
| Tribunal | Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago |
|---|---|
| Fecha | 30 de julio de 2026 |
| Rol | C-6238-2023 |
| Materia | Derecho Civil |
| Resultado | Eleva indemnización a 80 millones y rechaza daño por repercusión |
| Recurso | Apelación |
CORTE DE SANTIAGO ELEVA A 80 MILLONES DE PESOS LA INDEMNIZACIÓN PARA VÍCTIMA DE PRISIÓN POLÍTICA Y RECHAZA DAÑO POR REPERCUSIÓN DE SU EX PAREJA
La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó parcialmente la sentencia del Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago y elevó de 40 a 80 millones de pesos la indemnización por daño moral que el Fisco de Chile deberá pagar a un hombre calificado como víctima de prisión política y tortura durante la dictadura militar. En el mismo fallo, el tribunal rechazó la demanda de la ex pareja de la víctima, quien había reclamado cinco millones de pesos por daño moral por repercusión o rebote, al considerar que no se acreditó un perjuicio propio e indemnizable.
La sentencia de segunda instancia, dictada el 30 de julio de 2026, confirmó el acogimiento de la demanda del actor principal por las graves violaciones a sus derechos humanos: detención ilegal el 24 de septiembre de 1973 por agentes de Investigaciones de Antofagasta, interrogatorios violentos con golpizas y amenazas de muerte, encarcelamiento en condiciones degradantes en la Cárcel de Antofagasta y una relegación por más de dos años en Chañaral.
Los jueces consideraron que el monto original de 40 millones de pesos resultaba insuficiente al ponderar la entidad de las vulneraciones, la extensión temporal de la privación de libertad y la persistencia de las consecuencias psíquicas, familiares, sociales y económicas en la vida del demandante.
ELEVACIÓN DEL MONTO INDEMNIZATORIO
El tribunal de alzada compartió la decisión de primera instancia de acoger la demanda respecto de la víctima directa, pero estimó que la suma fijada no se ajustaba a la realidad del daño. El fallo subrayó que las circunstancias acreditadas, como los maltratos físicos y psicológicos, la incomunicación en celda insalubre y el contexto de violencia estatal, permiten alcanzar la convicción de que el demandante experimentó graves padecimientos anímicos y aflicciones psíquicas constitutivas de daño moral.
De esta forma, la Corte elevó el monto a 80 millones de pesos, con los reajustes e intereses señalados en el fallo de primer grado.
RECHAZO DEL DAÑO POR REPERCUSIÓN
La situación fue distinta para la ex pareja de la víctima, quien había obtenido en primera instancia una indemnización de cinco millones de pesos. La Corte estimó que la prueba rendida no fue suficiente para tener por acreditado, con el estándar exigible en sede civil, un daño moral autónomo e indemnizable.
El tribunal señaló que la indemnización por repercusión o rebote exige acreditar tanto el daño propio como su relación causal directa con el hecho ilícito. En este caso, más allá del relato incorporado en la demanda y de antecedentes indirectos sobre el contexto familiar, no se advirtió prueba bastante que permita establecer con precisión un perjuicio propio, actual y jurídicamente resarcible, distinto del menoscabo general asociado a las consecuencias sufridas por la víctima directa.
Sobre este punto, se incorporó un informe del psicólogo Felipe Ignacio Elgueta Casanova que diagnosticaba a la demandante con trastorno de estrés postraumático, pero dicho informe no fue ratificado por el profesional en calidad de testigo experto ni corroborado por otros medios de prueba, resultando insuficiente.
LOS HIJOS TAMBIÉN QUEDARON FUERA
Cabe recordar que en la demanda original también comparecieron los dos hijos de la víctima directa, quienes reclamaban 100 millones de pesos cada uno por daño moral. Sin embargo, la sentencia de primera instancia solo acogió la demanda respecto de la ex pareja, por lo que los hijos no obtuvieron indemnización en ninguno de los dos grados de la jurisdicción.
ARGUMENTOS DEL FISCO
El Fisco de Chile, representado por el Consejo de Defensa del Estado, había solicitado el rechazo íntegro de la demanda y, en subsidio, la rebaja de los montos. Entre sus alegaciones destacó la falta de legitimación activa de los demandantes por repercusión, la improcedencia de nuevas indemnizaciones por tratarse de reparaciones ya otorgadas en el marco de la justicia transicional y la prescripción extintiva de las acciones.
El Estado detalló que a diciembre de 2019 había desembolsado más de 706 mil millones de pesos en concepto de pensiones, bonos y otros beneficios contemplados en las leyes 19.123, 19.992, 19.980 y 20.874.
Rol N° C-6238-2023 (apelación N° Civil-5752-2025), Corte de Apelaciones de Santiago.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.














