
La Corte de Apelaciones de Santiago despejó dos frentes que la Municipalidad de Santiago mantenía abiertos por la fallida adquisición de la ex Clínica Sierra Bella. En resoluciones dictadas el mismo día, el tribunal de alzada rechazó el reclamo de ilegalidad de la inmobiliaria vendedora en torno al vale vista y, en paralelo, revocó la suspensión del juicio ordinario en el que el municipio persigue la nulidad absoluta de la compraventa firmada en enero de 2023.
Se trata de la arista judicial de una operación que el municipio cuestiona por el precio comprometido y que el alcalde de Santiago, Mario Desbordes, ha prometido llevar a «foja cero».
EL VALE VISTA Y EL BANCO
El primer fallo se pronunció sobre el reclamo de ilegalidad interpuesto por la Inmobiliaria San Valentino, que acusaba al municipio de haber decretado el no pago de un vale vista que formaba parte del precio de la operación.
La Corte rechazó ese reclamo y precisó que la responsabilidad legal de dicho pago recae en la entidad bancaria emisora y no en la corporación municipal. Con ello, el tribunal desestimó la tesis de la inmobiliaria respecto de la conducta del municipio en torno al documento.
REANUDACIÓN DEL JUICIO
Mediante una resolución dictada la misma jornada, el tribunal de alzada revocó la suspensión del juicio ordinario, lo que permite que continúe la demanda con la que la alcaldía busca anular la transacción comercial.
La causa regresa así a primera instancia, donde el municipio plantea la nulidad del contrato por varios vicios, según expuso el jefe comunal.
LA VERSIÓN DEL ALCALDE
Desbordes celebró ambas resoluciones y las describió como «dos noticias positivas en materia judicial». Sobre el vale vista, sostuvo: «La primera es el rechazo a que se pague el vale vista como pretendían los dueños de Sierra Bella. Nosotros insistimos que, pese a que está inscrito a nombre nuestro, el contrato se va a invalidar y, por lo tanto, no somos dueños y no nos corresponde pagar».
Respecto de la reanudación de la demanda, afirmó: «El segundo fallo es mucho más categórico. Vuelve la causa a primera instancia donde pedimos la nulidad por varios vicios».
El alcalde añadió que, en subsidio, plantean la lesión enorme: «En el peor escenario, planteamos que se declare lesión enorme, porque entendemos que un inmueble que vale $2.500 millones no puede pagarse a mucho más que eso». Y cerró: «Vamos a seguir peleando en tribunales tras el desastre que deja la gestión Hassler».
EL MONTO EN DISCUSIÓN
La arista principal gira en torno al monto superior a los $8.000 millones de pesos comprometidos para la compra de los inmuebles de las calles Ventura Lavalle y Sierra Bella, cifra que el municipio considera sustancialmente sobrevalorada en comparación con las tasaciones reales del mercado.
Frente a ello, los magistrados de la Corte de Apelaciones aclararon que el proceso judicial enfocado en la validez del contrato es independiente del trámite que se realizó para la inscripción del bien raíz.
LA INSCRIPCIÓN NO ES OBSTÁCULO
De esta manera, el tribunal ratificó que el hecho de que las propiedades figuren formalmente inscritas a nombre de la Municipalidad de Santiago no constituye ningún impedimento legal para que la justicia civil pueda declarar la nulidad de la compraventa.
Ese punto resulta central para la estrategia municipal, que sostiene que la inscripción del inmueble a su nombre no la convierte en dueña mientras la validez del contrato siga discutida en sede civil.
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
Para los abogados que siguen este tipo de litigios, la fuente destaca dos definiciones concretas. La primera es que la Corte radicó en la entidad bancaria emisora, y no en la corporación municipal, la responsabilidad legal del pago del vale vista que integraba el precio. La segunda es que el tribunal separó expresamente el juicio sobre la validez del contrato del trámite de inscripción del bien raíz, de modo que la demanda de nulidad absoluta puede seguir su curso en primera instancia pese a que las propiedades aparezcan inscritas a nombre del municipio.
En nuestra lectura, las dos resoluciones ordenan el frente judicial del municipio sin anticipar el resultado de fondo, que seguirá discutiéndose en primera instancia. Parece prudente, en todo caso, leer ambos fallos como definiciones procesales acotadas y no como una solución anticipada del conflicto sobre el precio.
Fuente: adnradio.cl
Documento original: https://www.adnradio.cl/2026/10/28/caso-sierra-bella-doble-triunfo-de-la-municipalidad-de-santiago-en-la-corte-para-frenar-millonario-pago-y-anular-el-contrato/
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








