
TRANSPORTE PÚBLICO: PROYECTO DE LEY BUSCA DOTAR AL PERSONAL DE METRO DE FACULTADES PARA DENUNCIAR Y SANCIONAR INFRACCIONES
Con el objetivo de frenar el aumento de conductas que afectan la seguridad y el normal funcionamiento del Metro de Santiago, un grupo de diputados ingresó un proyecto de ley que otorga nuevas atribuciones al personal de seguridad de la empresa estatal. La iniciativa, firmada por los diputados Leonardo Soto Ferrada y Daniel Melo Contreras, propone modificaciones al Código Penal y a las leyes N° 18.287 y N° 18.772 para permitir que los guardias de Metro constaten infracciones, realicen denuncias y, en casos extremos, retengan provisionalmente a quienes alteren el orden en estaciones y trenes.
La propuesta surge en un contexto de cresciente preocupación por incidentes como el copamiento de estaciones por comercio ilegal, la evasión tarifaria y las irrupciones a las vías. Un hito que marcó la discusión fue el cierre temporal de varias estaciones de la Línea 1 el 1 de mayo de 2025, durante manifestaciones por el Día del Trabajador, que afectó la movilidad de miles de usuarios.
UN PROBLEMA HISTÓRICO Y LA PÉRDIDA DE FACULTADES
El texto del proyecto explica que la pérdida de facultades coercitivas del personal de Metro se remonta a 1989, cuando la Ley N° 18.772 transformó a la ex Dirección General de Metro en sociedad anónima. Desde entonces, sus trabajadores pasaron a regirse por el Código del Trabajo, lo que limitó su capacidad de acción ante desórdenes.
Actualmente, la fiscalización del comercio ambulante ilegal recae en las policías, inspectores municipales y funcionarios del Servicio de Impuestos Internos según la Ley N° 21.426. Sin embargo, el proyecto señala que estos fiscalizadores no siempre están presentes en las estaciones donde ocurren los hechos, impidiendo una respuesta oportuna.
LAS CUATRO IDEAS MATRICES DE LA INICIATIVA
La propuesta se estructura en torno a cuatro ejes principales. El primero es la tipificación penal de conductas graves. Se propone incorporar un nuevo artículo 268 octies al Código Penal para sancionar a quienes interrumpan la libre circulación de personas o causen daños a las instalaciones, trenes o vías férreas, con las mismas penas previstas para delitos similares.
El segundo eje modifica la Ley N° 18.287 para permitir que Carabineros de Chile y el personal de seguridad de Metro realicen denuncias ante los Juzgados de Policía Local por infracciones que alteren el funcionamiento del servicio. El tercer punto es el reconocimiento expreso de facultades para los guardias de Metro mediante un nuevo artículo 12 bis en la Ley N° 18.772.
Este artículo detalla las conductas que el personal podrá constatar y denunciar, entre ellas arrojar objetos a las vías, ejercer comercio ambulante, mendicidad, recolectar dinero, evadir el pago de tarifa, obstaculizar la circulación y rayAR instalaciones. La constatación se hará bajo declaración jurada, que constituirá presunción de los hechos, admitiendo prueba en contrario.
El personal de seguridad también podrá disponer el abandono inmediato de las estaciones, despejar accesos y andenes, retener provisionalmente especies u objetos y exigir la exhibición de documentos de identidad. En caso de negativa, podrán retener al infractor hasta la llegada de Carabineros.
El cuarto eje establece sanciones pecuniarias. La realización de cualquiera de las conductas descritas será castigada con una multa de tres unidades tributarias mensuales, que puede llegar al doble en caso de reincidencia.
BUSCANDO EQUIPARAR LA PROTECCIÓN CON OTROS SERVICIOS ESENCIALES
Los autores del proyecto argumentan que esta norma busca equiparar el nivel de protección otorgado al Metro con el de otros servicios públicos considerados esenciales, dada su relevancia estratégica. La red movilizó más de 640 millones de viajes durante 2024, consolidándose como infraestructura crítica para la Región Metropolitana.
La iniciativa subraya que las paralizaciones temporales del servicio afectan a millones de pasajeros que no consiguen llegar a tiempo a sus labores, generando retrasos personales y colectivos. La propuesta busca entregar a los guardias de Metro un marco normativo coherente con la Ley N° 21.659 sobre Seguridad Privada, siempre bajo criterios de proporcionalidad y fiscalización.
Con estas herramientas, se espera disuadir las conductas incívicas y fomentar una cultura de respeto en el transporte subterráneo, contribuyendo a una experiencia de viaje más segura y eficiente.
Rol N° no identificado en la fuente, Cámara de Diputados de Chile.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








