
Avanza moción que faculta a los administradores de condominios a emitir certificados de residencia
La Sala del Senado aprobó con 17 votos a favor y una abstención las ideas matrices del proyecto que faculta a los administradores de condominios para emitir certificados de residencia. La propuesta, que cursa su segundo trámite constitucional, volverá a la Comisión de Vivienda y Urbanismo para ser perfeccionada en particular. Los senadores y el Ejecutivo tendrán plazo hasta el 8 de octubre para presentar indicaciones al texto.
EL ORIGEN DE LA INICIATIVA
El texto corresponde a una moción iniciada en la Cámara Baja que pretende reconocer expresamente a los administradores de condominios la facultad de emitir certificados de residencia, regulando, en lo sustantivo, el procedimiento correspondiente.
QUÉ ESTABLECE LA NORMA
De acuerdo con el articulado, el administrador deberá emitir el certificado dentro del plazo de cinco días hábiles, contado desde la presentación de la solicitud y de los antecedentes necesarios para acreditar la identidad del solicitante y su calidad de copropietario, arrendatario u ocupante, previa verificación de la concordancia de tales antecedentes.
El texto agrega que, en el ejercicio de esta función, el administrador deberá dar estricto cumplimiento a las disposiciones de la ley sobre protección de la vida privada. Además, deberá llevar un registro de los certificados emitidos, con indicación del nombre del solicitante, la unidad respectiva y la fecha de emisión.
SANCIONES Y SUPLENCIA
Quien proporcione datos falsos al administrador para la obtención del certificado de residencia será sancionado con pena de prisión en cualquiera de sus grados o multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de las infracciones y demás responsabilidades legales que correspondan al administrador.
Asimismo, en caso de ausencia, impedimento o falta de designación del administrador, corresponderá al presidente del comité de administración ejercer las facultades y cumplir las obligaciones previstas.
EL DEBATE EN LA SALA
El integrante de la Comisión de Vivienda y Urbanismo, el senador Gustavo Sanhueza, informó la norma y explicó que en ella se reconoce la facultad a los administradores de condominios a emitir certificados de residencia, acuerdo que se adoptó con el fin de simplificar un trámite que hoy debe requerirse a la junta de vecinos.
En el debate intervinieron los senadores Sebastián Keitel y Claudia Pascual. El primero hizo ver lo engorroso que resulta a veces acreditar el domicilio, dado que varios trámites lo requieren, como matricular a un estudiante en un colegio, pedir un crédito hipotecario en un banco o solicitar un beneficio al Ministerio de Desarrollo Social.
Se planteó que el sentido del proyecto es básico y lógico, incluso de sentido común. Sin embargo, también se manifestó que entregar esta responsabilidad a los administradores podría ser peligroso porque se les entrega el rol de ministros de fe, que ya tienen las juntas de vecinos.
También se indicó que solo un 30% de la población vive en un condominio, de modo que se puso en duda la pertinencia de legislar de esta manera y se sugirió buscar otra fórmula.
Fuente: Senado de la República de Chile
Documento original: https://www.senado.cl/comunicaciones/noticias/avanza-mocion-que-faculta-los-administradores-de-condominios-acreditar
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








