
NEUROTECNOLOGÍAS Y DERECHO PENAL: EL DESAFÍO DE ATRIBUIR RESPONSABILIDAD A UNA AGENCIA HÍBRIDA
Las neurotecnologías dejaron de ser un tema marginal de la prueba pericial para instalarse en el centro de la dogmática penal. Esa es la tesis que sostiene Ricardo Camargo Brito, profesor titular del Departamento de Ciencias del Derecho de la Universidad de Chile, cuyas conclusiones se debatirán en el Seminario Internacional «Desafíos jurídicos y éticos de las tecnologías cerebrales», que se realizará el miércoles 7 de octubre en la Sala Matilde Brandau de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y el jueves 8 de octubre en la Universidad Autónoma de Chile.
El análisis del académico se enmarca en el proyecto Fondecyt Regular N° 1250288, titulado «La responsabilidad de la máquina humana: El debate neurociencias-dogmática penal», que profundiza una línea previa sobre la recepción de las neurociencias en el derecho penal chileno y dialoga con los planteamientos de Michael S. Moore en Mechanical Choices y con lo que Camargo denomina la hipótesis del neuroderecho.
MÁS ALLÁ DE LA RESONANCIA MAGNÉTICA
Para el profesor, el impacto neurotecnológico no se agota en el uso de resonancia magnética funcional u otras técnicas de neuroimagen destinadas a acreditar hechos en juicio. El horizonte actual abarca dos vectores diferenciados: tecnologías de lectura, capaces de decodificar patrones complejos de actividad neuronal, y tecnologías de intervención o escritura, que buscan modular esos circuitos mediante estimulación cerebral profunda o interfaces de circuito cerrado.
Son precisamente estas últimas las que plantean los problemas jurídicos más radicales, porque al habilitar el mejoramiento neuronal o la alteración de estados cognitivos y volitivos erosionan la idea de un sujeto soberano de sus actos. De ahí surge el interrogante por la agencia doble o híbrida: cuando la cognición humana confluye con un dispositivo técnico, los criterios de imputación deben repensarse y aparece la pregunta por quién responde jurídicamente por la acción resultante.
UNA IMPUTABILIDAD EN ESPECTRO
La tensión también alcanza la clasificación binaria entre sujeto plenamente imputable e individuo exento de responsabilidad por alteraciones graves de la psiquis. El conocimiento de la neurobiología de la conducta, sostiene el académico, muestra un espectro de agencias más difuso. Las adicciones severas son el ejemplo paradigmático: el análisis de los circuitos neuronales involucrados permite comprender cómo ciertas compulsiones severas erosionan de forma incremental las capacidades reales de autocontrol, lo que obliga a revisar los umbrales de la culpabilidad más allá de los dogmas de la imputabilidad plena o nula.
POCAS PERICIAS, MUCHOS MITOS
En el plano procesal, la legislación chilena admite, bajo el estándar de la sana crítica, la incorporación de pericias de esta naturaleza. Sin embargo, un estudio empírico publicado por Camargo junto a Hernán Cuevas en la Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política constata que su aplicación práctica es extremadamente baja. La resistencia no se explica solo por barreras económicas o materiales, sino por equívocos conceptuales de los operadores jurídicos: la persistencia de mitos sobre una supuesta lectura de la mente impide advertir las verdaderas tensiones dogmáticas y de debido proceso que el avance neurotecnológico introduce.
EL DILEMA DE LOS NEURODERECHOS
Chile ocupa un lugar singular en esta discusión tras la reforma constitucional de 2021, que resguardó la actividad cerebral y la información que de ella proviene. La arquitectura normativa, sin embargo, genera controversias. Un sector de la dogmática la considera redundante, pues la integridad psíquica ya contaba con tutela en las garantías constitucionales clásicas; otro advierte el riesgo de una sobrerregulación hiperprotectora que termine bloqueando la investigación científica y el desarrollo industrial biotecnológico.
El debate ya llegó al Congreso. El proyecto de ley sobre protección de los neuroderechos y la integridad mental, boletín N° 13.828-19, aprobado por el Senado en 2021, continúa su tramitación en la Cámara de Diputadas y Diputados y recibió un primer informe de comisión en mayo de 2026.
Camargo llama a un equilibrio regulatorio riguroso. Existen innovaciones de enorme valor terapéutico, recuerda, que permiten a personas con lesiones medulares severas o cuadros de paraplejia recuperar la comunicación o la movilidad mediante interfaces cerebro-computador. Una tutela hipertrófica y rígida que no distinga entre fines terapéuticos y usos invasivos o comerciales no autorizados, advierte, corre el riesgo de paralizar descubrimientos indispensables para la autonomía humana. En ese contexto, el consentimiento informado exige estándares reforzados de validez y comprensión cuando lo que está en juego es la manipulación, lectura o alteración directa de los sustratos neurales de la cognición y la voluntad.
DOS JORNADAS ABIERTAS
El seminario reunirá a referentes internacionales como Eduardo Demetrio Crespo, de la Universidad de Castilla-La Mancha, y Roberto Andorno, de la Universidad de Zúrich, junto a destacados académicos nacionales. Ambas jornadas serán abiertas a la comunidad.
Fuente: Radio U.de Chile
Documento original: https://radio.uchile.cl/2026/10/08/academico-u-de-chile-analiza-los-desafios-de-las-neurotecnologias-para-el-derecho-penal-y-los-neuroderechos/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.













