
FELICES Y FORRADOS LLEVA A LA CORTE SUPREMA SU PELEA CONTRA LA MULTA DEL SERNAC
La asesoría financiera Felices y Forrados SpA, fundada por Gino Lorenzini, interpuso un recurso de queja ante la Corte Suprema para intentar dejar sin efecto la multa de 500 UTM, poco más de 35 millones de pesos, que le aplicó el Tercer Juzgado de Policía Local de Las Condes por publicidad engañosa. La sanción fue confirmada el pasado 11 de septiembre por la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, y ahora la firma concentra sus esfuerzos en cuestionar a los magistrados que adoptaron esa determinación.
El libelo se dirige contra los ministros Rodrigo Schnettler y Daniel Aravena, y contra el abogado integrante Luis Hernández. Está patrocinado por el abogado Epiro San Martín, quien asumió la defensa luego de un cambio de equipo jurídico resuelto por la propia compañía.
LA CONFIRMACIÓN EN SEGUNDA INSTANCIA
La apelación presentada por la empresa no prosperó. La Corte de Apelaciones de Santiago concluyó que la multa de 500 Unidades Tributarias Mensuales resulta proporcionada, sobre todo si se considera que el máximo legal para la infracción de publicidad engañosa asciende a 1.500 UTM.
El tribunal sostuvo además que la sanción se explica por la concurrencia de varias infracciones: vulneraciones al deber de información veraz, falta de comprobabilidad de la publicidad, publicidad engañosa y aplicación de exenciones anticipadas de responsabilidad. A eso sumó la difusión masiva de las recomendaciones por los canales propios de Felices y Forrados y la naturaleza previsional de los recursos comprometidos.
El único punto que la firma logró salvar fue la condena en costas, que fue revocada al estimarse que la empresa tuvo motivos plausibles para litigar.
LOS DESCARGOS DE LA DEFENSA
Para los abogados de Felices y Forrados, la sentencia omitió ponderar, más allá de una fórmula genérica, la prueba documental y testimonial del proceso. Entre esos antecedentes mencionan encuestas de satisfacción respondidas por más de sesenta mil usuarios y un informe de auditoría externa independiente que validaba la totalidad de los cálculos de rentabilidad cuestionados.
El recurso de queja también pone el acento en el factor temporal. Consigna que la empresa dejó de prestar sus servicios el 30 de junio de 2021, mientras que la denuncia infraccional fue notificada el 30 de marzo de 2022, once meses después del cese efectivo de las prestaciones.
Sobre ese punto, la defensa plantea una interrogante directa: qué interés general de los consumidores podría resguardar una denuncia notificada casi un año después de que la firma abandonara los servicios objeto del caso. El escrito cierra el argumento con un escueto «huelgan comentarios».
LA POSTURA DE LORENZINI
El fundador de la compañía, Gino Lorenzini, fue más allá y anunció que evalúan acciones penales contra todos quienes, a su juicio, participan en esta persecución. Señaló que cambiaron de equipo jurídico por abogados de mayor confianza, liderados por Epiro San Martín, y calificó como una aberración jurídica que un juez de policía local y la Corte de Apelaciones pretendan imponer un apercibimiento nocturno por el posible no pago de una multa por la Ley del Consumidor.
Su tesis es que esa norma solo resulta aplicable a multas de municipalidades y no a las sanciones del Sernac. En esa línea, hizo un llamado a la Corte Suprema para que constate las irregularidades que denuncia, restablezca el debido proceso y pondere la prueba que, según afirma, la Superintendencia de Pensiones reconoció mediante el oficio 29003, donde se habría dado cuenta de que Felices y Forrados duplicaba la rentabilidad de todos los multifondos.
EL ORIGEN DEL CONFLICTO
Según la empresa, la disputa con el Sernac se activó a partir de una columna publicada en La Tercera en noviembre de 2020, que habría encendido las alertas del organismo fiscalizador. El servicio demandó por publicidad engañosa y pidió multas que sumaban 2.700 UTM.
Ante el Tercer Juzgado de Policía Local de Las Condes, la defensa intentó demostrar que el Sernac había sacado frases de contexto y que sus cálculos contaban con el respaldo de la auditora externa Mazars. El tribunal, en cambio, dictó un fallo con una multa de 500 UTM, que incluyó una orden de reclusión nocturna para el representante legal en caso de no pagar la sanción.
Ya en la Corte de Apelaciones, la firma sumó otros antecedentes a su favor: encuestas de satisfacción respondidas por más de 60.000 personas, donde el 85 por ciento calificó el servicio con nota 6 o 7, y el dato de que en seis años y con más de 250.000 clientes solo acumularon 48 reclamos en el Sernac.
Pese a esos argumentos, la Octava Sala confirmó la multa y desestimó la tesis de que la empresa ya estuviera extinta al momento de ser notificada. Con ese escenario, la última palabra quedó en manos de la Corte Suprema.
Fuente: Pulso, La Tercera
Documento original: https://www.latercera.com/pulso/noticia/felices-y-forrados-acude-a-la-corte-suprema-para-revocar-millonaria-multa-por-publicidad-enganosa/
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








