Tribunal Constitucional recibe requerimiento de inconstitucionalidad contra régimen de invariabilidad tributaria propuesto en proyecto de reconstrucción económica
Un grupo transversal de senadores y senadoras de la República presentó un requerimiento ante el Tribunal Constitucional para impugnar los artículos 29 y 38 del proyecto de ley que busca la reconstrucción nacional y el desarrollo económico y social, al considerar que el régimen de invariabilidad tributaria que establecen vulnera el artículo 4 de la Constitución Política, que consagra a Chile como una república democrática.
La acción fue patrocinada por un grupo de senadores y senadoras.
LOS PRECEPTOS IMPUGNADOS
El requerimiento se dirige contra el artículo 29 del proyecto, que crea un estatuto de invariabilidad tributaria para inversionistas extranjeros y locales que desarrollen proyectos mineros, industriales, forestales, de energía, infraestructura, telecomunicaciones u otros, con inversiones desde 50 millones de dólares.
La norma establece plazos de invariabilidad de 10 años para inversiones entre 50 y 100 millones de dólares, 15 años para montos entre 100 y 350 millones, y 20 años para inversiones superiores a 350 millones. Durante esos periodos, se mantendrían sin variaciones la tasa del impuesto a la renta, el régimen de IVA y aranceles para bienes de capital, las interpretaciones administrativas del Servicio de Impuestos Internos vigentes al momento del contrato, y las normas sobre el royalty minero, entre otros beneficios.
El artículo 38, también impugnado, establece un deber de información semestral al Congreso sobre los contratos suscritos, pero los requirentes sostienen que su sentido depende del régimen de invariabilidad que lo antecede.
LA TESIS DE INCONSTITUCIONALIDAD
Los parlamentarios argumentan que un precepto legal que fija la tasa de un tributo corporativo como invariable por diez, quince o veinte años resulta incompatible con la democracia, que se sustenta en los principios mayoritario y de alternancia en el poder.
Citan al efecto la reciente sentencia del Tribunal Constitucional en la causa Rol N° 16.122-2025, que estableció una íntima vinculación entre democracia y Estado Constitucional, y recordó que la soberanía reside en el pueblo y se expresa a través del poder constituyente.
Sostienen que la democracia moderna descansa en la noción de que la legitimidad política emana de la voluntad directa o delegada de los gobernados, y que los asuntos públicos deben ser decididos por la mayoría. La invariabilidad tributaria por décadas impediría que futuras mayorías legislativas modifiquen la política fiscal, cercenando el principio de alternancia.
ARGUMENTOS COMPLEMENTARIOS
Los requirentes dedican un capítulo a demostrar que el proyecto consagra una invariabilidad normativa y no simplemente la habilitación para que particulares celebren contratos impositivos modificables. Señalan que ni experiencias comparadas ni criterios jurisprudenciales históricos chilenos pueden convalidar la medida.
También acreditan el cumplimiento de los requisitos formales: su legitimidad activa como más de una cuarta parte del Senado, las reservas de constitucionalidad efectuadas durante el debate legislativo, y la tramitación del proyecto bajo el boletín 18.216-05.
EL COSTO DE LA INVARIABILIDAD
El artículo 29 contempla un costo para acceder al régimen: un incremento del 1,5% en la tasa de impuesto de primera categoría aplicable a las rentas acogidas. Sin embargo, los requirentes advierten que este costo no compensa la pérdida de soberanía fiscal que implica congelar por décadas la potestad tributaria del Estado.
CRÍTICA A LA PÉRDIDA DE CERTEZA JURÍDICA
El mensaje presidencial que dio origen al proyecto, fechado el 22 de abril de 2026, fundamenta la medida en la necesidad de recuperar la certeza jurídica perdida tras más de siete reformas tributarias desde el año 2000. El documento oficial reconoce que la eliminación de la invariabilidad contemplada en el Decreto Ley N° 600 afectó las decisiones de inversión de largo plazo.
No obstante, los requirentes contraargumentan que la certeza no puede obtenerse a costa del principio democrático, y que una ley que se declara inmutable por dos décadas es, en esencia, una ley que sustrae la deliberación política del control ciudadano.
EL CONTEXTO DE LA LEY
El proyecto de ley fue presentado por el Presidente de la República como respuesta al bajo crecimiento económico que arrastra Chile desde 2014, con un promedio de 2% anual. La iniciativa busca crear 180 mil empleos en el corto plazo, reducir el desempleo del 8,3% al 6,5% hacia 2030, y alcanzar un crecimiento promedio de 4% anual.
Sin embargo, los requirentes advierten que el remedio propuesto es peor que la enfermedad, al consagrar un blindaje tributario que impediría a futuros gobiernos y parlamentos adecuar la política fiscal a las necesidades del país.
PERSPECTIVAS DEL REQUERIMIENTO
El Tribunal Constitucional deberá pronunciarse sobre si la invariabilidad tributaria por plazos que alcanzan los 20 años es compatible con el principio democrático consagrado en el artículo 4 de la Constitución. La discusión se enmarca en el control preventivo de constitucionalidad que la Carta Fundamental otorga a esa magistratura.
De acogerse el requerimiento, los artículos 29 y 38 del proyecto quedarían eliminados del texto legal, lo que obligaría al Gobierno a rediseñar los incentivos a la inversión contenidos en la iniciativa.
Rol N° 16.122-2025, Tribunal Constitucional
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
