanas de un acceso en el sitio web del SII, lo que será informado oportunamente.
Fuente: Servicio de Impuestos Internos
Documento original: https://www.sii.cl/noticias/2026/291026noti01aav.htm
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.







