
El Ministerio de Justicia respaldó ante la Comisión de Familia el proyecto que refuerza la protección integral de niños, niñas y adolescentes en los procesos judiciales y que, a la vez, establece medidas de prevención y sanción de los falsos informes y de las denuncias falsas. La instancia analizó la propuesta, contenida en el boletín 18326, en una sesión en la que expuso el ministro de Justicia, Fernando Rabat, quien explicó los alcances del texto y formuló sugerencias para perfeccionarlo.
La iniciativa no nació en el Ejecutivo. Se originó en una moción impulsada por el diputado Juan Irarrázaval, que además firman Cristóbal Urruticoechea, Roberto Celedón, Eduardo Durán, Ximena Naranjo, Paula Olmos, Álvaro Ortiz y Zandra Parisi.
EL DIAGNÓSTICO DE LA MOCIÓN
El texto expresa preocupación por el uso instrumental de las denuncias, empleadas con el fin de obtener ventajas personales en distintos procedimientos. Como ejemplo, menciona causas de cuidado personal de niños, niñas y adolescentes.
En particular, el proyecto apunta a sancionar aquellas conductas que, mediante simulaciones, utilizan en forma abusiva los mecanismos procesales y que pueden generar el aislamiento injustificado del niño respecto de uno de sus progenitores, de sus otros parientes o de sus referentes afectivos.
Para el ministro Rabat, la propuesta plantea dos cuestiones fundamentales. La primera es velar por el interés superior del niño, lo que a su juicio significa protegerlo. “Y, en segundo lugar, tenemos que evitar que el sistema se preste para lo que se denominan denuncias falsas, porque eso trae consecuencias en desmedro del bienestar de los niños puesto que, muchas veces, implican una separación física o la pérdida de, por ejemplo, el cuidado personal o el derecho a establecer una relación directa y regular con los padres”, precisó.
En ese marco, calificó la materia como un proceso que debe analizarse y sostuvo que persigue un objetivo loable para el Ejecutivo.
LOS PUNTOS QUE DESTACÓ EL EJECUTIVO
Durante su presentación ante la comisión, Rabat relevó varias materias del articulado. Entre ellas, la incorporación de modificaciones al principio del interés superior del niño, impulsando la importancia de su bienestar integral, y la necesidad de mejorar la regulación de los informes periciales, con una mayor precisión sobre las exigencias que les resultan aplicables.
También consideró conveniente ponderar el estándar previsto para que el tribunal adopte determinadas medidas, atendiendo al principio de proporcionalidad. Sumó la creación de un reclamo administrativo y, en materia de cuidado personal, la incorporación de un nuevo criterio que el tribunal deberá considerar al momento de establecer el régimen. Además, el proyecto incorpora nuevas causales de indignidad y desheredamiento.
El secretario de Estado valoró que se proponga estudiar una vía que contemple mecanismos que otorguen mayor valor a las costas procesales, un uso adecuado de la sana crítica por parte de los tribunales y una fundamentación suficiente de las decisiones, elevando así el estándar de exigencia en la materia.
Según expuso, el propósito de esta normativa es reforzar la credibilidad del sistema de protección evitando las denuncias falsas, de modo de distinguir adecuadamente entre situaciones auténticas de riesgo o vulneración, que deben atenderse con la máxima urgencia, y aquellas actuaciones abusivas o de mala fe que desnaturalizan los procedimientos judiciales y perjudican tanto a los niños como al correcto funcionamiento de la justicia. En esa línea, evaluó que la propuesta redundará en un fortalecimiento de los tribunales y en la adopción de medidas cautelares a favor de los niños que se ajusten a la legalidad vigente.
Rabat recalcó además que el proyecto no limita el acceso a la justicia, dado que operaría al final de un proceso, como sanción frente a denuncias falsas. “Lo que establece es poner cotos y establecer consecuencias para quienes, de mala fe, ocupan los procedimientos que están actualmente vigentes. Por ello es muy importante regular los procedimientos periciales”, alertó.
LA CRÍTICA DESDE LA PROPIA COMISIÓN
El diputado Roberto Celedón, firmante de la moción, estimó que la sanción está mal dirigida. A su juicio, es preciso velar por la veracidad en todos los procesos judiciales y, por lo mismo, evaluó que una mejor sanción se ubicaría en la línea del delito de prevaricación, cuando se dicta una resolución injusta, arbitraria o contraria a la ley a sabiendas, figura que se aplica a los jueces y no a las denuncias falsas.
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
Para quienes litigan en materia de familia, el texto introduce cambios en el principio del interés superior del niño, nuevas exigencias sobre informes periciales, un criterio adicional para fijar el régimen de cuidado personal y un reclamo administrativo. A ello se suman nuevas causales de indignidad y desheredamiento, con impacto en el ámbito sucesorio, y la discusión sobre costas procesales, sana crítica y fundamentación de las resoluciones.
En nuestra lectura, el interés de la tramitación está en que el debate no se agota en la tipificación de las denuncias falsas, sino que alcanza a la calidad de los insumos periciales y a la fundamentación de las decisiones que inciden en la vida de niños, niñas y adolescentes. Sería prudente que la discusión parlamentaria conserve ese enfoque doble, de protección y de rigor procesal, a la vista de las diferencias que el propio texto generó entre el Ejecutivo y uno de sus firmantes.
Fuente: Cámara de Diputadas y Diputados de Chile
Documento original: https://www.camara.cl/cms/2026/10/22/analizan-proyecto-que-aborda-denuncias-falsas-en-juicios-que-involucran-a-menores/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








