
La teoría del Derecho no viaja intacta por el mundo. Esa es la premisa central del ensayo publicado por Ariel Salas-Tapia de la Universidad de Tarapacá en la Revista de Derecho de la Universidad Católica del Norte, cuyo argumento desafía la forma habitual en que los juristas chilenos y latinoamericanos entienden la importación de ideas jurídicas: no como copia pasiva, sino como un proceso de adaptación que produce teoría original en la periferia. El trabajo, publicado en el volumen 33 de 2026, propone un marco teórico para explicar por qué las categorías jurídicas creadas en los países centrales se transforman necesariamente al ser recibidas en jurisdicciones periféricas como la chilena, y ofrece una clave conceptual: la asimilación.
LA TESIS CENTRAL
El autor parte de una constatación sencilla pero de hondo calado: el Derecho no es un fenómeno parroquial. Como recordaba Alan Watson en 1993, el Derecho del mundo se ha construido a partir de trasplantes jurídicos. Sin embargo, la circulación de esas ideas no ocurre sobre una superficie neutra, sino en un marco de asimetría fundamental entre sitios que se imponen y sitios que son dominados. El centro exporta textos, doctrina y jurisprudencia, mientras la periferia quedaría reducida al papel de receptora.
Frente a esa visión, Salas-Tapia sostiene que la recepción nunca es una copia fiel. Las teorías que viajan se reconfiguran al enfrentarse a realidades distintas, y esas variaciones no deben leerse como desviaciones o malas lecturas de un modelo original, sino como procesos de adaptación funcional. En esa línea, el ensayo recurre a la noción de asimilación de Leopoldo Zea-Aguilar para explicar la capacidad de los sitios periféricos de adaptar el material foráneo y, de esa manera, producir teoría del Derecho original.
La propuesta no es menor para la academia chilena. El texto cuestiona la idea de que una teoría elaborada para describir una experiencia jurídica concreta conserve su poder explicativo cuando es trasplantada a otro contexto. En otras palabras, la teoría jurídica es local o no es.
UNA DISCIPLINA QUE SE MIRA EN EL ESPEJO DEL OTRO
Uno de los ejes del ensayo es la distinción entre teoría comparada del Derecho y Derecho comparado, tomada de William Ewald. Para Ewald, la comparación jurídica debe ser una empresa esencialmente filosófica: no basta atender a las normas escritas, sino que es necesario comprender la estructura cognitiva del sistema estudiado, la manera en que los juristas piensan y razonan. Se trata de ver el Derecho como law in mind, como Derecho en las mentes de quienes lo aplican, y no apenas como un conjunto de reglas.
Ewald llega a afirmar que la teoría del Derecho es siempre, en sentido estricto, la teoría del Derecho de un país concreto. Salas-Tapia recoge esa idea y la lleva un paso más allá: si la teoría jurídica describe instituciones y prácticas situadas, entonces no puede servir para describir otras realidades sin sufrir transformaciones. Esas transformaciones, precisamente, son el punto de partida para reconocer la originalidad de la reflexión periférica.
El ensayo propone así una mirada situada. Su marco teórico se apoya en la teoría del sistema-mundo y en el pluralismo jurídico, pero cambiando el punto de vista hacia lo local. La pregunta ya no es cómo se difunden las ideas desde el centro, sino qué les ocurre cuando son recibidas y reinterpretadas a la luz de problemas, tradiciones y prácticas propias.
LA CRÍTICA A LAS FAMILIAS JURÍDICAS Y A LOS TRASPLANTES
El artículo dedica una sección completa a desmontar dos herramientas conceptuales que han dominado el estudio comparativo del Derecho: las familias jurídicas y la metáfora de los trasplantes. La primera, construye un parentesco artificial entre los sistemas jurídicos del mundo, subsumiendo las características de los ordenamientos periféricos en categorías definidas por las jurisdicciones centrales. La segunda, tiende a ocultar el hecho de que el material trasplantado no permanece incólume al llegar a su destino.
