
TITULAR: Corte de La Serena ordena borrar mensaje de WhatsApp que vinculó a un niño de primero básico con un presunto delito sexual
La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de La Serena acogió por unanimidad un recurso de protección presentado por la familia de un alumno de primero básico y ordenó a un apoderado del mismo colegio eliminar un mensaje que había publicado en el grupo de WhatsApp del establecimiento, en el que vinculó al niño con un presunto delito de connotación sexual. Los magistrados estimaron que la publicación afectó la honra y la integridad psíquica del menor y dispusieron, además, que el apoderado se abstenga de realizar nuevas publicaciones similares.
QUÉ DECÍA EL MENSAJE OBJETADO
De acuerdo con los antecedentes del caso, el apoderado difundió en el chat una situación que, según aseguró, le había contado su propio hijo. En ese mensaje atribuyó al compañero de curso del niño una presunta conducta reiterada de abuso sexual y anunció que tomaría medidas. La imputación llegó así a los integrantes del grupo de WhatsApp del colegio, sin una investigación de por medio, según cuestionaron después los magistrados.
QUIÉNES INTERVINIERON
El caso involucra a un apoderado del colegio y a la familia de un alumno de primero básico, compañero de curso del hijo de aquel. Fue esa familia la que recurrió de protección ante la Corte de Apelaciones de La Serena, y la Primera Sala de ese tribunal la que acogió la acción por unanimidad.
EL RECURSO DE PROTECCIÓN
Frente a esa publicación, la familia del menor presentó la acción cautelar. La Corte acogió el recurso tras considerar que el mensaje difundido en el chat afectó la honra y la integridad psíquica del niño, y sobre esa base dispuso las medidas que el apoderado deberá cumplir.
LA IDENTIFICABILIDAD DEL NIÑO
La Primera Sala acogió la acción por unanimidad. Entre sus consideraciones, los magistrados advirtieron que el niño era fácilmente identificable para los integrantes del grupo, ya que era el único alumno del curso con ese nombre.
LO QUE EL TRIBUNAL NO EXAMINÓ
Los jueces precisaron que en este procedimiento no correspondía determinar si las afirmaciones eran verdaderas, sino evaluar el impacto que podían tener sobre los derechos del menor. En esa línea, cuestionaron que se le atribuyera un delito grave sin una investigación.
LA ORDEN DEL TRIBUNAL
En concreto, la Corte dispuso que el apoderado elimine el mensaje publicado en el grupo de WhatsApp y que se abstenga de realizar nuevas publicaciones similares. Ambas medidas quedaron contenidas en la resolución dictada por la Primera Sala del tribunal de alzada de La Serena.
LAS NORMAS CONSIDERADAS
La resolución consideró la protección especial que otorgan la Convención sobre los Derechos del Niño, la Constitución y la Ley 21.430. Esos tres cuerpos normativos fueron invocados por el tribunal al momento de resolver la acción presentada por la familia del menor.
ALCANCE DE LO RESUELTO
Cabe precisar el alcance de lo resuelto: la Corte de Apelaciones de La Serena se pronunció sobre la difusión de una imputación en un grupo de WhatsApp del colegio y sobre los derechos del niño identificado en ese mensaje, sin emitir pronunciamiento acerca de la veracidad del hecho atribuido, cuestión que los propios magistrados descartaron abordar en esta sede.
En nuestra lectura, la resolución pone el acento en el efecto que una imputación de este tipo produce en un niño identificable dentro de su propio entorno escolar, antes que en la veracidad del hecho atribuido. Parece prudente, en esa línea, que la orden de borrar el mensaje y de no repetir la publicación se apoye en ese impacto, tal como el tribunal lo expuso.
Fuente: adnradio.cl
Documento original: https://www.adnradio.cl/2026/10/21/apoderado-acusa-a-alumno-de-1-basico-de-abuso-sexual-en-un-grupo-de-whatsapp-justicia-ordeno-borrar-mensaje/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








