
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó a dos personas por su responsabilidad en una serie de robos cometidos entre el 15 de mayo y el 21 de junio de 2023, con mayor presencia en las comunas de Arauco, San Pedro y Coronel. La jueza del TOP penquista Marcela Norris estuvo a cargo de la vocería del fallo, difundida por el canal de YouTube Poder Judicial Chile.
En la misma línea, cada uno de los condenados deberá cumplir quince años y un día de presidio mayor en su grado máximo por su responsabilidad en el robo con resultado de homicidio frustrado, sanción a la que se suman las penas que corresponden a los demás delitos acreditados en su contra.
LA PENA IMPUESTA
Ambos condenados recibieron una pena de quince años y un día de presidio mayor en su grado máximo por su responsabilidad en el delito de robo con resultado de homicidio frustrado. A esa sanción se agregaron las penas correspondientes a cada uno de los demás ilícitos en que se determinó su participación.
LOS HECHOS ACREDITADOS
El tribunal dio por establecido que los asaltos respondieron a un mismo modus operandi, a una forma de actuar reiterada y a un reparto de funciones entre los intervinientes, quienes fueron calificados como coautores de los delitos.
Cinco de esos robos fueron calificados como robo con intimidación y los dos restantes como robo con violencia, uno de ellos con resultado de lesiones graves y el otro con resultado de homicidio frustrado.
LA AGRAVANTE DEL ARTÍCULO 449
Para efectos de determinar la pena, el tribunal consideró respecto de ambos condenados la agravante prevista en el artículo 449 del Código Penal, vinculada con haber actuado formando parte de un grupo destinado a cometer este tipo de delitos contra la propiedad.
Esa circunstancia se sustentó en la existencia de una serie de robos ejecutados con el mismo modo de operar y con una distribución de tareas entre los partícipes, todos ellos en calidad de coautores, lo que permitió encuadrar los hechos en la agravante legal.
LA INTERVENCIÓN DE UN MENOR
En el caso del hecho ocurrido el 21 de junio de 2023, el último de los delitos contra la propiedad por los que fueron condenados, se consideró además la agravante contemplada en el artículo 72 del Código Penal, esto es, haberse obrado con la intervención de un menor de edad.
INFRACCIONES A LA LEY DE ARMAS
Junto a los delitos contra la propiedad, la sentencia determinó la comisión de infracciones a la Ley sobre Control de Armas, entre ellas tenencia de municiones, tenencia de partes de armas y tenencia de arma prohibida, además del porte o tenencia de elementos pirotécnicos.
DROGAS, VEHÍCULOS Y RECEPTACIÓN
A ese catálogo se sumaron los delitos de tráfico de drogas y de receptación de los vehículos robados que fueron utilizados para ejecutar los asaltos. La misma calificación se extendió a otras especies incautadas durante el allanamiento final con que concluyó la investigación, conforme a lo informado por el Ministerio Público.
De este modo, el fallo del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción abarcó tanto los delitos contra la propiedad como las infracciones a la normativa de armas, el tráfico de drogas y la receptación de especies, con penas diferenciadas para cada uno de los ilícitos acreditados respecto de los dos condenados.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.