Para Salas-Tapia, ambas categorías descansan sobre una comprensión formalista del Derecho y sobre una visión universalista de la teoría jurídica. Esa perspectiva ha sido funcional a la idea de que la periferia carece de reflexión teórica propia, o de que sus esfuerzos intelectuales no pasan de ser reproducciones incompletas de modelos elaborados en los núcleos centrales.
El ejemplo chileno es ilustrativo. El ensayo critica un hábito extendido en la dogmática civil local: interpretar una disposición del Código Civil chileno recurriendo al Código Civil francés como si la sola pertenencia a una misma familia jurídica autorizara a deducir el sentido de la norma nacional. Esa operación supone que toda la práctica jurídica chilena puede entenderse en los términos del sistema del que nos declaramos herederos, con escasa atención a las necesidades regulatorias y a las condiciones locales de aplicación del Derecho.
EL CODIGO DE BELLO Y LA IMAGINACIÓN JURÍDICA
Uno de los pasajes más sugerentes del trabajo es la referencia al proceso codificador chileno del siglo XIX. El autor recuerda la observación de Lira-Urquieta: Andrés Bello proyectó mediante la codificación un país que todavía no existía. El Código Civil chileno aludía a publicaciones en periódicos y a la fijación de carteles en un contexto de analfabetismo extendido; regulaba servidumbres de navegación inspiradas en los canales de Inglaterra y Holanda; suponía grandes lagos navegables y describía mansiones ajenas a la realidad local de la época.
Lejos de leer ese desajuste como un defecto, el ensayo lo presenta como una manifestación de la dimensión imaginativa del Derecho. Bello usaba la codificación para proyectar un ideal de progreso orientado hacia Europa. Esa creación jurídica no fue una copia, sino una adaptación dotada de sentido para el país que se aspiraba a construir.
LA ASIMILACIÓN COMO PRODUCCIÓN ORIGINAL
La clave teórica del ensayo es la noción de asimilación de Leopoldo Zea-Aguilar. Para Salas-Tapia, la asimilación expresa la capacidad de los sitios periféricos para adaptar el material jurídico recibido y, a partir de esa operación, generar teoría jurídica original. La periferia deja de ser entendida como un espacio pasivo y pasa a ser vista también como un lugar de creación intelectual.
El autor no niega la existencia de relaciones de dependencia entre centro y periferia. Lo que cuestiona es que esa dependencia defina por completo lo que ocurre con las ideas una vez que son recibidas. Al incorporarse en contextos distintos de aquellos donde se originaron, las teorías son reinterpretadas y reconstruidas, dando lugar a configuraciones intelectuales nuevas. Esa lectura permite conservar el marco crítico de las relaciones de dominación sin reducir a Latinoamérica al rol de reproductora de categorías ajenas.
IMPORTANCIA PARA EL DEBATE CHILENO
El ensayo llega en un momento en que la comunidad jurídica chilena discute el peso de las influencias foráneas en la formación de sus instituciones. Si la teoría del Derecho es local, entonces la reflexión sobre el propio sistema no puede limitarse a contrastar enunciados normativos con jurisdicciones extranjeras. La tarea de los juristas periféricos sería más bien escudriñar las categorías que vuelven operativo su propio sistema, atendiendo a sus particularidades internas.
Para quienes ejercen la profesión desde la práctica cotidiana, la advertencia tiene un correlato directo: importar soluciones ajenas sin examinar las condiciones locales de aplicación puede ser un error de método tan grave como la desactualización dogmática. El texto invita a mirar el Derecho desde dentro, desde las mentes de quienes lo aplican, y a reconocer que la adaptación local no es una distorsión sino un modo de creación.
El artículo de Ariel Salas-Tapia está disponible en la Revista de Derecho de la Universidad Católica del Norte, con fecha de recepción del 6 de noviembre de 2025 y aceptación del 22 de julio de 2026. Su lectura resulta obligatoria para quienes se interesan por la teoría comparada del Derecho, la cultura jurídica latinoamericana y los procesos de circulación de las ideas jurídicas en la región.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.














