
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la responsabilidad de la empresa eléctrica Enel en una serie de cobros por seguros y servicios de asistencia incorporados a las boletas de sus clientes sin que estos los hubieran solicitado de manera expresa. El fallo fue difundido en el canal de YouTube del Poder Judicial de Chile.
EL ORIGEN DE LA CAUSA COLECTIVA
La controversia se gestó a partir de las denuncias de mil setecientos trece clientes que durante 2022 advirtieron cargos mensuales en sus facturas. Entre esos cobros aparecían seguros de vida y servicios de asistencia remota para equipos computacionales. Las presentaciones llegaron al Servicio Nacional del Consumidor, entidad que en marzo de ese año presentó una demanda colectiva ante los tribunales de justicia.
LA ESTRATEGIA COMERCIAL CUESTIONADA
En su defensa, la empresa distribuidora sostuvo que existía un contrato con dos compañías de seguros que operaban como intermediarias frente a los usuarios. Sin embargo, la sentencia estableció que Enel participó de manera directa en el modelo de negocio. De acuerdo con lo expuesto, la firma aportó su lista de clientes, autorizó que los montos se sumaran a las boletas, recaudó los pagos y recibió comisiones por los valores reunidos.
EL CARÁCTER DE SERVICIO BÁSICO
Un elemento distintivo del caso, según se relevó, es que la relación se vincula con un servicio básico de carácter monopólico que se integra en la facturación. Por esa vía, el no pago puede derivar en la suspensión del suministro eléctrico, lo que sitúa a las personas consumidoras en una posición de especial vulnerabilidad frente a cobros que no pidieron.
EL ALCANCE DEL FALLO Y LA MULTA
El tribunal de alzada confirmó que las conductas de la empresa no solo configuran una responsabilidad contractual en su rol de intermediaria, sino también infracciones a la normativa de protección de los consumidores. Por ello se impuso a Enel una multa a beneficio del Fisco que, en su conjunto, alcanza las novecientas unidades tributarias, considerando cada infracción y las circunstancias agravantes acreditadas.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








