
La pelota quedó en la Contraloría General de la República. El Ministerio de Educación ingresó a ese órgano contralor el reglamento que habilitará a los establecimientos educacionales para implementar detectores de metales y otras tecnologías destinadas a detectar armas y elementos peligrosos, un trámite que el Gobierno concretó en medio de cuestionamientos al contenido del propio texto.
El documento fija las condiciones bajo las cuales los colegios podrán incorporar estos dispositivos, en un contexto marcado por las preocupaciones sobre seguridad y por la presencia de elementos peligrosos en las comunidades escolares. La instalación, en todo caso, no será automática.
INGRESO A CONTRALORÍA
Según lo establecido en el reglamento, los sostenedores deberán justificar la necesidad de implementar estos sistemas con antecedentes que acrediten riesgos concretos, y además demostrar que las medidas resultan proporcionales e idóneas. No basta, entonces, con la sola decisión del establecimiento.
El texto contempla detectores de metales, dispositivos manuales y sistemas automatizados de detección de amenazas. Junto con ello, fija restricciones orientadas a proteger la privacidad: los equipos no podrán generar imágenes del cuerpo ni utilizar reconocimiento facial o biométrico.
A ello se suman otras exigencias. Para implementar estas tecnologías, los establecimientos deberán elaborar un protocolo interno que detalle su funcionamiento y los procedimientos ante la detección de elementos peligrosos. También se requerirá un informe técnico de la Subsecretaría de Prevención del Delito y la aprobación de la Subsecretaría de Educación.
GARANTÍAS PARA LOS ESTUDIANTES
La normativa incorpora resguardos para los alumnos y sus familias. Entre ellos, informar previamente a la comunidad educativa y comunicar a los apoderados cuando se detecten elementos peligrosos. Los procedimientos, agrega el texto, deberán respetar la privacidad, evitar la discriminación arbitraria y considerar el interés superior de niños, niñas y adolescentes.
Una vez que Contraloría revise el reglamento y se cumplan los trámites correspondientes, los establecimientos podrán avanzar en las solicitudes para implementar estos dispositivos. El objetivo declarado es reforzar la seguridad escolar, bajo condiciones y resguardos establecidos por la normativa.
LAS CRÍTICAS
El presidente del Colegio de Profesores, Mario Aguilar, precisó que el gremio no se identifica como opositor a la medida, pero consideró que resulta excesiva. «En donde las comunidades consideren que el detector les podría dar alguna tranquilidad y un alivio momentáneo, nunca nos hemos opuesto a que eso pueda implementarse, pero proponerlo, como se hizo en un momento, como la solución al problema de violencia, es sencillamente un exceso», criticó.
La directora ejecutiva de Educación 2020, Ingrid Olea, apuntó a lo que considera una incoherencia dentro del reglamento ingresado por el Gobierno a la Contraloría y a un vacío en su diseño. «Regula cómo se aprueba la instalación del aparato y no qué es lo que pasa con el estudiante cuando suena la alarma. También hay una incoherencia: la revisión de mochilas de la Ley Escuelas Protegidas tiene que informar sus resultados cada semestre, mientras que un pórtico que revisa a todos los estudiantes todos los días no tiene que dar cuenta de nada», advirtió.
APLICABILIDAD PARA ABOGADOS
Para quienes asesoran a sostenedores educacionales, el reglamento fija una carga argumentativa precisa: acreditar riesgos concretos, justificar proporcionalidad e idoneidad de la medida, elaborar un protocolo interno y obtener el informe técnico de la Subsecretaría de Prevención del Delito y la aprobación de la Subsecretaría de Educación. A ello se agregan los límites tecnológicos, que excluyen la generación de imágenes del cuerpo y el uso de reconocimiento facial o biométrico, y las garantías de información previa a la comunidad educativa y de comunicación a los apoderados ante la detección de elementos peligrosos. Mientras Contraloría no revise el reglamento y se cumplan los trámites correspondientes, las solicitudes para instalar estos dispositivos no podrán avanzar.
En nuestra lectura, el punto más sensible del texto parece estar en la exigencia de acreditar riesgos concretos y demostrar proporcionalidad e idoneidad, justamente donde las críticas apuntan a la falta de rendición de cuentas sobre lo que ocurre cuando un equipo da la alarma. Sería prudente que ese estándar se lea en conjunto con las garantías de privacidad y no discriminación que el propio reglamento contempla.
Fuente: BioBioChile
Documento original: https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/chile/2026/10/28/detectores-de-metales-en-colegios-gobierno-da-paso-clave-en-medio-de-duras-criticas-al-reglamento.shtml
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








