
El Pleno de la Corte Suprema resolvió el 11 de septiembre de 2026 la remoción de juezas y jueces de sus cargos, en una decisión que la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados del Poder Judicial de Chile describió como uno de los episodios más graves para la independencia judicial desde el retorno a la democracia. El gremio aclaró que no se pronuncia sobre los hechos particulares de cada uno de los procesos, que asegura no conocer en detalle, y concentró su crítica en el procedimiento que el máximo tribunal aplicó para decidir sobre la permanencia de otros jueces en sus cargos.
LA ADVERTENCIA DEL GREMIO
Un tribunal que decide sobre la permanencia de otros jueces en sus cargos debe someterse él mismo a las reglas de legalidad y racionalidad que exige a cualquier proceso, sostuvo la asociación en su declaración pública. Para el gremio, la legitimidad de una remoción no depende solo del resultado al que se llega, sino de que el camino para llegar a él sea el mismo para todos los que se ven sometidos a él.
El pronunciamiento se emitió el mismo día en que el Pleno adoptó su acuerdo. En el texto no se individualiza a los jueces afectados ni se detallan los hechos que motivaron cada remoción, porque la asociación optó expresamente por no referirse a los casos concretos.
EL ARTÍCULO 80 DE LA CONSTITUCIÓN
El eje del cuestionamiento es la facultad que el artículo 80 de la Constitución entrega a la Corte Suprema para remover jueces por mal comportamiento. Según el gremio, se trata de una atribución excepcional que se ha venido ejerciendo sin plazos de prescripción reales y sin respeto a la cosa juzgada de resoluciones disciplinarias ya firmes.
La asociación sostiene que un poder tan intenso, ejercido sobre la permanencia en el cargo de un juez, exige garantías mínimas de debido proceso. Enumera tres, procedimientos previsibles, causales acotadas y la certeza de que lo ya resuelto y ejecutoriado no vuelve a discutirse. Su diagnóstico es que esas garantías volvieron a estar ausentes.
LAS GARANTÍAS QUE SE ECHAN EN FALTA
La lectura del gremio apunta a un problema de diseño institucional más que a un reproche sobre el mérito de cada caso. Lo que está en juego, plantea, es la existencia de un estándar común y verificable para todos los jueces sometidos a un mismo procedimiento de remoción.
Para la asociación, la situación abre una reflexión profunda y urgente sobre el sistema de responsabilidad y remoción judicial chileno. El argumento es que la crítica no se agota en la situación funcionaria de los magistrados afectados, sino que alcanza la forma en que el sistema disciplinario entrega certeza a quienes ejercen jurisdicción.
LA INDEPENDENCIA COMO GARANTÍA CIUDADANA
El texto gremial rechaza de plano la idea de que la independencia judicial sea un privilegio corporativo. La independencia judicial no es un privilegio de quienes ejercen jurisdicción, sino una garantía de toda la ciudadanía, afirma la declaración.
Sobre esa base, la asociación advierte que cuando se debilitan la certeza jurídica, la cosa juzgada y el debido proceso de quienes tienen la misión de garantizar los derechos de los demás, no solo se afecta la independencia judicial. Se debilita el Estado de Derecho y, con él, la democracia, concluye.
POR QUÉ IMPORTA
La declaración instala un debate que excede el caso puntual y que toca uno de los puntos sensibles del diseño constitucional chileno. La remoción de jueces por mal comportamiento es una atribución que recae en el propio tribunal superior de la magistratura, lo que para el gremio obliga a extremar los resguardos procedimentales.
En el centro del reclamo está la relación entre la potestad disciplinaria del máximo tribunal y los principios de cosa juzgada y debido proceso. La asociación no pidió una solución concreta ni anunció acciones determinadas, pero sostuvo que lo ocurrido debe abrir una reflexión profunda y urgente sobre el sistema de responsabilidad y remoción judicial.
El pronunciamiento deja, además, una pregunta abierta para el mundo jurídico. Si una resolución disciplinaria ya firme puede volver a discutirse en sede de remoción, el efecto se proyecta sobre la seguridad jurídica de todos los procesos y no solo sobre la carrera de los jueces involucrados.
El texto cierra con una advertencia sobre las consecuencias institucionales de la jornada. Para la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados del Poder Judicial de Chile, lo ocurrido el 11 de septiembre de 2026 afecta la independencia judicial y, con ello, la calidad de la democracia.
Declaración completa : https://www.anmmchile.cl/noticias-y-eventos/declaracion-publica-ante-la-remocion-de-juezas-y-jueces-realizada-por-la-corte-suprema/
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








