El registro de una maleta facturada en el aeropuerto de Pudahuel destapó un intento de internar más de seis kilos de metanfetamina en Chile. El responsable, un ciudadano mexicano identificado como Francisco Arredondo Osuna, fue condenado a seis años de presidio efectivo por el Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, que lo declaró autor del delito consumado de tráfico de drogas.
El fallo fue dictado el 29 de agosto de 2026, de manera unánime, en la causa rol 4-2026. La sala estuvo integrada por los magistrados Tatiana Escobar Meza, presidenta; Paulina Andrés Miranda, redactora; y Mauricio Pontino Cortés. La sentencia aborda tanto la pena corporal como un conjunto de medidas complementarias que incluyen el comiso de especies, la destrucción de la droga y la comunicación del caso a las autoridades migratorias.
LA SENTENCIA
La condena impuesta a Arredondo Osuna consiste en seis años de presidio, con cumplimiento efectivo, por su participación como autor del delito consumado de tráfico de drogas. Junto a la pena privativa de libertad, el tribunal aplicó las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y para derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
También se impuso una multa a beneficio fiscal de 40 UTM. Una vez que el fallo quede ejecutoriado, se ordenó la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética y su incorporación al registro nacional de ADN de condenados. El tribunal decretó, asimismo, el comiso del dinero y las especies incautadas durante el procedimiento policial, y la destrucción de la droga y los contenedores en que era transportada.
LOS HECHOS
La sentencia estableció que el 16 de octubre de 2024 Arredondo Osuna ingresó al país por el aeropuerto internacional AMB, ubicado en la comuna de Pudahuel. El imputado llegó en un vuelo de conexión que abordó en Panamá, identificado como CM497 de Aerolíneas Copa, y fue fiscalizado por personal de la PDI.
En el registro de su maleta facturada se encontraron dos botellas de vidrio y cuatro botellas plásticas que contenían un líquido incoloro. La sustancia fue sometida a la prueba de campo, que arrojó coloración positiva para metanfetamina. El peso bruto total del cargamento alcanzó los 6.400 gramos, una cantidad controlada por la Ley 20.000. El condenado no contaba con autorización alguna para transportar o internar la droga en el país.
CALIFICACIÓN Y FUNDAMENTOS
Para el tribunal, los hechos descritos son constitutivos del delito de tráfico ilícito de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas, descrito y sancionado en el artículo 3° de la Ley 20.000, en relación con el artículo 1° del mismo cuerpo legal. El fallo recuerda que este delito se sanciona con presidio mayor en sus grados mínimo a medio, esto es, desde cinco años y un día hasta quince años.
En el caso del sentenciado concurre una sola atenuante. Por esa razón, y conforme a lo dispuesto en el artículo 68 inciso segundo del Código Penal, la pena se impuso en su mínimo. Para fijar el quantum exacto, el tribunal valoró la cantidad de droga incautada, la modalidad de ingreso y la nocividad de la sustancia para la salud pública.
La resolución también destaca que se trata de una sustancia que se produce de manera clandestina, como consta en la prueba documental, y que, de no haber sido descubierto el cargamento, habría permitido la comercialización de múltiples dosis. En virtud de esas consideraciones, y de acuerdo con el artículo 69 del Código Penal, se aplicó la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, en los mismos términos solicitados por la fiscalía. En cuanto a la forma de cumplimiento, el tribunal sostuvo que, atendida la extensión de la pena impuesta, esta debe ser de carácter efectivo.
COMUNICACIÓN AL SERVICIO DE MIGRACIONES
Por tratarse de un ciudadano extranjero, de nacionalidad mexicana, el tribunal ordenó dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley 21.325. En consecuencia, se ofició al Servicio Nacional de Migraciones para comunicarle la dictación de esta sentencia condenatoria por el delito de tráfico de drogas. El fallo precisa que el sentenciado se encuentra actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Uno.
La sentencia fue dada a conocer por el sitio web del Poder Judicial de Chile.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
