
El Segundo Tribunal Ambiental fijó para las 15:00 horas del 5 de noviembre de 2026 la audiencia de la reclamación rol R-619-2026, deducida por Echeverría Izquierdo Edificaciones S.A. en contra de la resolución de la Superintendencia del Medio Ambiente que rechazó su solicitud de invalidación de las actuaciones posteriores a la formulación de cargos. El procedimiento sancionatorio que subyace al conflicto se originó por ruidos en la faena de construcción del «Edificio Ecuador Echeverría Izquierdo», en la comuna de Estación Central, y culminó con una multa de 31 UTA, cerca de $27 millones.
TRES DENUNCIAS Y UNA MEDICIÓN
Los antecedentes del caso registran tres denuncias por ruidos originados durante las faenas de construcción del edificio, ingresadas a la SMA el 12 y el 25 de enero y el 9 de marzo de 2022.
Ese último día, a partir de esas denuncias, la Superintendencia realizó una fiscalización y una medición de ruidos que consignó una excedencia de 6 dB(A). En la misma jornada efectuó un requerimiento de información al titular, que fue respondido el 6 de abril de 2022.
EL CARGO Y LA SANCIÓN
El 11 de julio de 2023 la SMA formuló cargo contra Echeverría Izquierdo Edificaciones S.A. por «La obtención, con fecha 9 de marzo de 2022, de Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) de 71 dB(A), medición efectuada en horario diurno, en condición externa, y en un receptor sensible ubicado en Zona III». Junto con ese cargo, la Superintendencia cursó un nuevo requerimiento de información al titular, consignado en la resolución Ex. N° 1/2023.
El procedimiento sancionatorio se resolvió el 16 de abril de 2024, con la dictación de la resolución Ex. N° 620/2024, que aplicó a la empresa la multa de 31 UTA por los hechos descritos.
LA INVALIDACIÓN Y SU RECHAZO
El 10 de mayo de 2024 la compañía solicitó la invalidación de las actuaciones posteriores a la formulación de cargos. Su alegación se apoyó en que habría tomado conocimiento del procedimiento recién con la recepción, el 24 de abril de 2024, de la resolución sancionatoria, remitida por un dependiente de otra empresa, «Echeverría Izquierdo Inmobiliaria e Inversiones S.A.».
La Superintendencia rechazó esa solicitud el 31 de diciembre de 2025, mediante la resolución Ex. N° 3.013/2025.
LA RECLAMACIÓN ANTE EL TRIBUNAL
El 4 de marzo de 2026, Echeverría Izquierdo Edificaciones S.A. interpuso en el Segundo Tribunal Ambiental una reclamación en contra de la resolución Ex. N° 3.013/2025, la que fue admitida a trámite con el rol R-619-2026.
La audiencia del caso quedó programada para las 15:00 horas del 5 de noviembre de 2026. El expediente completo puede consultarse en el sitio web del tribunal.
DOS CRONOLOGÍAS EN TENSIÓN
El expediente reúne, por un lado, la alegación de la empresa sobre la fecha en que tomó conocimiento del procedimiento sancionatorio, el 24 de abril de 2024, con la recepción de la resolución que aplicó la multa, remitida por un dependiente de «Echeverría Izquierdo Inmobiliaria e Inversiones S.A.».
Por otro, los antecedentes del caso consignan actuaciones anteriores a esa fecha: el requerimiento de información de marzo de 2022, respondido el 6 de abril de ese año; la formulación de cargos de julio de 2023; y el nuevo requerimiento de información dictado junto con los cargos, identificado en la resolución Ex. N° 1/2023.
A ello se suma que la solicitud de invalidación fue presentada el 10 de mayo de 2024, esto es, con posterioridad a la resolución sancionatoria de abril de ese año, y que su rechazo se produjo el 31 de diciembre de 2025, poco más de dos meses antes de que la reclamación ingresara al tribunal, el 4 de marzo de 2026.
EL ITINERARIO DEL PROCEDIMIENTO
El recorrido del caso, según los antecedentes que acompañan a la causa, va desde las denuncias por ruidos de enero y marzo de 2022 hasta la audiencia fijada para noviembre de 2026, pasando por la fiscalización con excedencia de 6 dB(A), la formulación de cargos, la multa de 31 UTA, la solicitud de invalidación y su rechazo administrativo.
La reclamación quedó radicada en el Segundo Tribunal Ambiental con el rol R-619-2026, y su tramitación se encuentra admitida a trámite.
En nuestra lectura, la alegación de la empresa sobre la fecha en que tomó conocimiento del procedimiento y la secuencia de actuaciones que registra el expediente son el punto que conviene mirar con atención en la audiencia del 5 de noviembre de 2026. Parece razonable, además, que ese contraste se resuelva a partir de las actuaciones documentadas en la propia causa.
Expediente R-619-2026: https://causas.tribunalambiental.cl/causas/400693/ver
Fuente: Segundo Tribunal Ambiental
Documento original: https://tribunalambiental.cl/en-breve-audiencia-en-reclamacion-r-619-2026-echeverria-izquierdo-edificaciones-s-a-en-contra-de-la-sma/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








