
Rol 175-2026 · Poder Judicial de Chile
SEXTO TOP CONDENA A DOS PENAS DE 20 AÑOS DE PRESIDIO A AUTOR DE HOMICIDIO CALIFICADO E INCENDIO
El Sexto Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó, en fallo unánime, a David Daniel Ambrosio Flores Montufar a dos penas de cumplimiento efectivo de 20 años de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de homicidio calificado (alevosía) e incendio, ilícitos cometidos en septiembre de 2022 en la comuna de San Joaquín.
LAS PENAS Y LOS DELITOS
La primera de las penas, de 20 años de presidio, corresponde al delito consumado de homicidio calificado por alevosía, y se le impusieron además las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
En el mismo fallo, el tribunal condenó a Flores Montufar a cumplir una segunda pena de 20 años de presidio, con iguales accesorias, como autor del delito consumado de incendio. La causa se tramitó bajo el rol 175-2026.
LOS MAGISTRADOS INTERVINIENTES
La resolución fue dictada por el tribunal integrado por los magistrados Laura Torrealba Serrano, en calidad de presidenta; María Ester Torres Hidalgo, y Fernando Martínez Arias, quien actuó como redactor del fallo.
LOS HECHOS ESTABLECIDOS
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 18 horas del 27 de septiembre de 2022, en el interior de calle Víctor Manuel N°1139 de la comuna de Santiago, David Daniel Ambrosio Flores Montufar, apodado “perro flaco”, disparó con un arma de fuego en varias oportunidades en contra de la víctima Edwin Yoni Jara Huerta.
Luego, junto a otros sujetos, procedió a envolverlo en una alfombra, un cobertor y a rodearlo con cintas adhesivas, pese a que la víctima se mantenía con vida, y lo introdujeron en la parte trasera del vehículo PPU LKLS-33, marca Changan, siendo trasladado hasta la intersección de Santa María con Artemio Gutiérrez, en la comuna de San Joaquín.
En ese lugar, el 28 de septiembre de 2022, alrededor de las 02:11 horas, Flores Montufar y otros sujetos le propinaron un disparo en la cabeza mientras la víctima permanecía reducida y envuelta en la parte trasera del vehículo y, encontrándose aún con vida, procedieron a incendiar el automóvil con la víctima en su interior, haciendo uso de acelerantes. Edwin Yoni Jara Huerta falleció en el lugar a consecuencia de una herida por proyectil de arma de fuego transfixiante en la cabeza.
LA FUNDAMENTACIÓN DE LAS PENAS
En la determinación de las penas y de su forma de cumplimiento, el tribunal tuvo presente que el artículo 391 N°1 del Código Penal establece que el marco penal a imponer por el delito de homicidio calificado es de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo. Añade que, al concurrir a favor del acusado una circunstancia atenuante de responsabilidad y no perjudicarle ninguna agravante, conforme al artículo 449 del Código Penal no se aplicará el presidio perpetuo, imponiéndose entonces la pena de veinte años de presidio mayor en su grado máximo.
Respecto del incendio, la resolución consigna que el artículo 475 del Código Penal fija el marco penal en presidio mayor en su grado medio a presidio perpetuo y que, por idéntica razón, tampoco se aplicará el presidio perpetuo, imponiéndose la pena de veinte años de presidio mayor en su grado máximo.
El fallo agrega que, atendida la magnitud de las penas privativas de libertad impuestas, no procede la aplicación de ninguna pena sustitutiva, por lo que Flores Montufar deberá dar cumplimiento efectivo a dichas penas. Servirá de abono a su cumplimiento todo el tiempo que permaneció privado de libertad con motivo de esta causa, esto es, desde el 11 de enero de 2025 a la fecha, según consta en la certificación del jefe de la Unidad de Administración de Causas del tribunal, de fecha 2 de septiembre de 2026.
MEDIDAS DISPUESTAS
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
Fuente: Poder Judicial de Chile
Documento original: https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/148514
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.







