El Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago aplicó una condena de cinco años y un día de presidio efectivo a un joven que en octubre del año pasado intimidó con un cuchillo a una estudiante de 19 años en un paradero de la comuna de Peñalolén para robarle sus pertenencias. La sentencia, dictada por unanimidad, destaca que se recuperaron prácticamente todos los objetos sustraídos y que en el caso concurrió solo una atenuante, sin agravantes, lo que llevó a los jueces a fijar la pena en el mínimo legal.
CONDENA UNÁNIME
El tribunal, integrado por los magistrados Héctor Plaza Vásquez como presidente, Luis Avilés Mellado y José Pérez Anker como redactor, condenó a Fabián Ignacio Stuardo Piña como autor del delito consumado de robo con intimidación. La decisión fue adoptada por unanimidad en la causa rol 120-2026. Junto a la pena privativa de libertad, el fallo impuso las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, así como la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante toda la duración de la condena.
El tribunal también dispuso que, una vez que la sentencia quede ejecutoriada, se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporarla en el registro nacional de ADN de condenados, conforme a la normativa vigente.
HECHOS ACREDITADOS
Los jueces dieron por probado, más allá de toda duda razonable, que cerca de las 15:30 horas del 22 de octubre de 2025, Stuardo Piña se acercó a Florencia Tapia Muñoz, quien esperaba en un paradero de locomoción colectiva ubicado en calle Consistorial con avenida Quilín. Portando un cuchillo, el condenado le exigió la entrega de sus pertenencias, logrando apoderarse de un teléfono celular iPhone, una billetera con documentos personales, unos audífonos, llaves y una cadena de plata. Inmediatamente después huyó del lugar con los objetos, pero fue detenido minutos más tarde con parte de las especies en su poder.
El fallo enfatizó que se logró recuperar prácticamente la totalidad de los bienes sustraídos, lo que fue considerado al momento de determinar la pena.
PENA EN EL MÍNIMO LEGAL
Al resolver la dosificación de la sanción, el tribunal señaló que en el caso concurría una sola atenuante y ninguna agravante. El delito se encontraba en grado de desarrollo consumado. Además, los magistrados destacaron que no se observó una mayor extensión del mal causado y que la recuperación de las especies era prácticamente completa. Por estas razones, la pena se impuso en el mínimo legal, esto es, cinco años y un día de presidio efectivo.
La detención del condenado ocurrió minutos después del ilícito, lo que permitió recuperar parte de las especies. El tribunal consideró este hecho al momento de determinar la pena, señalando que no se observó mayor extensión del mal causado.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
