
| Tribunal | Segunda Sala de la Corte Suprema |
|---|---|
| Fecha | 15 de octubre de 2026 |
| Rol | 48.160-2024 |
| Materia | Derecho Civil |
| Resultado | Acoge el recurso de casación en el fondo y anula la sentencia |
| Recurso | Casación en el fondo |
| Votación | Con la concurrencia de una ministra |
Corte Suprema anula fallo que rechazó por prescripción la indemnización de una víctima de torturas
La Segunda Sala de la Corte Suprema acogió un recurso de casación en el fondo y dejó sin efecto la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que, en septiembre de 2024, había rechazado por prescripción la demanda indemnizatoria de una persona detenida ilegalmente y torturada por agentes del Estado entre fines de 1973 y comienzos de 1975. El fallo, fechado el 15 de octubre de 2026, invalida ese pronunciamiento, ordena dictar una sentencia de reemplazo que se emitió por separado y sin nueva vista, y fija una tesis de fondo: las reglas de prescripción del Código Civil deben ceder ante el derecho a la reparación integral que consagra el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
EL CASO
La demanda se presentó el 19 de noviembre de 2019 ante el Segundo Juzgado Civil de Concepción, bajo el rol C-8017-2019, contra el Fisco de Chile. Se pidieron 300 millones de pesos por el daño moral derivado de la detención ilegal, las torturas y los tratos inhumanos sufridos entre el 22 de noviembre de 1973 y el 25 de abril de 1975, hechos que el fallo de casación califica como delito de lesa humanidad.
Al contestar, el Fisco opuso la excepción de prescripción extintiva. Argumentó que la demanda se notificó el 14 de enero de 2020, cuando el plazo de los artículos 2332 y 2515 del Código Civil estaba largamente cumplido, porque se trata de una acción de contenido patrimonial y no existe norma de derecho internacional debidamente incorporada que declare imprescriptible la obligación estatal de indemnizar.
DOS FALLOS EN DIRECCIONES OPUESTAS
El 9 de noviembre de 2022, el tribunal de primera instancia acogió la demanda y condenó al Fisco a pagar 60 millones de pesos por daño moral, más reajustes e intereses, con costas. Rechazó la prescripción razonando que la responsabilidad estatal por ilícitos cometidos por sus agentes queda sujeta a las normas internacionales sobre derechos humanos y que no procede aplicar el Código Civil como derecho común supletorio.
Apelada la sentencia por ambas partes, la Corte de Apelaciones de Concepción la revocó por mayoría el 2 de septiembre de 2024 y rechazó la acción por estimarla prescrita, sin costas. Para resolver así hizo suyo un criterio jurisprudencial de la propia Corte Suprema, correspondiente a la causa 10.665-2012: el ordenamiento internacional no establece una imprescriptibilidad genérica de las acciones civiles destinadas al reconocimiento de la responsabilidad extracontractual del Estado, de modo que la acción civil derivada de estos ilícitos pertenece al ámbito patrimonial y se rige por los artículos 2332 y 2497 del Código Civil. En el recurso de casación, la parte demandante pidió 250 millones de pesos por daño moral o el monto que se estimara ajustado a derecho.
LA RESPUESTA DEL MÁXIMO TRIBUNAL
La Segunda Sala razonó que la acción civil contra el Fisco busca la reparación íntegra de los perjuicios causados por agentes del Estado, derecho que se funda en los principios generales del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y en los tratados ratificados por Chile. Invocó los artículos 5 inciso segundo y 6 de la Constitución Política de la República, el artículo 27 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados y los artículos 1 y 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Aplicar la prescripción civil en estos casos, concluye el fallo, priva a la víctima de una reparación integral y desconoce disposiciones imperativas de ius cogens, por lo que corresponde ejercer el control de convencionalidad e interpretar las normas internas conforme a las obligaciones internacionales. Añade que la imprescriptibilidad de la acción penal por crímenes de lesa humanidad no se compadece con someter la correlativa acción civil a las reglas internas, y que las Leyes 19.123 y 19.992 ya reconocieron expresamente los daños y otorgaron beneficios económicos como forma de reparación. Precisa, además, que el sistema de responsabilidad del Estado deriva de los artículos 6 inciso tercero de la Constitución Política de la República y 3 de la Ley 18.575, y que de aceptarse la tesis del fallo impugnado esas normas quedarían inaplicadas.
El fallo invoca además el caso «Órdenes Guerra y otros Vs. Chile» ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde el Estado reconoció su responsabilidad por la aplicación de la prescripción a acciones civiles indemnizatorias derivadas de violaciones a los derechos humanos. Ese reconocimiento, dice la sentencia, torna contradictorio que en sede interna el Fisco insista en esa defensa.
UNA CONCURRENCIA CON REPAROS
Una de las ministras concurrió a la decisión, pero sin compartir los considerandos noveno, décimo y duodécimo, referidos al control de convencionalidad basado en interpretaciones jurisprudenciales. Sostuvo que en la relación entre el derecho internacional y el derecho interno debe atenderse al sistema de fuentes, en concordancia con la soberanía nacional y la autonomía de los tribunales, y que el ordenamiento chileno no reconoce a las sentencias de tribunales extranjeros fuerza obligatoria para casos distintos de aquellos en que fueron dictadas. Precisó que ello no implica rechazar los criterios de la Corte Interamericana, pues los tribunales nacionales pueden arribar a conclusiones similares por vía interpretativa.
QUÉ CAMBIA
El fallo se suma a una línea de casaciones anteriores, entre ellas las roles 20.288-2014, 1.424-2014, 22.652-2015 y 15.402-2018, y refuerza un estándar para la litigación en derechos humanos: en causas por violaciones graves, la prescripción del Código Civil no es oponible al Fisco cuando está comprometido el deber estatal de reparación integral. El recurso se acogió sin costas.
Rol 48.160-2024. Corte Suprema, Segunda Sala.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








