
La reforma al mercado de capitales que el gobierno ingresó la semana pasada al Congreso incorpora cambios a la ley 20.009, conocida informalmente como ley de fraudes en medios de pago, una norma que ha sido un dolor de cabeza para los bancos y para muchos de sus clientes desde 2020. El propio ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, reconoció ante los diputados de la Comisión de Hacienda que se trata de una de las normas que probablemente será de las más debatidas en el Congreso.
Entre otros puntos, la iniciativa busca permitir que se puedan comercializar seguros contra fraudes en medios de pago y propone sustituir el actual estándar de dolo o culpa grave, que en la práctica resulta imposible de acreditar por el emisor, por el de culpa leve propio del derecho común, según señala el informe financiero del proyecto. Además, se incorpora una presunción de falta de cuidado del usuario cuando la operación se realizó con autenticación reforzada, presunción que opera en sede judicial, de modo que el emisor sigue requiriendo autorización del juez para suspender la restitución, indica la norma.
José Antonio Gaspar fue director general jurídico de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) cuando se legisló y se normó sobre este asunto, y también observó desde ese ámbito los efectos que provocó la legislación. Hoy es profesor de derecho UC.
UN BALANCE POSITIVO PARA TODOS LOS ACTORES
Consultado sobre si son positivos los cambios que introduce la reforma en cuanto a los fraudes en medios de pago, Gaspar responde que son positivos, especialmente porque van en línea con todo el análisis que consistentemente se fue dando por la CMF y otras agencias regulatorias desde que hubo un cambio en esta ley, como también por la academia.
Destaca en primer lugar que se pueda permitir al cliente financiero tomar seguros. Actualmente, en virtud de los cambios legales previos, el cliente estaba impedido de poder tomar seguros, y el riesgo de sufrir algún fraude y a la vez tener que litigar eventualmente podría trasladarse a una compañía de seguros que está mucho más capacitada como para evaluarlo y afrontarlo debidamente, lo que hoy no se permite.
CULPA LEVE Y AUTENTICACIÓN REFORZADA
Respecto del reemplazo del estándar de dolo o culpa grave por el de culpa leve, el profesor lo considera positivo y lo ubica en la misma línea que ha sido comentada permanentemente por la CMF y por la academia. Recuerda que en el año 2020 se hizo este cambio al pasar a culpa grave, lo que constituye una alteración al sistema general de responsabilidad que se da en las relaciones financieras y en todas las relaciones jurídicas, cuando la regla general es la culpa leve.
Añade que se trata de un cambio que no altera el resto de la estructura para los temas de fraude, pues primero hay una obligación de pago, luego una posibilidad de reclamar, y además se mantiene la revisión judicial del tema, sin dejarlo al arbitrio de las partes. A su juicio, esto favorece tanto a los prestadores del servicio como al cliente, porque el cliente vuelve a una regla general e incorpora mecanismos de protección como el seguro.
FORMULARIO ÚNICO Y RESPONSABILIDAD DE NUEVOS ACTORES
Otro aspecto que considera positivo es que, para beneficio de todos los involucrados, el proyecto de ley contemple un formulario único para la declaración jurada del reclamo, algo que resulta destacable respecto de problemas que en la práctica se daban.
También valora que se incorpore la responsabilidad de otros actores del ecosistema dentro de la cadena, como iniciadores de pago o nuevos actores fintech, pero contemplando siempre que el cliente financiero cuenta con un sistema de ventanilla única, que consiste en acudir al emisor, sin perjuicio de que después el emisor pueda perseguir internamente las responsabilidades de los demás actores.
SIN DESPROTECCIÓN PARA LOS USUARIOS
Frente a la pregunta de si quedan desprotegidos los usuarios con esta nueva regulación, Gaspar sostiene que esto es completamente positivo para todos los actores, incluyendo especialmente a los clientes financieros. Argumenta que primero fortalece al mismo sistema en general, porque en estos años de evidencia se generaron autofraudes que perjudicaban a todos, no solamente a los emisores, sino que también a los mismos clientes, porque dañaba al sistema.
Lo que también se ha visto empíricamente, agrega, es un aumento de los litigios respecto de eventuales fraudes, precisamente por las herramientas que se dieron. Por eso plantea que no es una desprotección permitir enfrentar adecuadamente el riesgo al incorporar al actor más idóneo para evaluarlo, como lo son las compañías de seguro, y que pasar a un sistema general con autenticación reforzada constituye un mecanismo de protección para todos los actores. Así, sostiene, el estándar queda equilibrado para todos los involucrados, especialmente para el cliente financiero, porque no se le quitan los mecanismos para que no haya una arbitrariedad por parte del emisor, sino que se mantiene la vía judicial.
LA CARGA DE LOS JUZGADOS DE POLICÍA LOCAL
Sobre qué aspectos adicionales habría incorporado en el proyecto, Gaspar menciona la sobrecarga que tienen los Juzgados de Policía Local con este tema, algo que también se comenta y se ve en la evidencia. Sin embargo, advierte que eso requiere pensarse con más cuidado, porque si no habría que definir a qué otro tribunal se le asigna ese rol. Se trataría de un análisis para ver a quién le correspondería hacer esa revisión, por la carga que significaría.
Fuente: Pulso, La Tercera
Documento original: https://www.latercera.com/pulso/noticia/jose-antonio-gaspar-por-cambios-en-mk4-a-ley-de-fraudes-en-medios-de-pago-es-completamente-positivo-para-todos-los-actores/
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.








