Juzgado del trabajo acoge demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones
El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió parcialmente la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones presentada por una trabajadora contra su exempleadora, la sociedad Computer Generated Solutions Chile SA.
En el fallo, la magistrada Valentina Ávalos Bozo estableció que la empresa no justificó la supuesta inasistencia de la trabajadora, quien fue despedida verbalmente por un superior jerárquico. La trabajadora, identificada como Javiera de Jesús Garrido Castro, había sido reintegrada tras una licencia médica y luego se le comunicó que ya no existía un puesto para ella.
HECHOS DEL CASO
Según la resolución, el 20 de agosto de 2025 la trabajadora fue destinada a un área distinta a la habitual para recibir capacitación, y el 22 de agosto el coordinador de servicio Eire Medina le manifestó directamente que ya no existía un puesto de trabajo para ella y que debía retirarse del lugar. La trabajadora concurrió a dejar constancia ante la Inspección del Trabajo el 25 de agosto de 2025, lo que el tribunal consideró verosímil y descartó un relato construido posteriormente para justificar su inasistencia.
El fallo también destacó que la calidad de coordinador de servicio de Eire Medina fue reconocida por las propias testigos de la parte empleadora, entre ellas la jefa de operaciones Jesica Herrera y la coordinadora de servicio Denisse Pereda, quien declaró que dicho cargo se encuentra en un rango jerárquico superior al de ejecutiva que ostentaba la trabajadora.
DESPIDO INJUSTIFICADO
El tribunal concluyó que el despido fundado en el artículo 160 N°3 del Código del Trabajo deviene en injustificado, ya que dicha causal exige la inasistencia del trabajador sin causa que la justifique. En este caso, existió una razón atendible y suficiente: la comunicación verbal de despido efectuada por un superior jerárquico. La formalización de la desvinculación correspondiera al área de recursos humanos no logró desvirtuar que, desde la perspectiva de la trabajadora, el despido ya se había producido.
Asimismo, la resolución señaló que la distribución interna de funciones de la empresa no puede desvirtuar el hecho cierto y no controvertido de que un superior jerárquico comunicó directamente a la trabajadora que su puesto ya no existía y que debía abandonar las dependencias.
CONDENA
La demanda fue acogida parcialmente. Se condenó a la empleadora al pago de las siguientes prestaciones:
La suma de 665.255 pesos por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo.
La suma de 665.255 pesos por concepto de indemnización por años de servicio.
La suma de 532.204 pesos por concepto de recargo legal del 80% sobre la indemnización por años de servicio, conforme al artículo 168 letra c) del Código del Trabajo.
Se rechazó la demanda en todo lo demás, es decir, la acción de nulidad del despido, el pago de gratificaciones legales, el pago de feriado legal y el pago de diferencias por cotizaciones de seguridad social.
Además, se acogió la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la demandada solidaria o subsidiaria Walmart Chile Alimentos y Servicios Limitada, rechazándose la demanda deducida en su contra en todas sus partes.
Las sumas ordenadas pagar deberán ser reajustadas y devengarán los intereses correspondientes, conforme a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Cada parte soportará sus respectivas costas.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.
