El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó la demanda de desafuero maternal presentada por una empresa de supermercados en contra de una trabajadora. La sentencia, dictada por el juez Ricardo Antonio Araya Pérez en la causa RIT O-8367-2024, desestimó las causales de vías de hecho, acoso laboral, actos o imprudencias temerarias e incumplimiento grave de las obligaciones contractuales.
El tribunal concluyó que la existencia de una conducta laboral reprochable no basta por sí sola para autorizar el despido de una trabajadora con fuero maternal, sino que deben acreditarse los requisitos y la gravedad específica de las causales invocadas. Aunque se acreditó una discusión que derivó en una confrontación física entre dos trabajadoras, la prueba no permitió reconstruir íntegramente la secuencia ni atribuir a la demandada todos los hechos descritos por la empleadora.
El fallo señaló que la autorización de desafuero no opera automáticamente y que el artículo 174 del Código del Trabajo entrega al juez la facultad de ponderar los hechos, su gravedad y la protección especial que el ordenamiento reconoce a la maternidad. Asimismo, se resolvió el fondo del asunto pese a que el fuero había expirado durante la tramitación, indicando que ese vencimiento posterior no eliminaba retroactivamente la controversia.
Por estas consideraciones, el tribunal rechazó la demanda y denegó la autorización para poner término al contrato de trabajo. Cada parte deberá pagar sus costas.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
