
| Tribunal | Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro |
|---|---|
| Rol | 27-2026 |
| Materia | Derecho Penal |
| Resultado | Condena a los acusados por asociación para el tráfico de drogas |
| Votación | Unánime |
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Castro condenó a los integrantes de una organización que traficó drogas entre enero de 2022 y octubre de 2024 en las comunas de Castro, Chonchi, Dalcahue y Osorno, tras dar por acreditada una estructura con jefaturas y partícipes dedicada a adquirir cantidades importantes de estupefacientes para suministrarlos a otros traficantes. En fallo unánime, en la causa rol 27-2026, la pena más alta recayó en X.J.N.B., sentenciada a 10 años y un día de presidio efectivo como autora del delito consumado de asociación para el tráfico de drogas, bajo la modalidad de dirección, planificación y financiamiento.
El tribunal fue integrado por Loreto Yáñez Sepúlveda, quien lo presidió, Patricio Carrasco Uribe, en calidad de redactor, y Pablo Farfán Kemp. Los tres resolvieron también condenar a los acusados C.W.S.N., A.G.A.N., S.F.A.N., D.I.P.A., P.J.C.M. y Y.A.M.N. a 5 años y un día de presidio, con las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas, como coautores del mismo delito, bajo la modalidad de colaboración.
LA ESTRUCTURA
Según el fallo, desde al menos enero de 2022 y hasta el 10 de octubre de 2024 los condenados, junto a otras personas no identificadas, actuaron «organizados en una estructura en la que se identificaban jefaturas y partícipes» y se dedicaron de manera sistemática y permanente a actividades vinculadas al tráfico ilícito de drogas, lo que el tribunal tuvo por acreditado más allá de toda duda razonable. La resolución precisa que diseñaron como modo de trabajo la adquisición de cantidades importantes de drogas de distinta naturaleza, que luego eran suministradas a otros traficantes en Castro, Chonchi, Dalcahue y Osorno para su comercialización.
DIRECCIÓN Y DISTRIBUCIÓN
Respecto de X.J.N.B., la sentencia estableció que «ejercía roles de liderazgo, mando, dirección, planificación y financiamiento de la asociación». Entre sus tareas estaban decidir la distribución de la droga, fijar su precio de venta, recibir los pagos, coordinar el traslado de las sustancias desde otros puntos del país hasta Castro y Osorno y suministrarlas a otros traficantes.
Los distribuidores, bajo sus órdenes, comercializaron de manera periódica y reiterada clorhidrato de cocaína, cocaína base, ketamina, cannabis sativa, MDMA y medicamentos sujetos a control médico, como clonazepam, en cantidades no determinadas, en Castro y Osorno. Debían dosificar y vender las sustancias y, agotadas las existencias, entregar las ganancias obtenidas.
EL OPERATIVO Y LAS INCAUTACIONES
Entre las 06:00 y las 07:00 horas del 10 de octubre de 2024, funcionarios de la Policía de Investigaciones (PDI) realizaron diligencias de entrada y registro en cinco inmuebles de Castro y Chonchi que la organización empleaba como centros de acopio y distribución de estupefacientes y armas de fuego. El fallo sostiene que las drogas incautadas «estaban destinadas a ser distribuidas y comercializadas en la comuna de Castro y aledañas, entre pequeños traficantes y consumidores», y que no se justificó que tuvieran como destino un tratamiento médico ni un consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo.
LAS OTRAS CONDENAS
Además de la asociación para el tráfico, el tribunal condenó a X.J.N.B., A.G.A.N., S.F.A.N., D.I.P.A. y P.J.C.M. a 5 años y un día de presidio, más las mismas accesorias y el pago de una multa de 40 UTM cada uno, como autores del delito consumado de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes, perpetrado en octubre de 2024 en Castro y Chonchi. En tanto, X.J.N.B., A.G.A.N. y Y.A.M.N. deberán cumplir 5 años y un día de presidio, con las accesorias correspondientes y una multa de 200 UTM cada uno, como autoras del delito consumado de lavado de activos.
ARMAS Y MUNICIONES
La sentencia impuso además a X.J.N.B. y A.G.A.N. 3 años y un día de presidio y las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas, como autoras del delito consumado de tenencia ilegal de arma de fuego de fabricación artesanal. Junto a P.J.C.M., las mismas acusadas deberán purgar 541 días de presidio y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autoras de tenencia ilegal de municiones.
LAVADO Y EMPRESA PANTALLA
El tribunal acreditó que, entre enero de 2022 y el 10 de octubre de 2024, X.J.N.B., A.G.A.N. y Y.A.M.N. adquirieron, ocultaron y disimularon el origen ilícito de una propiedad de cero coma cinco hectáreas ubicada en el sector rural de Alcaldeo de Rauco, comuna de Chonchi, con conocimiento de que provenía directa o indirectamente del tráfico de drogas. La resolución añade que la organización usaba como pantalla a la empresa Distribuidora y Comercializadora Los Muermos SpA, lo que le permitía ocultar bajo una actividad económica lícita los flujos ilícitos y facilitar la circulación y el encubrimiento del dinero.
MEDIDAS PENDIENTES
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados, para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. También decretó el comiso de diversas especies incautadas, entre ellas un inmueble, dos vehículos y la suma de $3.115.265.
En nuestra lectura, el fallo parece relevante porque desarma una estructura que, según lo acreditado, funcionó con jefaturas y partícipes definidos y se apoyó en una empresa para cubrir los flujos ilícitos. Sería prudente, además, reparar en que las medidas dispuestas por el tribunal quedan supeditadas a que la sentencia se encuentre ejecutoriada.
Fuente: Poder Judicial de Chile
Documento original: https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/149550
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.







