
Corte de Apelaciones de Puerto Montt analiza solicitud de desafuero del senador Calisto por fraude al fisco
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt conoció en audiencia la solicitud de desafuero presentada contra el senador Miguel Ángel Calisto Águila, en el marco de la causa que investiga un fraude al fisco en perjuicio del Congreso Nacional. La diligencia se extendió por varias horas y contó con la intervención del Ministerio Público, del Consejo de Defensa del Estado y de la defensa del parlamentario.
ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
El proceso se originó en una denuncia anónima recibida en agosto de 2021, vinculada inicialmente a un crédito destinado a la compra de una parcela. Con el avance de las pesquisas, el caso fue judicializado en 2022 y la investigación derivó en la formalización del actual senador y de otras tres personas.
Calisto está imputado por el delito de fraude al fisco, contemplado en el artículo 239 inciso tercero del Código Penal, en carácter de reiterado. La investigación fue cerrada el 4 de septiembre y la acusación se presentó ese mismo día. El perjuicio fiscal, que en una primera instancia se estimó en 103 millones de pesos, fue precisado luego en más de 105 millones de pesos.
Además del senador, están formalizados Ronald Cárcamo Catalán, quien fue jefe de campaña en la elección parlamentaria de 2017 y se desempeñaba como funcionario del Servicio de Salud de Aysén, la pareja de este, Carla Graf Toledo, profesora diferencial, y Felipe Klein Vidal.
LOS ALEGATOS DEL MINISTERIO PÚBLICO
El Ministerio Público, representado por el director de la unidad anticorrupción de la Fiscalía Nacional, solicitó acoger la formación de causa respecto del senador. La acusación sostiene que entre 2018 y 2022, mientras Calisto ejercía como diputado, se concertó con Ronald Cárcamo Catalán y Carla Graf Toledo para obtener de manera fraudulenta recursos del fisco, en tanto que Felipe Klein Vidal habría recibido parte de esos fondos.
Según la tesis del ente persecutor, Graf fue contratada como asesora parlamentaria a honorarios sin cumplir las funciones comprometidas en los contratos, los que solo variaron en el monto de la remuneración y no en las tareas asignadas. Parte de esos dineros habría sido transferida al parlamentario y a personas cercanas a su partido político.
El Ministerio Público indicó que la solicitud se apoya en más de doscientos documentos, decenas de declaraciones de testigos e informes periciales contables y documentales, entre ellos un análisis que cuestionó la autenticidad y coherencia de los informes de asesoría presentados por Graf.
El ente persecutor sostuvo además que el senador se encuentra sujeto a medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal, decretadas en la audiencia de reformalización, afirmación que el Consejo de Defensa del Estado también compartió al referirse a las letras D y F de esa norma.
LA POSICIÓN DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
El Consejo de Defensa del Estado, querellante en la causa, planteó como petición principal que no se requiere un nuevo pronunciamiento de desafuero. Su representante recordó que la Corte de Apelaciones de Coyhaique autorizó la formación de causa el 4 de agosto de 2025 y que la Corte Suprema confirmó esa decisión el 14 de noviembre del mismo año.
El organismo sostuvo que el desafuero quedó firme y ejecutoriado el 18 de noviembre de 2025, dos días después de la elección parlamentaria, y que un nuevo pronunciamiento resultaría innecesario. De manera subsidiaria, adhirió a la solicitud del Ministerio Público y pidió declarar que ha lugar a la formación de causa contra el senador.
LOS ARGUMENTOS DE LA DEFENSA
La defensa de Calisto, encabezada por el defensor penal privado José Pablo Gómez Celis, pidió rechazar la solicitud. Sostuvo que la asesoría prestada por Graf existió y que se trataba de un rol de carácter estratégico y directo con el parlamentario, compatible con la normativa que regula las asignaciones parlamentarias.
El defensor cuestionó además las variaciones en los honorarios, señalando que se trata de una práctica habitual explicada por las necesidades de cada equipo y por el uso de las asignaciones. Asimismo, alegó una afectación a las garantías fundamentales de su representado, porque la causa se inició con una denuncia anónima que incluía documentos obtenidos sin autorización.
La defensa agregó que no se le entregaron antecedentes incorporados a la carpeta investigativa, en particular declaraciones y respaldos aportados por uno de los coimputados, y que esa situación motivó una acción de amparo ante la Corte de Apelaciones de Coyhaique.
LO QUE SIGUE
Tras los alegatos y las réplicas, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt dio por concluida la audiencia y anunció que comunicará oportunamente su decisión sobre la solicitud de desafuero. El tribunal deberá resolver si autoriza la formación de causa contra el senador, paso previo para que el Ministerio Público pueda presentar la acusación en su contra.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








