
Rol 8.282-2025 · Poder Judicial de Chile
CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO REBAJA A $40.000.000 LA INDEMNIZACIÓN POR DAÑO MORAL DE PROFESORA DETENIDA Y TORTURADA EN 1980
La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en $40.000.000 el monto que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral a Rosa Adela Contreras Díaz, profesora que fue detenida el 12 de junio de 1980 y sometida a torturas en la Novena Comisaría de Carabineros de Independencia.
EL FALLO UNÁNIME
En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada, integrada por la ministra Paula Rodríguez, el ministro Hernán López y la abogada (i) Paola Herrera, confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Octavo Juzgado Civil de Santiago, con declaración de que se reduce prudencialmente el monto resarcitorio, en proporción al daño acreditado y al menor tiempo que Contreras Díaz permaneció privada de libertad. La causa corresponde al rol 8.282-2025.
LOS FUNDAMENTOS
El fallo plantea que existe una conocida dificultad para determinar en forma cuantitativa y económica la compensación del daño moral y que, ante la falta de baremos estadísticos o técnicos suficientemente afianzados, cabe acudir a parámetros que sirvan como criterios orientadores, inspirados en consideraciones de prudencia, de equidad y de experiencia. Añade que ha de propenderse a la consideración de los datos objetivos, los hechos probados y la naturaleza del daño, buscando algún grado de proporcionalidad entre la entidad de ese daño y la suma a indemnizar.
La resolución agrega que, en la especie, quien demanda reclama el resarcimiento de su propio daño, tratándose de una víctima directa del delito penal cometido en su contra por agentes del Estado, lo cual lleva a inferir que se verificó a su respecto una lesión de especial intensidad, como consecuencia de haberse visto privada de libertad por cinco días, entre el 12 y el 16 de junio de 1980, en la Novena Comisaría de Santiago, periodo en el que sufrió agresiones y torturas.
LA REBAJA DEL MONTO
El tribunal sostiene además que la regulación correlativa debe guardar algún grado de correspondencia con determinaciones efectuadas por esa misma Corte en casos semejantes, motivo por el que la indemnización fijada en primera instancia debía ser morigerada. En tales condiciones, estimó razonable regular esa indemnización en la suma de cuarenta millones de pesos ($40.000.000).
Fuente: Poder Judicial de Chile
Documento original: https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/148487
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








