El gobierno de José Antonio Kast ingresó este jueves al Senado una reforma constitucional que consagra la seguridad pública como deber del Estado y crea un nuevo estado de excepción, en el marco de la Agenda Contra el Crimen Organizado y el Terrorismo (ACOT). La iniciativa fue firmada el lunes en La Moneda y llega al Congreso con premura, mientras el ministro de Seguridad, Martín Arrau, negocia los apoyos para superar el quórum de cuatro séptimos.
El proyecto también establece regímenes penitenciarios diferenciados para condenados por crimen organizado, terrorismo y narcotráfico, crea un registro de organizaciones criminales, facilita la incautación de bienes y amplía las causales de estado de excepción. El Ejecutivo le ha dado prioridad al proceso, que continúa un trabajo que el Partido Republicano venía impulsando antes de que Arrau asumiera el cargo.
El ministro ha sostenido reuniones presenciales y telefónicas con gobernadores, la presidenta del Senado, Paulina Núñez, y senadores, en medio de reparos como los expresados por el líder del PNL, Johannes Kaiser.
LA CAZA DE CUATRO VOTOS EN EL SENADO
El gobierno habría optado por enviar el proyecto al Senado porque su quórum de cuatro séptimos, equivalente a 30 senadores, se visualiza como abordable, sobre todo porque la seguridad es una de las mayores preocupaciones ciudadanas según las encuestas.
El oficialismo cuenta con 23 votos. Si se repite el respaldo que en Reconstrucción dieron Matías Walker (Demócratas), Miguel Ángel Calisto (IND) y Vanessa Kaiser (PNL), llegarían a 26. El Ejecutivo necesita al menos cuatro votos adicionales de otras bancadas, que busca en el Socialismo Democrático, especialmente en el PS y el comité PPD.
También hay señales de que la Democracia Cristiana podría acompañar la iniciativa, pues durante los últimos meses ha respaldado varias propuestas de seguridad del Ejecutivo.
LOS PILARES DE LAS MODIFICACIONES
Según el documento conocido por Emol, la reforma tiene nueve ejes centrales. Uno consagra la seguridad pública como finalidad expresa del Estado, con un efecto habilitante de rango constitucional invocable ante cualquier examen de constitucionalidad.
Otro eje habilita al legislador a fijar regímenes penitenciarios especiales para condenados por crimen organizado, terrorismo y narcotráfico, con restricciones a comunicaciones, visitas, traslados y beneficios, aplicados por Gendarmería. Se suman inhabilidades directas, como la pérdida de prestaciones estatales y la exclusión de medidas alternativas.
La reforma incorpora una cláusula de exclusión de arbitrariedad, de modo que las diferencias de trato derivadas de sus normas no se consideren arbitrarias frente a la igualdad ante la ley. También contiene una cláusula de conformidad que invierte la carga argumentativa: quien impugne debe acreditar una infracción manifiesta de los requisitos constitucionales expresos.
En materia registral, se habilita la creación por ley de nóminas de organizaciones criminales con efectos en la responsabilidad penal de sus integrantes, sin eximir al persecutor de acreditar la participación en banda según las reglas generales.
El catálogo de estados de excepción se amplía con la grave alteración de la seguridad pública, que se agrega a la guerra, la conmoción interior, la emergencia y la calamidad pública. Sobre esa base se crea un estado de excepción autónomo de seguridad pública, declarado por el Presidente, con duración máxima de 30 días prorrogables y acuerdo del Congreso para prórrogas sucesivas conforme al procedimiento del artículo 40 inciso segundo.
Durante su vigencia, el Presidente podrá restringir la libertad de locomoción y reunión, requisar bienes, limitar el derecho de propiedad y adoptar medidas administrativas extraordinarias. La ley orgánica del artículo 44 regulará la colaboración de las Fuerzas Armadas con las Fuerzas de Orden, cuya misión constitucional se extiende a la protección de la ciudadanía en situaciones calificadas por ley, con primacía policial.
MEDIDAS CAUTELARES Y BIENES
El proyecto amplía las facultades del Ministerio Público. El persecutor podrá solicitar al juez de garantía, sin comunicación previa al afectado y antes de la formalización, la prohibición de salir del país para quienes tengan sospechas fundadas de integrar una asociación delictiva o criminal, por un máximo de sesenta días.
También se permiten medidas cautelares reales para evitar el uso o destino de bienes presumiblemente provenientes de esas asociaciones. El juez podrá prohibir actos y contratos, retener depósitos bancarios, impedir transacciones de acciones, bonos o debentures y toda medida que impida la conversión del provecho ilícito.
La ley orgánica del artículo 44 determinará las formas de colaboración de las Fuerzas Armadas durante la vigencia de este estado de excepción.
Fuente: Emol
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
