
| Tribunal | Segunda Sala de la Corte Suprema |
|---|---|
| Rol | 48.271-2026 |
| Materia | Derecho Penal |
| Resultado | Rechaza el recurso de nulidad |
| Recurso | Nulidad |
Corte Suprema rechaza nulidad contra condena por robo con violencia a conductor de aplicación en Temuco
La Corte Suprema rechazó el recurso de nulidad interpuesto contra la sentencia que condenó a un imputado por robo con violencia en perjuicio de un conductor de aplicación, en un hecho ocurrido en marzo de 2025 en Temuco. La decisión fue adoptada por la Segunda Sala del máximo tribunal en el fallo de rol 48.271-2026, fechado el 27 de octubre de 2026.
LA SALA Y EL CASO
El fallo fue dictado por la Segunda Sala, integrada por los ministros y ministra Leopoldo Llanos, María Cristina Gajardo y Jorge Zepeda, junto con los abogados Carlos Urquieta y Eduardo Gandulfo. En la sentencia se descartó una infracción sustancial en la valoración de la tesis de la defensa del imputado.
La Corte Suprema rechazó así el recurso de nulidad dirigido contra la sentencia que condenó al imputado por el robo con violencia. El caso se refiere a hechos ocurridos en marzo de 2025 en la comuna de Temuco.
VALORACIÓN DE LA PRUEBA
El fallo explica que el análisis del tribunal de instancia consideró los elementos e información incriminatoria que permitieron dar crédito a la ocurrencia del hecho establecido en la acusación. Para ello se acudió especialmente a la versión de la víctima y a la de los dos funcionarios policiales que intervinieron en la detención del acusado.
Respecto de los policías, la sentencia indica que «no sólo sorprendieron al enjuiciado conduciendo el vehículo de propiedad del afectado, sino que también relataron que aquél se dio a la fuga por un río, siendo finalmente encontrado y aprehendido entre unos matorrales». Ese relato fue parte de la motivación del tribunal de fondo.
La Corte Suprema también se refiere al reconocimiento efectuado por la víctima. Según el fallo, el ofendido reconoció espontáneamente como uno de los autores del robo a Víctor Cid Tapia, identificación que se produjo en la unidad policial cuando éste era descendido del carro policial.
Esa información, agrega la sentencia, fue corroborada por los dos agentes policiales que depusieron en estrados. Los funcionarios remarcaron que «la víctima no sólo lo identificó físicamente sino que también refirió el rol que aquél cumplió y las acciones que ejecutó en su contra al perpetrarse el robo».
EL SILENCIO DEL IMPUTADO
La sentencia añade que el tribunal dio por establecida la ocurrencia del hecho descrito en la acusación y, en especial, la participación a título de autor que cupo al inculpado, luego de apreciar individual y comparativamente los medios incriminatorios citados. Ello ocurrió, según el fallo, «sin necesidad de concurrir en dicho derrotero a la decisión del encartado de guardar silencio».
Frente a los argumentos de la defensa, la Corte Suprema determina que, en el marco del análisis de la dinámica de los hechos sostenida por la defensa, los jueces de la instancia recurrieron primeramente a la declaración de la víctima, con el propósito de desvirtuar su acaecimiento. Luego hicieron mención a la actitud silente del encartado, quien no dio cuenta de esa tesis fáctica paralela y cuya defensa tampoco rindió prueba tendiente a darle consistencia y eficacia.
El fallo agrega que el tribunal del fondo únicamente hizo mención al ejercicio del derecho a guardar silencio y a la inactividad en la aportación de prueba de parte de la defensa en el contexto de la teoría de descargo. Esa circunstancia, insiste la sentencia, «se originó a raíz de una decisión estratégica adoptada libre y conscientemente por aquél interviniente».
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
Para abogados y abogadas que litigan en materia penal, el fallo describe cómo el tribunal de instancia valoró la declaración de la víctima, el testimonio de los funcionarios policiales y la mención al silencio del imputado en el contexto de la teoría de la defensa. La Corte Suprema revisó esos argumentos y descartó la infracción sustancial denunciada en el recurso de nulidad.
El fallo se refiere a la motivación de la sentencia recurrida, en particular respecto de los medios incriminatorios y de la decisión estratégica de la defensa. La sentencia se dictó en el caso de rol 48.271-2026.
En nuestra lectura, la decisión permite observar cómo la Corte Suprema revisa la motivación de la sentencia de instancia cuando se alega una infracción sustancial en la valoración de la prueba. Parece un caso útil para quienes litigan en materia penal, aunque su alcance debe medirse solo a partir de los hechos y fundamentos contenidos en el fallo.
Fuente: Poder Judicial de Chile
Documento original: https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/noticias-del-poder-judicial/149730
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








