
La Superintendencia de Pensiones (SP) comunicó el inicio de procedimientos sancionatorios contra las siete administradoras de fondos de pensiones (AFP) que operan en el sistema, con el fin de determinar su eventual responsabilidad en las pérdidas de valor que han afectado principalmente a los fondos D y E. La decisión del regulador previsional se produjo una vez cerradas las acciones de fiscalización sobre la disminución del valor de esas alternativas de inversión, que corresponden a las de menor riesgo dentro del sistema.
El anuncio se conoció a través de un comunicado de la propia Superintendencia, en el que el organismo expuso los alcances de los procesos que inicia. La decisión fue adoptada luego de que la entidad concluyera las acciones de fiscalización relacionadas con la disminución del valor de estos fondos.
PROCEDIMIENTOS SANCIONATORIOS
De acuerdo con lo informado por la SP, los procedimientos tienen por objeto establecer si las administradoras incumplieron sus deberes de lealtad y diligencia al adoptar las decisiones de inversión que derivaron en las pérdidas investigadas. La entidad buscará determinar, en concreto, si esas decisiones de inversión de las siete AFP vulneraron las obligaciones que fija la regulación vigente.
La Superintendencia enmarcó el anuncio en el cierre de las labores de fiscalización sobre la caída de valor de los fondos D y E.
EL ARTÍCULO 147 DEL DECRETO LEY 3.500
El regulador precisó que evaluará posibles infracciones al artículo 147 del Decreto Ley N° 3.500. Esa disposición establece que las AFP deben realizar todas las gestiones necesarias para resguardar una adecuada rentabilidad y seguridad de las inversiones, atendiendo exclusivamente al interés de los fondos que administran.
Ese precepto, según el comunicado, será el eje de la revisión sobre la conducta de las administradoras al momento de definir sus inversiones en los fondos de menor riesgo del sistema.
LA NORMA DE CARÁCTER GENERAL N° 340
La investigación también considera el eventual incumplimiento de la Norma de Carácter General (NCG) N° 340, del 18 de julio de 2025, que regula los deberes fiduciarios de las administradoras.
Según explicó la Superintendencia, esa normativa establece obligaciones relacionadas con el resguardo de los ahorros previsionales, la prevención de conflictos de interés y el cumplimiento de estándares de diligencia en la gestión de los recursos pertenecientes a los afiliados.
Ambos cuerpos normativos, el artículo 147 del Decreto Ley N° 3.500 y la NCG N° 340, aparecen en el comunicado como los parámetros contra los cuales se medirá la actuación de las siete administradoras.
ALCANCE DEL ANUNCIO
Con el inicio de estos procedimientos, la Superintendencia buscará determinar si las decisiones de inversión de las siete AFP vulneraron las obligaciones establecidas en la regulación vigente.
En nuestra lectura, el anuncio confirma que la discusión sobre los fondos D y E se traslada desde el terreno de la rentabilidad hacia el del cumplimiento de los deberes fiduciarios, lo que parece razonable tratándose de las alternativas de inversión de menor riesgo del sistema. Sería prudente, sin embargo, seguir el desarrollo de los procedimientos antes de extraer conclusiones sobre la conducta de las administradoras, pues la propia Superintendencia los presenta como instancias destinadas a determinar una eventual responsabilidad.
Fuente: CNN Chile
Documento original: https://www.cnnchile.com/pais/afp-fondo-e-superintendencia-de-pensiones-inicia-procesos-sancionatorios-contra-las-siete-por-perdidas-de-valor-en-los-fondos/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








