
Poder Judicial de Chile
La ministra de la Corte Suprema Adelita Ravanales participó en Cartagena de Indias en el encuentro conmemorativo de los 20 años del Código Iberoamericano de Ética Judicial, cita que reunió a la Comisión Iberoamericana de Ética Judicial, instancia de la que es comisionada, y que se extendió entre el 14 y el 16 de octubre. El reporte del Poder Judicial de Chile, fechado el 30 de octubre de 2026, da cuenta de una agenda dedicada al balance y a la proyección de ese instrumento deontológico que orienta la conducta de los jueces de la región.
EL ORIGEN DEL TEXTO
El código fue adoptado en la XIII Cumbre Judicial Iberoamericana, celebrada en Santo Domingo, República Dominicana, en 2006, y su elaboración estuvo a cargo de los juristas Manuel Atienza, de España, y Rodolfo Vigo, de Argentina. Según explicó la ministra, se compone de 13 principios éticos fundamentales estructurados en 82 artículos.
«Es un código modelo de carácter deontológico, orientado a servir como guía de excelencia en la función judicial. Estos principios buscan guiar la conducta de los jueces tanto en su función jurisdiccional como en su vida pública y privada», señaló Ravanales.
Entre los ejes temáticos que enumera el texto figuran Independencia, Imparcialidad, Motivación, Conocimiento y capacitación, Justicia y Equidad, Integridad, Transparencia, Prudencia, Gestión y Trato Institucional, Diligencia, Respeto y Dignidad, Secreto Profesional, Cortesía y Honestidad Profesional.
LAS JORNADAS EN CARTAGENA
La cita se inauguró con una conferencia magistral de Luis Vigo. Luego se desarrollaron dos paneles temáticos, titulados «Comentarios sobre el Código de Ética» y «Ética judicial y Calidad: Integridad que se demuestra», y la primera jornada cerró con un resumen del funcionamiento de la comisión y la evaluación del concurso de ensayo sobre ética judicial 2026.
Al día siguiente se presentó el documento «Bases para la elaboración de los dictámenes de la Comisión de Ética Judicial» y se trabajó en proyectos de dictámenes sobre «La ética judicial en Iberoamérica en los tiempos de la crisis del Estado de Derecho» y «Los modelos institucionales de interpretación de los códigos de ética judicial y de solución de los dilemas éticos en Iberoamérica». La programación incluyó además un espacio de reflexión sobre nuevos dictámenes y sobre tareas de formación y divulgación.
Para la magistrada, el balance es positivo. «Fue una jornada que combinó el pasado y el futuro mediante el análisis, balance y proyección de la ética judicial en todo Iberoamérica. Nuestra meta principal es que tanto los dictámenes como los códigos sean un modelo, una referencia para todos los jueces y así cumplir con nuestra labor de manera ética y valorada por la ciudadanía», afirmó.
LA EXPERIENCIA CHILENA
Ravanales dirigió la creación del Código de Ética del Poder Judicial de Chile, antecedente que trajo a colación al valorar el instrumento iberoamericano. «El Código sirve de referente, es una carta de navegación y una guía que orienta a los jueces. El concepto de ‘buen juez’ estará necesariamente marcado por quien encarne estos valores», sostuvo.
La ministra subrayó también el carácter preventivo que, a su juicio, debe tener este tipo de textos. «La idea es que sea una ayuda que actúe antes, que prevenga situaciones y no funcionar como un órgano del régimen disciplinario», explicó.
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
Para quienes litigan ante los tribunales chilenos, el interés del encuentro está en el uso que la propia ministra atribuye al código: una guía de conducta judicial que, según su planteamiento, opera de manera previa y no como una instancia del régimen disciplinario. El texto iberoamericano funciona, en sus palabras, como referencia y carta de navegación para la judicatura, mientras que el Código de Ética del Poder Judicial de Chile cumple ese mismo rol en el ámbito local.
En nuestra lectura, la conmemoración de dos décadas de un código modelo pone el acento en un aspecto que suele quedar en segundo plano frente a la sanción: la ética judicial entendida como orientación previa. Parece razonable que ese enfoque reciba la misma atención que los procedimientos correctivos.
Fuente: Poder Judicial de Chile
Documento original: https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/149846
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








