
Rol 78-2026 · Poder Judicial de Chile
El Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a los exfuncionarios de la Policía de Investigaciones Camilo Andrés Pastor Cárdenas y Cristian Andrés Acevedo Bórquez a la pena de 15 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autores del delito consumado de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, perpetrado en octubre de 2023 en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez, en la comuna de Pudahuel.
En fallo unánime de la causa rol 78-2026, el tribunal, integrado por los magistrados Paulina Andrés, quien presidió la sala, María Isabel Pantoja y Claudio Henríquez, redactor del fallo, aplicó además a ambos condenados las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena, junto con una multa individual de diez unidades tributarias mensuales, sin cuotas.
LAS PENAS DEL RESTO DE LOS IMPLICADOS
En la misma causa, el tribunal condenó a Fabián Enrique Méndez Jara a la pena de 3 años y un día de presidio, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, y a una multa de diez unidades tributarias mensuales, sin cuotas, como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes descubierto en la comuna de Pudahuel, en octubre de 2023.
Reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 15 bis de la Ley 18.216, el tribunal sustituyó el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta a Méndez Jara por la libertad vigilada intensiva por igual término que el de la pena corporal que se reemplaza, con la obligación de presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda a su domicilio y de cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la citada ley.
Adicionalmente, se impuso al sentenciado Méndez Jara la obligación de asistir a un programa de tratamiento de rehabilitación de consumo de alcohol y drogas, por el plazo necesario, que no podrá exceder de tres años y un día.
Asimismo, el tribunal condenó a Stefanno Giovanni Andreotti Parada a sufrir la pena de cuatro años de presidio efectivo, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, y a una multa de diez unidades tributarias mensuales, sin cuotas, como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes descubierto en la comuna de Pudahuel, en octubre de 2023.
Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN.
EL MECANISMO DEL TRÁFICO INTERNACIONAL
En cuanto a los hechos, el tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el 14 de octubre de 2023, a las 22:30 horas aproximadamente, Fabián Enrique Méndez Jara ingresó al país por el Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez, en la comuna de Pudahuel, por un vuelo procedente de España, internando al interior de su equipaje facturado tres paquetes rectangulares contenedores de 20.154 comprimidos de MDMA, operación internacional de drogas coordinada por Stefanno Giovanni Andreotti Parada.
El fallo señala que funcionarios de la Policía de Investigaciones realizaron una investigación reconstructiva, logrando determinar que Méndez Jara viajó el 29 de septiembre de 2023 hacia España, manteniendo en su poder y exportando cerca de nueve paquetes de presunta cocaína, utilizando para ello ese mismo Aeropuerto Internacional.
Con esta información, se estableció que para concretar dicha exportación Camilo Andrés Pastor Cárdenas y Cristian Andrés Acevedo Bórquez, aprovechándose de sus privilegios en el desplazamiento que mantenían en su calidad de detectives de la Policía de Investigaciones, previamente ingresaron al Aeropuerto mediante accesos exclusivos destinados a funcionarios que trabajan en este lugar y realizaron acciones con el fin de concretar la transacción internacional de droga.
El tribunal precisó que Pastor Cárdenas, luego de su horario laboral, concurrió a los estacionamientos del Aeropuerto Arturo Merino Benítez portando un bolso con cerca de nueve kilos de presunta cocaína y se dirigió hasta la zona de ingresos de funcionarios de la PDI, en el sector Internacional, donde Cristian Andrés Acevedo Bórquez, previamente coordinado para ello y encontrándose en la guardia de la Brigada Antinarcóticos Aeropuerto, aprovechando las autorizaciones que le daba su cargo como funcionario policial, hizo entrar a Pastor Cárdenas, para juntos dirigirse mediante accesos exclusivos hasta el sector de embarque, donde se encontraba Fabián Méndez Jara.
Según el fallo, Méndez Jara, mediando coordinación con Stefanno Andreotti Parada, recibió esa sustancia en un baño de dicho recinto, la que finalmente fue trasladada por aquel a España. Esa presunta droga fue intercambiada con la entrega de los 20.154 comprimidos de MDMA ya mencionados con que fue sorprendido Méndez Jara a su llegada a Chile proveniente desde España, internación que realizó previa coordinación con Andreotti Parada, quien se coordinaba, de igual forma, con los funcionarios policiales Pastor Cárdenas y Acevedo Bórquez.
Fuente: Poder Judicial de Chile
Documento original: https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/148733
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








