
Poder Judicial de Chile
CORTE SUPREMA ENVÍA A LA CÁMARA DE DIPUTADAS Y DIPUTADOS INFORME SOBRE PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS DE SEGURIDAD DE LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA EN EL DEPORTE
La Corte Suprema remitió a la Cámara de Diputadas y Diputados su informe sobre el proyecto de ley que «Modifica ley N°19.712, del Deporte, para establecer medidas de seguridad, protección y resguardo de la infancia y la adolescencia, en actividades físicas, deportivas y recreativas».
El asunto fue analizado en el Pleno del 21 de septiembre pasado y el documento fue enviado a la presidencia de la Cámara de Diputadas y Diputados al día siguiente.
Según expone el informe, la iniciativa tiene por objetivo garantizar la seguridad e integridad de menores de edad en entornos recreativos y competitivos. Con este fin, establece una sanción a las conductas contrarias al buen trato y la seguridad, cuyo conocimiento recae en los juzgados de policía local.
COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS DE POLICÍA LOCAL
El informe señala que la atribución de competencia a los juzgados de policía local para conocer de las infracciones previstas en el proyecto resulta, en términos generales, adecuada y consistente con la naturaleza de las conductas que se pretende sancionar. Se trata de infracciones de carácter contravencional, vinculadas al mantenimiento del orden y la convivencia en actividades deportivas y recreativas de ámbito predominantemente local, materias cuyo conocimiento ha sido tradicionalmente confiado a dichos tribunales mediante el procedimiento previsto en la Ley N°18.287.
DEFICIENCIAS DE LA REGULACIÓN PROPUESTA
No obstante, la Corte Suprema advierte que la regulación propuesta presenta deficiencias que inciden en la certeza y aplicación de la norma. En particular, apunta que el proyecto no determina el criterio para establecer cuál será el tribunal territorialmente competente y que la amplitud del rango de la multa prevista carece de parámetros legales que orienten al juez en su determinación.
RECOMENDACIÓN DE INCORPORAR LA MATERIA AL ARTÍCULO 13 DEL DFL N°307
Asimismo, el informe considera recomendable incorporar expresamente esta nueva materia al catálogo de competencias previsto en el artículo 13 del Decreto con Fuerza de Ley N°307, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.231, sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local, con el objeto de otorgar mayor coherencia y sistematicidad al ordenamiento jurídico.
Fuente: Poder Judicial de Chile
Documento original: https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/148809
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








