
PRESIDIO PERPETUO CALIFICADO PARA EL AUTOR DEL FEMICIDIO DE JAVIERA JIMÉNEZ
Un mensaje escrito desde una tarjeta telefónica activada en Calama terminó siendo una de las piezas decisivas de la condena. El 28 de agosto de 2022, dos días después de dar muerte a Javiera Jiménez Galleguillos en un sector desértico de la ruta B-400, su conviviente suplantó a la joven ante su madre para atribuirle un delito que nunca cometió. Ese ardid, y no el ocultamiento del cuerpo, fue lo que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta estimó constitutivo de la agravante de ignominia.
El fallo, dictado el 5 de octubre de 2026, condenó a un hombre de 30 años como autor del delito consumado de femicidio íntimo, perpetrado en la madrugada del 26 de agosto de 2022, a presidio perpetuo calificado, la sanción más severa del ordenamiento penal chileno.
LA AFRENTA A LA MEMORIA
Dos días después del crimen, el acusado escribió a la madre de la víctima haciéndose pasar por su hija. Le atribuyó falsamente haber atropellado a una persona, explicó su ausencia como una huida para evitar ser detenida y le pidió que no la buscara y que borrara el mensaje. Cuando la mujer quiso denunciar, le insistió en que no lo exhibiera a la policía.
Para los jueces, esa conducta constituyó una afrenta innecesaria añadida a los efectos propios del femicidio: no solo se privó a la víctima de la vida, sino que se lesionó su honra y su memoria ante la persona para quien esa deshonra resultaba más dolorosa. El tribunal describió el mensaje como «una afrenta a la honra y a la memoria de una mujer que ya no podía desmentirla».
El fallo precisó que la agravante del artículo 12 N° 9 del Código Penal no se apoyó en el entierro ni en el ocultamiento del cuerpo, actos que estimó dirigidos a procurar la impunidad y, por tanto, comprendidos en el propio femicidio. El reproche adicional residió en la suplantación de Javiera ante su madre.
NOCHE, DESPOBLADO Y AUSENCIA DE AUXILIO
La segunda agravante, la del artículo 12 N° 12 del Código Penal, se sustentó en que la agresión ocurrió de madrugada en un sector aislado de la ruta B-400, desértico, sin tránsito, sin población cercana y sin cobertura telefónica.
Los jueces descartaron la premeditación, pues no se acreditó que el acusado hubiera planificado cometer el delito en ese lugar. Sí establecieron que, al momento de la agresión, aprovechó la oscuridad y el aislamiento, sabiendo que nadie podía observarlo ni acudir en auxilio de la víctima. Ese aprovechamiento concreto, y no una búsqueda previa del lugar, justificó la agravante.
El tribunal rechazó las tres peticiones de la defensa. Negó la irreprochable conducta anterior, porque el condenado registraba una condena como adolescente por lesiones graves. Descartó la cooperación eficaz, institución que no comprende el delito de femicidio y respecto de la cual no existió acuerdo con la Fiscalía. Y denegó la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos, invocada porque el acusado indicó un sector de la ruta B-400 tras su detención: a juicio de los jueces, esa información solo removió, «parcial y tardíamente», el obstáculo que él mismo había creado al ocultar el cuerpo, en una zona que la investigación ya había delimitado.
UNA INVESTIGACIÓN SIN TESTIGOS NI CUERPO
La causa se inició el 31 de agosto de 2022 con la denuncia por presunta desgracia presentada por la madre de la joven. Según expuso la Fiscalía, durante los primeros siete u ocho meses la investigación debió avanzar «a ciegas», sobre prueba indiciaria y frente a sucesivas versiones falsas del acusado. Aun así se ubicó la camioneta en que se movilizaba y se detectaron en su interior rastros de sangre de la víctima, lo que permitió obtener una orden de detención antes de hallar el cuerpo.
El imputado huyó al extranjero a los pocos días de iniciada la investigación. Tras gestiones de la Policía de Investigaciones con su agregado policial y con la policía boliviana, fue detenido en Santa Cruz de la Sierra, entregado en el paso fronterizo de Chungará y trasladado a Antofagasta el 5 de enero de 2024. Los restos de Javiera fueron hallados el 12 de enero de 2024 y su identidad se estableció mediante análisis genético.
En el juicio declararon diez testigos, entre ellos la madre de la víctima, amigas y dos comisarios de la PDI, además de tres peritos en bioquímica forense, medicina legal y genética. Se incorporó prueba documental, digital y científica: comunicaciones de WhatsApp, registros de cámaras de seguridad, análisis del tráfico telefónico y de las antenas utilizadas por los teléfonos de ambos, pericias bioquímicas sobre la camioneta, la pericia médico legal practicada sobre las osamentas y la identificación genética de la víctima.
LA LECTURA DEL MINISTERIO PÚBLICO
El Fiscal Regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, valoró el trabajo de los equipos investigativos del Ministerio Público y de la PDI, y reconoció la labor de los fiscales Ana María Escobar, que condujo la causa desde sus primeras horas, y Rodrigo Cusó, junto a la Brigada de Homicidios.
«Esta es una sentencia contundente, construida sobre una investigación larga, rigurosa y profundamente profesional», señaló, y subrayó que la sentencia reconoce que el daño de un femicidio alcanza también la memoria de la víctima y el dolor de su familia. Respecto de la madre de la joven, agregó: «Ninguna sentencia repara esa pérdida, pero esta le devuelve a Javiera la verdad que se le quiso arrebatar».
PENAS, ABSOLUCIONES Y PLAZO PARA RECURRIR
El presidio perpetuo calificado impide que el condenado acceda a la libertad condicional antes de cumplir cuarenta años de privación de libertad efectiva. La sentencia le impuso además las penas accesorias legales y lo absolvió de los delitos de porte ilegal de arma de fuego y de inhumación ilegal, formulados por separado por la parte querellante.
Actualmente el condenado cumple una pena de 16 años de presidio como autor de dos robos con violencia e intimidación. Una vez que el fallo quede firme, el presidio perpetuo calificado se cumplirá a continuación de las penas que hoy purga. La defensa dispone de un plazo de diez días, contado desde la notificación, para interponer un recurso de nulidad.
Fuente: Fiscalía de Chile
Documento original: https://www.fiscaliadechile.cl/actualidad/noticias/regionales/ignominia-noche-y-despoblado-las-agravantes-que-llevaron-presidio
Nota del Editor: Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.













